Visto el expediente de indulto de don Manuel Carmona Nevado, condenado por la Audiencia Provincial de Albacete, sección primera, en sentencia de 17 de octubre de 2008, como autor de un delito de lesiones, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y de una falta de injurias, a la pena de 18 días de multa con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de junio de 2009,
Vengo en conmutar a don Manuel Carmona Nevado la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 29 de junio de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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