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Documento BOE-A-2009-13077

Resolución de 22 de julio de 2009, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo en el Instituto de Astrofísica de Canarias, con la categoría de Ingeniero.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 6 de agosto de 2009, páginas 67187 a 67202 (16 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2009-13077

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008 y, con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, se procede a convocar el presente proceso selectivo.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado.

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleo Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Reglamento General de Ingreso aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 22 de noviembre 2001, y el resto de la normativa vigente en la materia, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo en el Instituto de Astrofísica de Canarias, con la categoría profesional no acogido al Convenio Colectivo del Instituto de Astrofísica de Canarias de Ingeniero, con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de personal laboral fijo fuera de Convenio, por el sistema general de acceso libre, de la categoría profesional, destino y funciones que se especifican en el anexo II.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición. Constará de dos fases: Una primera fase eliminatoria de oposición, y una segunda de concurso de méritos.

A la fase de concurso de méritos sólo podrán presentarse los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

La descripción de ambas fases, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.3 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará transcurridos dos meses, al menos, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria. La duración máxima de celebración de la fase de oposición será de dos meses, a contar desde la fecha de celebración del primer ejercicio.

1.4 La adjudicación de la plaza al aspirante se efectuará de acuerdo con la suma de la puntuación total obtenida por éstos en las distintas fases de que consta el proceso selectivo.

Conforme a lo previsto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2008, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el órgano de selección propondrá la adjudicación de igual número de contratos que de las plazas convocadas, uno, y con el fin de asegurar la cobertura del contrato, si se produjera la renuncia del aspirante seleccionado, antes de su contratación, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes, por orden de puntuación, que sigan al propuesto y que hayan superado la puntuación mínima del proceso selectivo para su posible contratación.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el último día del plazo de presentación de instancias, la titulación reseñada en el anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

3.2 Presentación de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General del Instituto de Astrofísica de Canarias (avenida Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna, S/C Tenerife) (anexo VI) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Director del Instituto de Astrofísica de Canarias.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de proceder a su envío certificado.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el ingreso de los derechos de examen, a que se refiere la base 3.3.

3.3. Abono de los derechos de examen. Conforme a la actualización prevista en el artículo 74 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, las tasas por derechos de examen para 2009 es de 28,16 euros correspondiente al grupo profesional 1 de laborales no sujetos a Convenio.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, presentando la solicitud a efectos de abono de derechos de examen, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. La constancia del abono se efectuará mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado en la base anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, las cuales las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 código IBAN: ESO6, código BIC: BBVA ESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Ciencia e Innovación. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco BBVA o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

En ningún caso, la presentación y el pago de los derechos de examen en las entidades de depósito supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano recogido en la base 3.2.

La falta de la justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.4 Junto a las solicitudes, dirigidas al Sr. Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, se deberán acompañar la siguiente documentación:

3.4.1 Nacionalidad: Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1.a), así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

3.4.2 Documentación general:

a) Fotocopia de la titulación académica a que se refiere la base 2.1.3 en relación con el anexo II de esta convocatoria o certificación académica que acredite su posesión. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se adjuntará fotocopia de la credencial de homologación o reconocimiento.

b) La Memoria prevista para el segundo ejercicio de la fase de oposición, Anexo I, en sobre cerrado y cuyo contenido se ajustará a lo previsto en el anexo Vb). La no presentación de la memoria en sobre cerrado en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante sin posibilidad de subsanación.

c) Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se le valoren en el concurso, atendiendo a los méritos que pueden ser alegados y que se recogen en el Anexo I.

d) Currículum vitae. Es recomendable el uso del modelo europeo de currículo vitae (http://europass.cedefop.eu.int).

3.4.3 Aspirantes con discapacidad. Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.4.4 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

3.5 La no presentación de la citada documentación supondrá la exclusión del candidato.

3.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos a que se refiere la ley 30/92, que pudieran advertirse en el desarrollo del procedimiento podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con relación nominal de estos últimos y de las respectivas causas de exclusión, e indicando los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de admitidos y excluidos. En esta lista deberán constar los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad o pasaporte. Además, se determinará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

En todo caso, la lista de admitidos deberá ser expuesta en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión.

Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se lleve a efecto el proceso selectivo por causas imputables a la administración, no siendo procedente devolución de los derechos de examen cuando el interesado sea excluido del proceso por causa que le sea imputable.

5. Tribunal

5.1 El desarrollo de este concurso-oposición y la calificación de los aspirantes en el mismo corresponderá al Tribunal.

5.2 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará constituido en la forma que se determina en el Anexo III de la presente convocatoria. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante hará público el nombramiento de los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.3.

5.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal. Para la válida constitución y actuaciones del Tribunal deberán estar presentes al menos la mitad de sus miembros, incluyendo en todo caso a quienes desempeñen las funciones de presidente y secretario.

5.6 En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El tribunal podrá designar un asesor especialista.

5.7 Durante el proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos en las mismas.

Asimismo corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de las condiciones adecuadas para la realización de los ejercicios. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

5.9 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas, tendrán la «Categoría primera» de las recogidas en el Artículo 30.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto de Astrofísica de Canarias, Avda. Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna (Tenerife); Teléfono 922.605.200; fax 922. 605.210; dirección de correo electrónico cgs@iac.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Los aspirantes serán convocados a los ejercicios de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

6.2 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra W según lo establecido en la Resolución de 29 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado («Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero 2009). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.

6.3 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, poniendo en su conocimiento las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.4 Concluido el primer y segundo ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias, en la sede del Tribunal y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), las relaciones de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio incluyendo en la relativa al primer ejercicio la plantilla correctora, disponiendo los aspirantes de un plazo de cinco días desde la publicación para presentar reclamaciones dirigidas al presidente del Tribunal. La publicación correspondiente al primer ejercicio determinará también el lugar, día y hora en la que tendrá lugar el siguiente ejercicio de la fase de oposición.

6.5 Finalizado el plazo de reclamaciones tras la publicación de la relación de aspirantes, el Tribunal publicará la relación definitiva de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superar la fase de oposición, así como la fecha en la que se publicará la valoración provisional de la fase de concurso.

6.6 El Tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias, en la sede del Tribunal y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y sus diferentes apartados y la total.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación para efectuar las alegaciones pertinentes contra posibles errores en la baremación, sin que en ningún caso pueda utilizarse dicho trámite para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial.

Transcurrido dicho plazo el Tribunal elevará a definitiva la relación que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso. En el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias, en la sede del Tribunal y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), y en aquellos otros que estime oportuno, la propuesta de adjudicación del contrato al aspirante de acuerdo con la suma de la puntuación total obtenida en las distintas fases del procesos selectivo, así como la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de número de documento nacional de identidad o pasaporte. En todo caso, no se podrá adjudicar a un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

7.2 El Presidente del Tribunal elevará una copia certificada de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo al Director del Instituto de Astrofísica de Canarias. Dicha lista se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», así como en cuantos lugares se considere oportuno.

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a aquel en que se publicaron las listas de aspirantes que superaron el proceso selectivo en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes seleccionados deberán presentar en el registro General del Instituto de Astrofísica de Canarias (calle Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna, S/C de Tenerife) (anexo VI) o en la forma establecida en el artículo 8.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común la documentación de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, así como las fotocopias compulsadas de los documentos que se presentaron como acreditación de los méritos alegados.

8.2 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

8.3 Con el fin de asegurar la cobertura del contrato, si se produjera la renuncia del aspirante seleccionado, antes de su contratación, conforme a lo previsto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2008, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección la relación complementaria de los aspirantes, por orden de puntuación, que sigan al propuesto y que hayan superado la puntuación mínima del proceso selectivo para su posible

8.4 Los aspirantes contratados tendrán que superar un período de prueba de seis meses durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

9. Norma final

9.1 Al proceso selectivo regulado en esta convocatoria le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público, los preceptos subsistentes y de aplicación contenidos en la ley 30/1984, de 2 de agosto, y demás normativa de selección de personal aplicable.

9.2 Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La Laguna, 22 de julio de 2009.–La Subsecretaria de Ciencia e Innovación, P. D. (Orden CIN/1179/2009, de 8 de mayo), el Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, Francisco Sánchez Martínez.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases. Una primera fase de oposición y una segunda de concurso de méritos. A la fase de concurso sólo podrán presentarse los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

Primero. Fase de oposición.–Se valorarán, hasta un máximo de 70 puntos. Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios. No obstante, los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo Internacional correspondiente.

Primer ejercicio (puntuación máxima 40 puntos). Cuestionario de 40 preguntas teóricas con tres respuestas alternativas. El contenido de dicho ejercicio se ajustará al programa de materias que se reseña en el anexo Va.

Cada respuesta correcta se valorará con 1 punto. La puntuación máxima posible será de 40 puntos. Cada respuesta errónea restará 0,5 puntos.

Esta prueba tendrá carácter eliminatorio, para superar la misma habrá de alcanzarse, al menos, 21 puntos. Dispondrán de un tiempo de 90 minutos.

Segundo ejercicio (puntuación máxima 30 puntos). En presencia del candidato se abrirá el sobre que contiene la Memoria técnica cuyo contenido se ceñirá a lo previsto en el anexo VIb) a que se refiere la base 3.4.2.b., siendo entregada al interesado para su presentación y defensa pública durante un tiempo máximo de 60 minutos.

Seguidamente, el Tribunal podrá preguntar al aspirante durante un tiempo máximo de 30 minutos, acerca de los contenidos técnicos de la memoria expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes.

En este ejercicio el Tribunal otorgará una calificación de 0 a 30 puntos, de los cuales:

Hasta 20 puntos, que corresponderán a los criterios de valoración previsto para la memoria técnica.

Hasta 10 puntos, corresponderán a la defensa de la Memoria técnica y cumplimiento de los requisitos exigidos.

Esta prueba tendrá carácter eliminatorio, para superar la misma habrá de alcanzarse, al menos, 20 puntos. Dispondrán de un tiempo de 60 minutos.

Calificación final fase oposición.–Una vez superado los dos ejercicios, la calificación final de esta fase será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. Para superar la fase de oposición será necesario alcanzar los 40 puntos.

Los ejercicios de oposición se celebrarán en el Instituto de Astrofísica de Canarias, avenida Vía Láctea, s/n, La Laguna.

Segundo. Fase de concurso.–Se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Méritos profesionales: 20 puntos.

Experiencia profesional en puestos de trabajo, con carácter fijo, interino o temporal con funciones y tareas análogas a las asignadas a la plaza a la que se opta. Los períodos de trabajo deberán estar comprendidos dentro de los últimos diez años.

Forma de puntuación:

a) 0,30 puntos por cada mes trabajado en la Administración Pública.

b) 0,15 puntos por cada mes trabajado en otros ámbitos diferentes de los anteriores.

Forma de acreditación:

a) En el caso de experiencia adquirida en la Administración: Certificado expedido por la correspondiente unidad de personal que acredite las funciones y tareas desempeñadas.

b) En los demás casos fotocopia del contrato o contratos de trabajo, certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social y certificación o documento similar de los distintos empleadores acreditativa de las funciones y tareas desempeñadas cuando no vengan así reflejadas en el contrato laboral.

c) Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se sustituirá por copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.

d) En todos los supuestos: Memoria descriptiva de la experiencia profesional, acompañando la documentación complementaria que acredite lo manifestado en la misma.

2. Méritos formativos: 10 puntos.

2.1 Cursos, seminarios o congresos cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta, siempre que su duración mínima sea de 15 horas.

Puntuación máxima: 6 puntos.

Forma de puntuación:

Cursos de entre 15 y 30 horas: 0,15 puntos.

Cursos de más de 30 y hasta 60 horas: 0,30 puntos.

Cursos de más de 60 horas y hasta 120: 0,50 puntos.

Cursos de más de 120 horas: 1 punto.

Forma de acreditación: Fotocopia de los títulos o certificados.

2.2 Poseer algún tipo de titulación o, en su caso, especialidad académica, distinta a la exigida para participar en proceso selectivo, relacionada con las funciones propias del puesto a ocupar.

Puntuación máxima: 2 puntos.

Forma de puntuación: 1 punto por cada título académico distinto a la exigida para participar en proceso selectivo, relacionada con las funciones propias del puesto a ocupar y de nivel o especialización académica superior al exigido.

Forma de acreditación: Fotocopia de los títulos académicos o de la certificación académica de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

3. Conocimiento idioma ingles. 2 puntos.

Para acreditar los idiomas, copias de los certificados de cursos o titulación académica correspondientes e impreso cumplimentado en su totalidad del pasaporte de lenguas, referido al idioma a valorar, según la escala del Marco Común de Referencia para las lenguas elaborada por el Consejo de Europa con la indicación del nivel de conocimiento. Ver enlace web:

http://europass.cedefop.europa.eu/europass/home/vernav/Europasss+Documents/Europass+Language+Passport/navigate.action

Para superar la fase de concurso, será necesario obtener 16 puntos.

Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar dicho conocimiento mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen u nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El contenido de la prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio («BOE» del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera.

La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para poder realizar las pruebas de la fase de oposición.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del diploma básico del español como lengua extranjera establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

Tercero. Superación del proceso selectivo.–La calificación final del concurso oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

Conforme a lo previsto en la base 1.4, no se podrá adjudicar un número superior de contratos al de plazas convocadas.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Puntuación obtenida en la fase de oposición. En caso de empate en esta fase, puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.

2. Puntuación obtenida en la fase de concurso.

3. Puntuación obtenida en los méritos profesionales.

ANEXO II
Relación de plazas convocadas

Número de plazas: 1.

Categoría profesional: Ingeniero.

Titulación: Ingeniero, Arquitecto o Licenciado (titulaciones de ciclo largo).

Destino: Servicios Informáticos del IAC.

Especialidad: Informática de gestión.

Actividad principal: Análisis, diseño e implementación de soluciones informáticas para el Área de Administración del Instituto de Astrofísica de Canarias.

Funciones y tareas principales:

Parametrización y desarrollo de módulos del software de gestión integral (ERP) que se defina para el IAC.

Estudiar e instalar aquellas aplicaciones necesarias para el área de administración que ayuden a la informatización de los procesos de la misma (contratación, compras, inventario, contabilidad, etc.)

Integración de las aplicaciones usadas en el IAC con aquellos interfaces informáticos definidos por la Administración general del Estado.

Asesorar e informar a los responsables del Área de Administración y de los Servicios Informáticos Comunes de aquellas directrices, normas y avances tecnológicos que se produjeran en el contexto de la Administración Pública española.

Participación en el análisis y desarrollo de aquellos proyectos informáticos de los Servicios Informáticos Comunes del IAC para las actividades relacionadas con el Área de Administración.

Comunicar y coordinar con los Servicios informáticos comunes del IAC todas las actividades informáticas específicas del Área de Administración.

ANEXO III
Tribunal calificador

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

El Tribunal respeta el principio de paridad de mujeres y hombres.

Presidente: Margarita Ávila Miranda.

Categoría profesional: Gerente Administrativo.

Suplente: Rafael Arnay de La Rosa.

Categoría Profesional: Administrador de Servicios Generales.

Secretario: Carlos Martín Galán.

Categoría Profesional: Ingeniero Senior.

Suplente: Susana Delgado Marante.

Categoría Profesional: Ingeniero.

Vocal: Carlos Westendorp Plaza.

Categoría Profesional: Ingeniero Senior.

Suplente: Marta Aguiar González.

Categoría Profesional: Ingeniero Senior.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ciencia e Innovación». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Instituto de Astrofísica de Canarias».

En el recuadro número 15 se señalará la categoría profesional a la que se opta (anexo II).

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se consignará «L» (acceso libre).

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que se haya publicado la presente convocatoria.

En el recuadro 24 se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.3 de esta convocatoria y anexo II.

En el recuadro 21 los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 28,16 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 código IBAN: ESO6, código BIC: BBVA ESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Ciencia e Innovación. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco BBVA o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO Va)
Temario primer ejercicio fase de oposición

Bloque I. Gestión de proyectos. Gestión de departamentos IT. Legislación en materia de IT.

Tema 1. Dirección de proyectos. Planificación de recursos técnicos y humanos.–Dirección y gestión de proyectos de tecnologías de la información.

Tema 2. Auditoría Informática. Concepto y contenidos. Administración, planeamiento, organización, infraestructura técnica y prácticas operativas. Protección de activos de información, recuperación de desastres y continuidad del negocio. Desarrollo, adquisición, implementación y mantenimiento de sistemas. Evaluación de procesos y gestión de riesgos.

Tema 3. La legislación de protección de datos de carácter personal. La directiva 95/46/CE. La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). RD 994/1999, Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. La Agencia Española de Protección de Datos.

Tema 4. La legislación en materia de sociedad de la información y administración electrónica en España y Europa. La protección jurídica de los programas de ordenador. Los medios de comprobación de la legalidad y control del software.

Tema 5. Interoperabilidad y sistemas abiertos. Política comunitaria al respecto.

Tema 6. La gestión de la compra pública de tecnologías de la información.

Tema 7. Directiva Comunitaria 2000/31/CE, de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico.

Tema 8. La calidad en los servicios de información. El modelo EFQM y la guía para los servicios ISO 9004.

Tema 9. Los servicios de información electrónica. Política y acciones de la Comunidad Europea en este sector.

Tema 10. Planificación y control de las TIC, ITIL («IT Infrastructure Library»), COBIT («Control Objetives for Information and Related Technology»), objetivos de control y métricas. Gestión de servicios e infraestructuras TIC, gestión del valor de las TIC.

Tema 11. Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. Comisión Nacional del Mercado de Telecomunicaciones: Organización, funciones y competencia.

Tema 12. Planificación estratégica de sistemas de información y de comunicaciones. El plan de sistemas de información. El análisis de requisitos de los sistemas de información y de comunicaciones.

Bloque 2. Desarrollo de software y bases de datos.

Tema 13. El ciclo de vida de los sistemas de información. Modelos del ciclo de vida.

Tema 14. Metodología de desarrollo de sistemas. Orientación al proceso y orientación a los datos.

Tema 15. Análisis de sistemas de información. El modelo entidad relación. Entidades y superentidades.

Tema 16. El análisis estructurado. Diccionario de datos, diagrama de flujo de datos. Análisis esencial.

Tema 17. El análisis orientado a objetos. Objetos, clases, herencia métodos. Arquitecturas de objetos distribuidos.

Tema 18. Técnicas de análisis y diseño de sistemas transaccionales. El diseño estructurado. Diseño orientado a objetos.

Tema 19. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas.

Tema 20. La metodología de planificación y desarrollo de Sistemas de Información Métrica.

Tema 21. La garantía de calidad en el proceso de producción del software. Métricas y evaluación de la calidad del software. La implantación de la función de calidad.

Tema 22. La estimación de recursos y esfuerzo en el desarrollo de sistemas de información. La migración de aplicaciones en el marco de procesos de ajuste dimensional. Reingeniería de sistemas de información e ingeniería inversa.

Tema 23. Los sistemas de gestión de bases de datos SGBD. Elmodelo de referencia de ANSI.

Tema 24. El modelo relacional. El lenguaje SQL. Normas y estándares para la interoperabilidad entre gestores de bases de datos relacionales.

Tema 25. Administración de SGBDR. Oracle, Microsoft SQL Server.

Tema 26. Entorno de desarrollo Microsoft. NET para software con distribución. Entorno de desarrollo JAVA para software con distribución.

Tema 27. Lenguajes y herramientas para la utilización de redes globales. HTML y XML. Arquitectura SOA.

Tema 28. Arquitectura de desarrollo en la WEB (I). Integración de contenido, sonido, imagen y animación. Scripts del cliente. Tecnología. NET. Tecnología JAVA.

Tema 29. Accesibilidad y usabilidad. W3C.

Tema 30. Lenguaje de Modelado Unificado (UML).

Tema 31. Frameworks de desarrollo Java.

Tema 32. Metodologías ágiles de desarrollo de aplicaciones.

Tema 33. Comercio electrónico. Mecanismos de pago. Gestión del negocio.

Tema 34. Workflow, Groupware y Data-Warehouse.

Tema 35. Gestión de los datos corporativos. Almacén de datos (Data-Warehouse). Arquitectura OLAP. Minería de datos. Generación de Informes a la Dirección. Sistemas CRM y ERPs.

Bloque 3. Sistemas y Comunicaciones. Seguridad informática.

Tema 36. Administración de sistemas Unix/Linux. Administración de cuentas de usuario. Sistema de archivos. Sistema de arranque en sistemas Unix. Administración de procesos. Shells estándar. Programación Bourne Shell. Programación Perl.

Tema 37. Administración de sistemas Windows. Administración software Windows. Seguridad sistemas Windows, administración de software. Cuentas de usuarios. Sistema de archivos NTFS. Integración de sistemas Windows – Linux.

Tema 38. Servicios de autenticación: El rol de los certificados digitales. Localización de claves públicas. Servicio de directorio × 500. Marco de autenticación × 509. Otros servicios.

Tema 39. Sistemas de almacenamiento para sistemas grandes y departamentales. Dispositivos para tratamiento de información multimedia.

Tema 40. Tipos de sistemas de información multiusuario. Sistemas grandes, medios y pequeños. Servidores de datos y de aplicaciones.

Tema 41. El procesamiento cooperativo y la arquitectura cliente-servidor.

Tema 42. Software de código abierto. Software libre. Conceptos base. Aplicaciones entorno ofimático y servidores Web.

Tema 43. El cifrado. Algoritmos de cifrado simétricos y asimétricos. La función hash. El notariado.

Tema 44. Infraestructura de clave pública (PKI): Definición y elementos de una PKI. Prestación de servicios de certificación públicos y privados. Gestión del ciclo de vida de un certificado. Jerarquías de PSC. Protocolos de directorio basados en LDAP. Almacenamiento seguro de claves privadas: «Smart Cards». DNI electrónico.

Tema 45. El Tratamiento de imágenes y el proceso electrónico de documentos. Reconocimiento óptico de caracteres y reconocimiento de voz.

Tema 46. Gestión documental. Gestión de contenidos. Sistemas de recuperación de la información. Políticas, Procedimientos y métodos para la conservación de la información en soporte.

Tema 47. La seguridad en redes. Control de accesos. Técnicas criptográficas. Mecanismos de firma digital. Control de Intrusiones. Cortafuegos. Las redes públicas de transmisión de datos. Redes telemáticas transeuropeas. La red Internet y los servicios básicos.

Tema 48. Los servicios de acceso a información basados en Internet. Agentes que intervienen, características y estructuras de las redes soporte, métodos de acceso, aspectos de seguridad, tendencias.

Tema 49. Arquitectura de las redes Intranet y Extranet. Concepto, Estructura y características. Su implantación en las organizaciones. Modelo de capas: Servidores de aplicaciones, servidores de datos, granjas de servidores.

Bloque 4.

Tema 50. Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos . BOE 28-02-2003.

Tema 51. Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro. BOE 22-05-1999...

Tema 52. La Constitución Española.– Derechos fundamentales y libertades públicas. Principios rectores de la política social y económica. Suspensión de derechos y libertades. Los poderes constitucionales: La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. Organización Territorial del Estado. Entes locales. Comunidades Autónomas.

Tema 53. La Unión Europea.– Naturaleza y antecedentes. Tratados originarios y modificativos. Las instituciones comunitarias. Consejo de ministros. La Comisión. El Parlamento. El derecho comunitario. Concepto. Derecho originario y derivado. Relaciones del derecho comunitario con el de los Estados miembro.

Tema 54. Directiva comunitaria 1999/93/CE, de firma electrónica. Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. RD 209/2003, de 21 de febrero. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadano. Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro.

Tema 55. La Administración General del Estado. Órganos Centrales. Órganos territoriales. Los organismos públicos. Organismos Autónomos. Entidades Públicas Empresariales. Los organismos públicos de investigación (Ley 13/1986, de 14 de abril). Regulación, funciones y órganos de gobierno.

Tema 56. El Instituto de Astrofísica de Canarias. Normativa aplicable, personalidad jurídica y fines. Estructura orgánica. El Consejo Rector. El Director. Otros órganos de dirección y gestión. Funcionamiento del Instituto. Las Áreas y su ordenación.

Tema 57. El procedimiento administrativo. Concepto y clases. La Ley 30/1992, de RJAP y PAC. Contenido y ámbito de aplicación. Los sujetos del procedimiento. Legitimación activa y pasiva. La representación. Criterios de ordenación del procedimiento. Principios básicos. Derechos del administrado en la Ley 30/1992. Términos y plazos. Criterios de cómputo. Fases del procedimiento administrativo. Iniciación, instrucción y terminación del procedimiento. El silencio administrativo. Concepto. Efectos. El Registro General y los Registros auxiliares. Los Registros internos.

Tema 58. Estatuto Básico del Empleado Público. Tipología del personal al servicio de las administraciones públicas. Derechos y Deberes. Código de conducta. Estructura del empleo público. Ordenación del personal funcionario. Libertad sindical. Negociación colectiva. El derecho de representación y participación de los funcionarios públicos. Derecho de reunión. La condición de empleado público. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. La cobertura de plazas. Sistemas de provisión y movilidad del personal. Las situaciones administrativas.

Tema 59. Las incompatibilidades de los empleados públicos. Principios generales. Incompatibilidad entre dos puestos públicos y con un segundo puesto privado. Actividades no sujetas. Régimen disciplinario. Disposiciones de la Ley 7/2007. Convenio Colectivo del IAC: Faltas, sanciones. Procedimiento disciplinario.

Tema 60. Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas. Concepto y clases. Requisitos generales. Fundamentos de la responsabilidad. Criterios de imputación. Principios en la Ley 30/1992. Procedimiento de responsabilidad. Normas básicas. Efectos. Daños indemnizables y cuantía indemnizatoria.

Tema 61. Igualdad de género. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. «La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia».

Tema 62. Prevención de Riesgos Laborales. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales; objetivo, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (http://www.mtas.es/insht/index.htm). Misión y funciones; guías técnicas orientativas. Real Decreto 39/1997. Reglamento de los Servicios de Prevención. Integración de la actividad preventiva en la empresa artículo 2. Acción de la empresa en materia de prevención de riesgos. Plan de prevención de riesgos laborales.

ANEXO V b)
Memoria técnica del segundo ejercicio de la fase de oposición

La Memoria técnica tendrá una extensión máxima de 20 folios escritos por una sólo cara, escrita en tipo de fuente «Arial», tamaño 11.

Título: Proyecto de desarrollo de una aplicación de gestión de viajes multiplataforma que contemple la gestión de órdenes de desplazamiento, workflow de autorizaciones de gasto, anticipos, justificación e integración con un sistema ERP a través de Web Services.

Descripción: El candidato redactará una Memoria técnica que deberá incluir los siguientes apartados:

Metodología de desarrollo.

Arquitectura de la aplicación.

Frameworks y tecnologías propuestas.

Identificación de los casos de uso.

Diseño básico del modelo del dominio.

Adaptación de su perfil profesional a la especialidad de la plaza convocada.

ANEXO VI
Direcciones y teléfonos

Instituto de Astrofísica de Canarias.

Avenida Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna, Tenerife (S/C de Tenerife- España).

Teléfono: 922 605 200 (Centralita).

Fax: 922 605 210.

Correo electrónico: cgs@iac.es

Horario del Registro General: Ver http://www.iac.es/info.php?op1=20

 

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