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Documento BOE-A-2009-12903

Resolución de 22 de junio de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revisan los parámetros y porcentajes para el reparto de los fondos que debe realizar ENRESA, establecidos mediante su Resolución de 9 de junio de 2006, y se efectúa la liquidación correspondiente al año 2009, según lo dispuesto en la Orden de 13 de julio de 1998, en beneficio de los municipios definidos como afectados correspondientes a la instalación Central Nuclear Vandellós I.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 3 de agosto de 2009, páginas 66427 a 66428 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-12903

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 9 de junio de 2006, la Dirección General de Política Energética y Minas estableció los parámetros y porcentajes para el reparto de los fondos que debe realizar Enresa en beneficio de los municipios definidos como afectados correspondientes a la instalación Central Nuclear Vandellós I. En el punto tercero de dicha Resolución se indica que los porcentajes de participación en los fondos a distribuir correspondientes a cada municipio se revisarán cuando se produzcan modificaciones en los datos en que están basados los parámetros definidos en el punto primero de la misma, si bien tendrán un período de validez mínimo de tres años.

Asimismo, en el punto cuarto de la Resolución de la Dirección General de la Energía de 17 de julio de 1998, se establece que la asignación de fondos a los municipios se fijará anualmente mediante Resolución de la misma.

Por otra parte, el punto octavo de la Orden de 13 de julio de 1998, que desarrolla el Real Decreto 1522/1984, por el que se autoriza la constitución de Enresa, establece que anualmente se revisará el importe de la asignación en función de la variación que experimente durante el año anterior el IPC que publique el Instituto Nacional de Estadística, menos un punto, siempre que dicho IPC sea mayor o igual que 1.

Con fecha 23 de enero de 2009 la Dirección General de Política Energética y Minas dictó Resolución por la que se estableció un primer pago a cuenta de las asignaciones correspondientes al año 2009 y se determinó el importe de la misma para 2009.

Habiendo transcurrido el plazo de tres años establecido en el punto tercero de la Resolución de 9 de junio de 2006, y teniendo en cuenta la vigente actualización de la Relación de unidades poblacionales a 31 de diciembre de 2008, publicada por el Instituto Nacional de Estadística, así como el informe solicitado a estos efectos al Instituto Geográfico Nacional, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.–Modificar los parámetros establecidos en la Resolución de 9 de junio de 2006, en los que se basa el cálculo del porcentaje de reparto de los fondos para la instalación Central Nuclear Vandellós I, que pasan a ser los siguientes:

Municipio

Si (km2)

Di (km)

Hi (nº)

Vandellós i L’Hospitalet del Infant

75,28

6,25

5653

L’Ametlla de Mar

17,21

8,95

7424

Mont-Roig del Camp

3,34

9,11

8237

Tivissa

7,66

15,65

1457

Pratdip

 

10,14

833

Segundo.–El porcentaje de participación en los fondos a distribuir correspondientes a cada municipio, de acuerdo con los parámetros anteriores y los criterios establecidos en el punto cuarto de la Orden de 13 de julio de 1998, modificado por la Orden de 21 de junio de 2001, es el siguiente:

Municipio

Porcentaje (%)

Vandellós i L’Hospitalet del Infant

50,00

L’Ametlla de Mar

25,78

Mont-Roig del Camp

16,64

Tivissa

6,42

Pratdip

1,16

Tercero.–Los porcentajes indicados en el punto anterior se aplicarán a cualquier distribución de fondos que se realice con arreglo a la Orden de 13 de julio de 1998 y se revisarán cuando se produzcan modificaciones en los datos en que están basados, si bien tendrán un período de validez mínimo de tres años.

Cuarto.–La asignación para 2009 se estableció por Resolución de 23 de enero de 2009 en 596.383,91 euros. Asimismo, en dicha Resolución se estableció un primer pago a cuenta, que ascendió a 298.191,96 euros, la cantidad a distribuir por parte de Enresa entre los municipios destinatarios de la presente Resolución es de 298.191,96 euros.

Quinto.–Dicha asignación se distribuirá por Enresa entre los municipios destinatarios de la presente Resolución aplicando los porcentajes que figuran en el punto segundo.

Sexto.–De conformidad con lo establecido en el punto tercero de la Orden de 21 de junio de 2001, por el que se modifica el punto octavo de la Orden de 13 de julio de 1998, los Ayuntamientos deberán informar a la Dirección General de Política Energética y Minas, durante el trimestre siguiente a su percepción, sobre la naturaleza y cuantificación de las aplicaciones previstas para las asignaciones recibidas.

Según lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le advierte que contra esta Resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes desde la notificación de esta Resolución, así como cualquier otro recurso que considere conveniente a su derecho.

Madrid, 22 de junio de 2009.–El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

 

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