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Documento BOE-A-2008-8719

Resolución de 22 de abril de 2008, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto de Salud Carlos III, para el desarrollo de actividades de formación e investigación relacionadas con el desarrollo de las líneas estratégicas comunes de la Inspección Sanitaria del Sistema Nacional de Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 17 de mayo de 2008, páginas 23685 a 23687 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2008-8719

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 16 de abril de 2008, Acuerdo de Encomienda de Gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo de actividades de formación e investigación relacionadas con el desarrollo de las líneas estratégicas comunes de la Inspección Sanitaria del SNS y de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de abril de 2008.-El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO Acuerdo de Encomienda de Gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección) y el Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo de actividades de formación e investigación relacionadas con el desarrollo de las líneas estratégicas comunes de la Inspección Sanitaria del SNS

En Madrid, a 16 de abril de 2008.

REUNIDOS

De una parte: Bernat Soria Escoms, Ministro de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, con competencia para celebrar contratos y convenios, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 13.3 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, de 14 de abril de 1997.

De otra parte: Flora de Pablo Dávila, como Directora del Instituto de Salud Carlos III, organismo perteneciente al Ministerio de Sanidad y Consumo, nombrada por Real Decreto 1187/2007, de 10 de septiembre, actuando en nombre y representación del mencionado Instituto de Salud Carlos III, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1555/2004 de 25 de junio y por el Real Decreto 375/2001 de 6 de abril que aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III.

EXPONEN

Primero.-Que la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 76, dispone que el Estado ejercerá la Alta Inspección como función de garantía y verificación del cumplimiento de las competencias estatales y de las comunidades autónomas en materia de sanidad y de atención sanitaria del Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con lo establecido en la Constitución, en los estatutos de autonomía y en las leyes. Dentro de las funciones asignadas a la Alta Inspección, se puede citar la de verificación de la inexistencia de cualquier tipo de discriminación en los regímenes de prestación de los servicios sanitarios.

Por otra parte, el artículo 79 de la citada Ley, dispone que la Alta Inspección del Estado ha de establecer mecanismos de coordinación y cooperación con los servicios de inspección de las comunidades autónomas. Segundo.-Que el Decreto 1555/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo establece, en su artículo 11, que la Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección es el órgano encargado de velar por la vertebración funcional del Sistema Nacional de Salud, apoyar al pleno y a las comisiones y grupos de trabajo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de facilitar la cooperación del Ministerio de Sanidad y Consumo con los departamentos responsables de la sanidad de las comunidades autónomas y le corresponde ejercer la alta inspección del Sistema que la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, asigna al Estado y asumir la coordinación de las relaciones de los órganos del departamento con las comunidades autónomas. Tercero.-Que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en su sesión plenaria celebrada el día 12 de diciembre de 2007, ha acordado aprobar las líneas estratégicas comunes de la Inspección Sanitaria del Sistema Nacional de Salud entre las que figura, con el número 12, la referida a formación continuada para la inspección sanitaria. Cuarto.-Que el artículo 1.1 del Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, modificado por el artículo único del R.D. 590/2005 de 20 de Mayo, determina que el Instituto de Salud «Carlos III» es un organismo público de investigación con carácter de organismo autónomo, de los previstos en el artículo 43.1.a de la Ley 6/1997, de 14 de Abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Sanidad y Consumo a través de su titular, cuya misión es desarrollar y ofrecer servicios científico-tecnológicos de la más alta calidad dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto de la sociedad. El Instituto de Salud Carlos III se rige por las disposiciones contenidas en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica; por la Ley 14/1986 General de Sanidad de 25 de Abril, por la Ley 16/2003, de 28 de Mayo de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud y por su Estatuto, aprobado por Real Decreto 375/2001, de 6 de Abril. Asimismo, tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración General del Estado y de sus organismos autónomos y entidades de derecho público, en las materias que constituyen sus fines, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 14/2007, de 3 de julio, de investigación biomédica. El presente Acuerdo de encomienda de gestión se realiza de conformidad con el artículo 15 de la Ley 30/1992, en relación con el artículo 3.1.l) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, adicionado en la misma por el artículo 34.3 del Real Decreto-Ley 5/2005, de 11 de marzo. Quinto.-Que el artículo 16 del Real Decreto 590/2005, de 20 de Mayo, determina que a la Subdirección General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación, le corresponde entre otras funciones las siguientes:

Apdo. g. La formación de los profesionales en el campo de la salud pública a través de los órganos y unidades del Instituto de Salud «Carlos III» y en especial de la Escuela Nacional de Sanidad.

Apdo. h. Impulsar la creación de redes de formación, multidisciplinares e interdisciplinares, formadas por centros o grupos de formación. Apdo. i. Desarrollar e impulsar la formación en línea. Apdo. j. Promover y colaborar en el desarrollo de estudios e investigación en el ámbito de la salud pública y la gestión de servicios y ejercer funciones de asesoría nacional e internacional en dichas áreas de actividad.

Sexto.-Que a través de este Acuerdo de Encomienda de Gestión se establece una línea de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección, y el Instituto de Salud Carlos III, a través de la Escuela Nacional de Sanidad, para el desarrollo de actividades de formación, investigación y asesoría, mediante la utilización de nuevas metodologías (método del caso...) en el ámbito del desarrollo de las líneas estratégicas comunes de la Inspección Sanitaria del SNS, aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Septimo.-Que teniendo en cuenta la convergencia de los objetivos y la complementariedad de las acciones programadas tanto por la Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección como por el Instituto de Salud Carlos III, y considerando la necesidad de potenciar la capacidad de actuación del citado Instituto mediante la correspondiente aportación de recursos, para que puedan llevarse a cabo las programaciones, las partes suscriben el presente

ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN

Primero.-El Instituto de Salud Carlos III acepta la realización de las actividades que se indican en el presente Acuerdo.

Áreas de objeto de la encomienda:

1. Área de formación. a) Reserva de plazas en cursos de la oferta anual de la Escuela Nacional de Sanidad relacionados con la evaluación e inspección de servicios sanitarios.

b) Desarrollo de un Diploma de Especialización en métodos y técnicas de evaluación e inspección de servicios sanitarios.

2. Área de investigación y Asesoría.

Desarrollo de metodologías para la evaluación del desempeño de centros y servicios asistenciales

El contenido detallado de la encomienda queda recogido en los anexos 1 y 2. Segundo.-El Instituto de Salud Carlos III pondrá a disposición de esta encomienda los recursos humanos y materiales necesarios para cada una de las actividades descritas. Tercero.-Ambas partes se comprometen a destacar, en cuantas actividades realicen para la difusión de las previstas en el Acuerdo de Encomienda de Gestión, la colaboración prestada por la otra parte firmante, así como a incorporar el patrocinio de la Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección, Ministerio de Sanidad y Consumo, en cuantos materiales se produzcan y utilicen para la publicidad o difusión de las actividades realizadas. Cuarto.-Este acuerdo de encomienda de gestión se instrumenta de acuerdo con el artículo 3.1.l) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Por tanto queda regulado por sus normas peculiares aplicándosele los principios de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Quinto.-La Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección aportará, para el ejercicio 2008 y para la ejecución de este acuerdo de encomienda de gestión para la citada anualidad, la cantidad de doscientos once mil sesenta y cuatro euros (211.064 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 26.12.311O.22706 y serán transferidas a la cuenta corriente del Instituto de Salud Carlos III, número 9000/0001/20/020000 911-8 en el Banco de España. Las cantidades previstas tienen el carácter de máximas.

El presupuesto detallado se incluye como anexo 3.

El pago de los diversos conceptos objeto de la encomienda de gestión se realizará:

El 25% del presupuesto se abonará a la firma de la presente encomienda, previa presentación de un informe detallado de las actividades docentes a realizar.

El 75% restante se abonará a la finalización del ejercicio debiéndose justificar, antes del día 15 de noviembre, las acciones realizadas, con una Memoria o bien con la presentación de un análisis provisional de los resultados de los estudios previa conformidad de la Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección.

Sexto.-Se constituye para el seguimiento de la presente encomienda de gestión una Comisión mixta de seguimiento. Esta Comisión estará formada por:

La Directora del Instituto de Salud Carlos III o persona en quien delegue

El Director General de Cohesión del SNS y Alta Inspección o persona en quien delegue.

Además de la función genérica de vigilancia y seguimiento de la ejecución del presente convenio, habida cuenta de que las entidades firmantes se integran en el sector público estatal, la Comisión someterá las posibles controversias que no pueda solventar, relativas a interpretación, modificación, cumplimiento, efectos y resolución, al procedimiento contemplado en el artículo 10 del Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado.

Séptimo.-La vigencia de la presente encomienda de gestión se extenderá a lo largo del año 2008.

Octavo.-De conformidad con el art.º 15.3. de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el presente acuerdo de encomienda se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

En prueba de conformidad firman el presente Acuerdo de encomienda de gestión en el lugar y fecha indicados.-El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.-La Directora del Instituto de Salud Carlos III, Flora de Pablo Dávila.

ANEXO 1 Ejercicio 2008

Área de formación

a) Reserva de plazas en cursos de la oferta anual de la Escuela Nacional de Sanidad relacionados con la evaluación e inspección de servicios sanitarios.

20 plazas en: Diploma de especialización en Derecho Sanitario y Bioética (formato semipresencial).

Fecha de realización: 19/09/2008-11/12/2008. Horas lectivas: 120. Precio matrícula: 600 €. Horario: semipresencial (5 sesiones presenciales y trabajo continuo en portal docente con temas, materiales y foros).

30 plazas en:

Seminario avanzado sobre Información y Evaluación Sanitaria en el SNS.

Fecha de realización: 12/05/2008-14/05/2008. Horas lectivas: 20. Precio matrícula: 120 €. Horario: Presencial mañana y tarde.

15 plazas en:

La función directiva y la responsabilidad jurídica en centros sanitarios.

Fecha de realización: 01/10/2008-22/10/2008. Horas lectivas: 20. Precio matrícula: 120 €. Horario: Presencial mañana y tarde.

Información actualizada de cursos en: http://sigade2.isciii.es

b) Desarrollo de un Diploma de Especialización en métodos y técnicas de evaluación e inspección de servicios sanitarios. La Escuela Nacional de Sanidad desarrollará un diploma de especialización en métodos y técnicas de evaluación e inspección Sanitaria de 120 horas lectivas, cuatro módulos semanales, a desarrollar en semanas de junio, septiembre, octubre y noviembre. El programa se establecerá coordinadamente con la Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección para incorporar los desarrollos y prioridades que establecen las líneas estratégicas de inspección.

36 plazas en: Diploma de Especialización en Métodos y Técnicas en Evaluación e Inspección Sanitaria.

Fecha de realización: Junio a noviembre 2008. Horas lectivas: 120. Precio matrícula: 600 €. Horario: Presencial mañana y tarde.

La Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección comunicará, con la debida antelación, la relación de las personas seleccionadas para la realización de cada una de estas actividades docentes.

Queda incluida la gestión de las correspondientes comisiones de servicios para los funcionarios que acudan a los citados cursos, cuyos costes se incluyen en el presupuesto contenido en el anexo 3.

ANEXO 2 Área de investigación y Asesoría

a) Desarrollo de metodologías para la evaluación del desempeño de centros y servicios asistenciales.

Estudio técnico: Instrumentos para el análisis comparativo de desempeño de sistemas, centros y servicios sanitarios a través de la adaptación de métodos de frontera.

Propuesta de Proyecto a desarrollar por el Departamento de Planificación y Economía de la Salud de la Escuela Nacional de Sanidad. Esa propuesta incluye tres líneas:

a) Estudio técnico para asesorar en el desarrollo y adaptación de instrumentos de análisis y comparación de desempeño del tipo de frontera a los sistemas de información del SNS.

b) Puesta a disposición de la Dirección General de Cohesión del SNS y Alta Inspección de un titulado superior, experto en el manejo de técnicas DEA (Análisis Envolvente de Datos), que actuaría de asesor permanente para el desarrollo y adaptación de este tipo de instrumentos para el contexto concreto del sistema de información del SNS. c) Aportación del software con extensión de la licencia y entrenamiento de usuarios, y el apoyo académico del Departamento de Planificación y Economía de la Salud de la ENS para asesorar técnicamente las modelizaciones.

Coste estimado: 50.000 € para anualidad 2008.

Contrato anual de un titulado superior: 40.000 € (incluidos costes sociales). Licencias de software y aplicaciones: 6.000 €. Otros gastos corrientes: 4.000 €.

ANEXO 3 Presupuesto

Actividad

Plazas

Coste matrículas Euros

Total matrículas Euros

Costes CS Serv. Euros

Costes total Euros

Diploma Esp. Derecho Sanit. y Bioética

20

600

12.000

16.269

28.269

Seminario información y evaluacion sanitaria

30

120

3.600

21.202

24.802

Función directiva y resp. jurídica

15

120

1.800

10.652

12.452

Diploma espec. Evaluación e Inspección Sanitaria

36

600

21.600

73.941

95.541

Total docencia

39.000

122.064

161.064

Estudios Técnicos:

Metodología evaluación desempeños

50.000

Total estudios

50.000

Total coste encomienda ejercicio 2008

211.064

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