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Documento BOE-A-2009-11407

Orden CUL/1844/2009, de 16 de junio, por la que se conceden las subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a empresas e instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas de cultura, escritas en castellano o en cualquier otra lengua cooficial española, correspondientes al año 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 9 de julio de 2009, páginas 57624 a 57633 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2009-11407

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el punto séptimo de la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre de 2004 («Boletín Oficial del Estado», de 8 enero de 2005) modificada por la Orden CUL/3150/2008, de 29 de octubre («Boletín Oficial del Estado», de 5 de noviembre) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura y el apartado Noveno de la Resolución de 5 de diciembre de 2008 («Boletín Oficial del Estado», de 19 de diciembre) de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas por la que se convocan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Empresas e Instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas de cultura, escritas en lengua castellana o en cualquier otra lengua cooficial española, correspondientes al año 2009,

Este Ministerio, ha resuelto hacer pública la composición de la Comisión de Valoración, así como las subvenciones concedidas a las Entidades solicitantes de las mismas durante el año 2009.

Primero.–La Comisión de Valoración quedó constituida de la siguiente manera:

Presidente: Don Rogelio Blanco Martínez. Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas.

Vicepresidenta: Doña Mónica Fernández Muñoz. Subdirectora General de Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Vocales: Don Manuel Ortuño Armas. Representante de la Asociación de Editores de Revistas Culturales de España; don Rafael Vila Ricart. Representante de las Asociaciones de revistas culturales editadas en lenguas cooficiales distintas a la castellana; don Rafael Morales Barba. Experto en Literatura y Lingüística; doña Carmen Labrador Herraíz. Experta Filosofía y Ciencias Sociales; don Manuel Menor Currás. Experto en Historia, Geografía, Arquitectura y Artes populares; don Pablo Berástegui Lozano. Experto en Artes Plásticas y Escénicas; doña Natividad Correas González. Experta en Bibliotecas, y doña Marta Sáenz Bascones. Jefe de Área del Libro y la Lectura de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Secretaria: Doña Mercedes Zamorano García. Jefe de Sección de Análisis de Proyectos de Edición de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Se hace constar que todos los integrantes de la misma manifestaron su conformidad personal para ser designados miembros de este órgano colegiado.

Segundo.–Previo informe de la Comisión de Valoración, de acuerdo con la puntuación resultante de la aplicación de la baremación los criterios de valoración establecidos en el apartado 7.3 de la Resolución 5 de diciembre de 2008 y una vez aprobada y notificada la propuesta de Resolución definitiva, se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el año 2009 a 78 empresas editoras de revistas de cultura, por un importe de un millón seiscientos diecinueve mil ochocientos seis euros con cinco céntimos (1.619.806,5 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.334B.477 y a 47 Instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas de cultura, por un importe de cuatrocientos noventa y nueve mil setecientos setenta y uno, con cincuenta céntimos (499.771,50 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.334B.484. Dichas entidades constan en el documento que como anexo se acompaña a la presente orden, habiendo sido desestimadas el resto de las solicitudes formuladas correspondientes a 2009.

Todos los beneficiarios han aceptado, previamente, la subvención propuesta, dentro del plazo reglamentariamente establecido en la Resolución de convocatoria de estas subvenciones.

Tercero.–Esta orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2003, de 21 de mayo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 16 de junio de 2009.–La Ministra de Cultura, P.D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio), la Subsecretaria de Cultura, Mercedes Elvira del Palacio Tascón.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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