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Documento BOE-A-2009-10267

Resolución de 27 de mayo de 2009, de la Universidad de A Coruña, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Luis Alberto Sarandeses da Costa.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 22 de junio de 2009, páginas 51787 a 51787 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2009-10267

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta de la comisión designada para juzgar el concurso de acceso convocado por esta universidad por Resolución de 20 de febrero de 2009 («BOE» de 10 de marzo), para la provisión de la plaza número 09/004, de Catedrático de Universidad del área de conocimiento de Química Orgánica, departamento de Química Fundamental de esta universidad, a favor de don Luis Alberto Sarandeses da Costa, con DNI número 33845110N, y una vez que el interesado acreditara los requisitos establecidos en la convocatoria,

Este Rectorado, en el uso de las atribuciones que le confiere el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto nombrar a don Luis Alberto Sarandeses da Costa, Catedrático de Universidad del área de conocimiento de Química Orgánica, departamento de Química Fundamental de esta Universidad.

En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato deberá tomar posesión de su destino.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de A Coruña, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de dicha publicación, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A Coruña, 27 de mayo de 2009.–El Rector, José M.ª Barja Pérez.

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