Por la Resolución de 16 de junio de 2008 (Boletín Oficial del Estado de 1 de julio), de la Dirección General de Política e Industrias Culturales, se convocaron las becas del Ministerio de Cultura/Fulbright para la ampliación de estudios artísticos y gestión cultural en los Estados Unidos de América (curso 2009-2010).
Vistas las solicitudes presentadas por las personas que han concurrido a la convocatoria y comprobados, de forma individualizada, los requisitos y documentación que se establecen en las bases II y III de la Resolución de 16 de junio de 2008, citada;
Reunido los días 5 y 15 de diciembre de 2008 el Comité de Evaluación, designado por la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, con objeto de estudiar y valorar las solicitudes que cumplen los requisitos de la convocatoria;
Teniendo en cuenta que las solicitudes se han valorado de acuerdo con los criterios establecidos en la base VII de la Resolución de 16 de junio de 2008 y que los solicitantes seleccionados han superado las pruebas establecidas en el punto 2 de la base anterior, habiéndose atenido al procedimiento establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y vista la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva (Boletín Oficial del Estado de 8 de enero de 2005),
Este Ministerio de Cultura, de acuerdo con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, ha resuelto:
Primero.–Conceder las becas del Ministerio de Cultura para la ampliación de estudios artísticos en los Estados Unidos de América a las personas que se relacionan en el anexo a la presente orden, de conformidad con la propuesta elevada por el Comité de Evaluación.
Segundo.–Denegar el resto de solicitudes presentadas.
Esta orden agota la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para el resto de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 29 de diciembre de 2008.–El Ministro de Cultura, P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, modificada por Orden CUL/3348/2008, de 14 de noviembre), el Director General de Política e Industrias Culturales, Guillermo Corral van Damme.
Nombre y apellidos |
Proyecto |
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Blanco Muñoz, Mara. Cuevas Vera, Cristina. Gudiño Jaime, Gabriela. Mendoza Chandas, Eva María. Prieto Sánchez, Héctor Jesús. Rodríguez Miranda, Lucía. |
Sin titulación/ Artes Audiovisuales (interpretación). Máster’s/Artes Audiovisuales (cine). Máster’s Artes Audiovisuales (cine). Máster’s/Gestión Cultural. Máster’s/Música (trombón bajo). Máster´s/Artes Escénicas (teatro). |
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