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Documento BOE-A-2009-16483

Sentencia de 10 de julio de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se desestima la cuestión de ilegalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (sección segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en relación con lo dispuesto en el artículo 332 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 16 de octubre de 2009, páginas 87414 a 87414 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2009-16483

TEXTO ORIGINAL

En la cuestión de ilegalidad número 12/2008, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo, ha dictado sentencia, en fecha 10 de julio de 2009, que contiene el siguiente fallo:

FALLO

Que desestimamos la cuestión de ilegalidad planteada por la Sala de lo Contencioso- Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el recurso contencioso-administrativo número 356/2004, respecto del artículo 332 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

Esta sentencia, una vez que sea firme, se comunicará a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y la parte dispositiva deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», a los efectos previstos en el artículo 72.2, en relación con el 126.2, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Se adoptarán cuantas medidas sean necesarias para cumplimentar este mandato. No hacemos imposición de costas.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Presidente: Excmo. Sr. don Mariano de Oro-Pulido y López; Magistrados: Excmo. Sr. don Pedro José Yagüe Gil; Excmo. Sr. don Jesús Ernesto Peces Morate; Excmo. Sr. don Rafael Fernández Valverde; Excmo. Sr. don Eduardo Calvo Rojas; Excma. Sra. doña María del Pilar Teso Gamella.

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