Mediante Orden TIN/1909//2009, de 8 de julio (C/143), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal.
La base octava del citado concurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, establece que ha de resolverse en un plazo no superior a tres meses desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias.
No obstante, a la vista de la comunicación efectuada por el Presidente de la Comisión de Valoración del referido concurso, que ha puesto de manifiesto la dificultad que entraña el mes de agosto, al ser éste un mes eminentemente vacacional, para la normal continuidad de dicho proceso, así como para el cumplimiento del plazo de resolución previsto en la convocatoria,
Este Ministerio en uso de las facultades que le están conferidas resuelve declarar inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo del plazo de resolución previsto en el concurso específico convocado por Orden TIN/1909/2009, de 8 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 16 de julio), para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal.
Madrid, 20 de julio de 2009.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, P. D. (Orden TIN/1540/2008 de 30 de mayo), el Subsecretario de Trabajo e Inmigración, Leandro González Gallardo.
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