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Documento BOE-A-2008-801

Resolución de 3 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Mejora y modernización de los regadíos de la Comunidad General de Regantes Riegos de Levante (izquierda del Segura), sector 1. Término municipal: Varios (Alicante).

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2008, páginas 3378 a 3381 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2008-801

TEXTO ORIGINAL

El proyecto al que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado d) del grupo 9 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 1.2, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, procediendo a formular su declaración de impacto ambiental de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de la declaración de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética.-El promotor del proyecto es la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias de la Meseta Sur, S. A. (SEIASA de la Meseta Sur) y el órgano sustantivo del proyecto es la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Se trata de un proyecto de modernización de las infraestructuras de riego, para una superficie de 416,56 hectáreas en la Vega Baja del Segura destinada al cultivo de hortalizas y cítricos. El regadío afecta a terrenos de los términos municipales de Elche y Crevillente, en la provincia de Alicante. La modernización del sistema de regadíos, proporcionará riego a presión mediante tubería. Se mantiene la red actual para la distribución de agua tradicional y se implanta, además, la red de agua presurizada y filtrada para la distribución exclusiva de agua del trasvase Tajo-Segura. La nueva red a implantar tras la modernización deberá permitir suministrar agua de riego filtrada a todas las parcelas incluidas en la zona, todos los días del año que se demande. El sistema funcionará de modo automático y permitirá la apertura y cierre de todos los hidrantes, así como la medición de los consumos de cada El proyecto de modernización incluye de forma esquemática como instalaciones permanentes, las siguientes actuaciones:

Toma de la tubería principal.

Red presurizada de tuberías, con una longitud total de 31.428 metros. Canal de cintura (para comunicar la zona sur con el sistema de riego presurizado). Hidrantes. Válvulas de compuerta enterradas. Automatismos e instrumentación.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.-La mayor parte de la zona en la que va a desarrollarse el proyecto se dedica al cultivo de hortalizas y cítricos y está muy antropizada.

Se puede considerar que la zona de actuación es de muy alto riesgo sísmico, siendo necesario contemplar la Norma de Construcción Sismorresistente (NCSE-02). La zona de la Vega Baja del Segura se encuentra sobre un acuífero cuaternario superficial que comprende desde la superficie hasta una profundidad variable que oscila entre los 3 y 20 metros, extendiéndose a lo largo de toda la unidad hasta el mar. En cuanto a Espacios Naturales Protegidos, el área de estudio es colindante por el este con el Humedal RAMSAR, también catalogado como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES000058 «El Hondo»/«El Fondo d'Elx Crevillent». Este paraje constituye asimismo el Parque Natural «El Hondo». Se trata de un espacio de singular interés faunístico, en el que destacan las poblaciones de malvasía cabeciblanca (Oxyura leucocephala), cerceta pardilla (Marmaronetta angustirostris) o flamencos (Phoenicopterus ruber), valores que motivaron su declaración como Área importante para las Aves (IBA n.º 165). Además, existen otras especies faunísticas asociadas a este ecosistema, tales como galápago leproso (Mauremys leprosa) o el fartet (Aphanius iberus). La malvasía cabeciblanca y el fartet son especies incluidas en el Catálogo Valenciano de especies amenazadas de fauna (Decreto 265/1994, de 20 de diciembre), como especie en peligro de extinción y especie sensible a la alteración de su hábitat, respectivamente, contando con Planes de Recuperación de la Comunidad Valenciana (Decreto 93/2005, de 13 de mayo, y Decreto 9/2007, de 19 de enero, respectivamente). Los niveles en el embalse y las charcas, dependientes en parte de las aportaciones de los cultivos circundantes, constituyen junto con la calidad de las aguas, los mayores condicionantes para el mantenimiento de las características y valores que definen el humedal. En relación con el patrimonio cultural, el estudio y la prospección arqueológica realizados ponen de manifiesto que el proyecto no afecta al patrimonio histórico y cultural. Del mismo modo no se encuentran enclaves de interés geológico o paleontológico, en la zona objeto de estudio o en el entorno inmediato. 3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. 3.1.1 Entrada documentación inicial.-Con fecha 7 de septiembre de 2004, se recibe el documento comprensivo del proyecto «Obra de mejora y modernización de los regadíos de la Comunidad de regantes Riegos de Levante (izquierda del Segura). Primero de Levante. Sector 1 (Alicante)», iniciándose así su tramitación.

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.-Con fecha 6 de octubre de 2004, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. La relación de consultados se exponen a continuación:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente

Confederación Hidrográfica del Segura

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana

X

Dirección General de Investigación e Innovación agraria y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalitat Valenciana

Dirección General de Patrimonio Cultural valenciano de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana

X

Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat Valenciana

Ayuntamiento de Elche

Ayuntamiento de Crevillente

Departamento de Ciencias del Medio Ambiente de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Alicante

Ecologistas en Acción

S.E.O

Colla Ecologista La Carrasca

Asociación Española de Evaluación Ambiental

X

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana presenta un informe en el que cita la legislación aplicable al proyecto y expone la falta de profundidad de la documentación recibida, donde no se aclara la necesidad de construcción de balsas o líneas aéreas, ni describe adecuadamente la fauna y la flora presente en el ámbito de estudio o la vulnerabilidad de los acuíferos. Sugiere que se analicen los posibles efectos que el cambio de sistema de riego de tradicional a localizado puede causar sobre la zona húmeda, y que se disponga de un seguimiento arqueológico durante la ejecución de las obras.

La Dirección General de Patrimonio Cultural valenciano de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana advierte que no se ha evaluado adecuadamente el riesgo de la incidencia de las obras proyectadas sobre el patrimonio cultural, en especial por el origen islámico de las redes de canales que se pretenden mejorar y sustituir. 3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas.-El resultado de las contestaciones a las consultas efectuadas fue remitido al promotor con fecha 18 de abril de 2007, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas, y los aspectos más relevantes que deberá incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.-La Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto «Obra de mejora y modernización de los regadíos de la Comunidad de regantes Riegos de Levante (Izquierda del Segura). Primero de Levante. Sector 1 (Alicante)» mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, de 25 de julio de 2007, número 177. Con fecha 19 de septiembre de 2007, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibió el expediente completo procedente de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Durante el período de información pública del proyecto no se presentó alegación alguna. 3.3 Fase previa a la declaración de impacto.

3.3.1 Información complementaria solicitada por el órgano ambiental.-Con fecha 24 de octubre de 2007 se solicitó información complementaria al promotor incluyendo entre otros aspectos los siguientes: descripción más detallada del proyecto, aportación de cartografía incluyendo los espacios protegidos en relación al proyecto; posible afección a la hidrología y acuíferos de la zona; afección a Red Natura 2000; efecto sinérgico con otras actuaciones de la zona. Estas carencias son las manifestadas principalmente en el informe recibido el 26 de octubre de 2007 por parte de la Dirección General de Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, en relación al estudio de impacto ambiental del proyecto.

Con fecha 7 de noviembre de 2007 se recibe información elaborada por el promotor aportando la documentación solicitada. 3.3.2 Consultas complementarias realizadas por el órgano ambiental.-Con fecha 12 de noviembre de 2007, la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana emite un informe sobre las posibles afecciones medioambientales del proyecto. En dicha documentación se informa favorablemente al proyecto propuesto siempre que se cumplan las medidas preventivas y correctoras incluidas en el estudio de impacto ambiental, así como el Plan de Vigilancia Ambiental. La citada Dirección General destaca que la zona de estudio está catalogada como Zona Húmeda por lo que será necesario realizar un análisis detallado de la situación hídrica de la comarca y evaluar los planes o actuaciones que modifiquen o afecten el funcionamiento hídrico de las zonas de conservación estipuladas en el Decreto 93/2005, de 13 de mayo, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Plan de Recuperación de la malvasía cabeciblanca en la Comunitat Valenciana.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.-El Estudio de Impacto Ambiental no presenta más que una única alternativa al proyecto. Consiste en el trazado de una nueva red presurizada por gravedad donde las conducciones transcurran sobre terrenos dragados como carreteras, caminos y veredas y la colocación de hidrantes en cada parcela. La red será separativa con objeto de poder mantener el riego tradicional con cultivos que toleren las aguas del río Segura (de mala calidad, con altas concentraciones de sales y nitritos) y a su vez, optimizar las aguas del Trasvase Tajo-Segura, de mayor calidad.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida.

Afección sobre espacios naturales protegidos.-La documentación que presenta el promotor indica que el desarrollo del proyecto tal y como esta planteado de forma sinérgica con otros, no supone una reducción de los aportes hídricos sobre el Parque Natural El Hondo, no altera el balance hídrico del mismo, y no ocasiona con ello afección negativa sobre dicho Espacio Protegido.

Afección sobre el sistema hidrológico.-Según el promotor, no cabe esperar afecciones al acuífero durante la fase de construcción debido a la escasa profundidad de las zanjas a excavar (1,5 metros). En la fase de explotación, la mejora del sistema de riego supondrá una optimización tanto del recurso como de los fertilizantes y fitosanitarios empleados, lo que repercutirá de forma positiva sobre el acuífero al reducirse el riesgo de contaminación por estos productos. El promotor estima que el impacto resultante sobre el acuífero es compatible con el uso agrícola, si bien, la ubicación de la actuación sobre el acuífero cuaternario superficial de la Vega Baja, hace que sea necesario evitar la producción de lixiviados incontrolados durante la fase de construcción. En lo referente a las aguas superficiales, el estudio de impacto ambiental considera el impacto como muy reducido al no afectarse a ningún curso de agua ni a la escorrentía superficial salvo por posibles interrupciones. El proyecto no tiene prevista la eliminación de acequias ni azarbes, que son complementarios al proyecto de modernización al ayudar a realizar el avenamiento y drenaje de la zona, además de actuar los azarbes como ecotonos y zona de refugio y campeo de la fauna. La posible compactación del suelo como consecuencia de las obras, unida a ciertas características de impermeabilidad del mismo, puede ocasionar el encharcamiento o inundación de algunos espacios, lo que será corregido mediante la instalación de sistemas de drenajes correctores, según indica el promotor. En cuanto a las reservas de agua del territorio, el estudio de impacto ambiental califica de positiva la realización del proyecto, puesto que el ahorro que tendrá lugar al llevarlo a cabo, repercutirá positivamente en las reservas de este recurso. Afección sobre el suelo.-La instalación de las conducciones puede afectar negativamente al terreno originando una aceleración en los procesos erosivos, compactación del terreno, pérdida de cobertura vegetal y producción de deshechos debido a los movimientos de tierras. Para paliar estos efectos, la excavación de las zanjas se realizará paralela a caminos existentes que soportan cierto nivel de tráfico. Al ser una infraestructura lineal, el tiempo de permanencia en un mismo sitio será reducido. Afección sobre la fauna.-Según expone el promotor, con la implantación del proyecto no está prevista la desecación de ninguna zona húmeda, y por tanto la alteración de ningún hábitat, por lo que las especies faunísticas no se verán afectadas más que por los trastornos propios del movimiento de maquinaria y demás actuaciones ligadas a la fase de construcción, la cual, se planificará con el objetivo de minimizar estas posibles afecciones en el entorno del Parque Natural El Hondo. El desarrollo de las obras se planificará, tal como se indica en la documentación recibida, fuera de la época de nidificación y cría de las especies presentes en la zona. Gestión de residuos.-El promotor indica que se aplicará la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, así como la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos, de la Comunidad Valenciana, en las que se indica que todos los residuos generados deberán ser entregados a empresas autorizadas, para lo cual deberán ser previamente identificados y codificados según la Lista Europea de Residuos, publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero. Para los residuos peligrosos se estará a lo dispuesto en el R. D. 833/88, de 20 de julio. En cuanto a la gestión de los excedentes de tierras procedentes de las obras se estará a lo dispuesto en el Decreto 200/2004, de 1 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la utilización de residuos inertes adecuados en obras de restauración, acondicionamiento, relleno, o con fines de construcción.

5. Condiciones de protección ambiental específicas.-En el caso de que hubiera tuberías de fibrocemento que fueran sustituidas, no serán extraídas de su actual emplazamiento.

Con el objetivo de preservar los valores ecológicos de el Parque Natural El Hondo, y debido al posible efecto sinérgico de este proyecto con otros, incluidos proyectos de modernización de regadíos en la zona, se tomarán las siguientes medidas:

El promotor realizará un estudio hidrogeológico zonal preoperacional en el que se establezcan las condiciones iniciales y las características actuales del acuífero, determinándose cómo se abastece y realizando una estimación de sus pérdidas. Se diseñará una monitorización del estado del acuífero y se facilitarán los medios para ello. Sus resultados consistirán en la profundidad, dirección y calidad de las aguas, para cada una de las estaciones diseñadas, y serán enviados mensualmente a la Confederación Hidrográfica del Segura. En caso de comprobarse que los parámetros fijados evolucionan negativamente para la conservación del estado inicial del Hondo, se tomarán las medidas correctoras oportunas, en coordinación con la mencionada Confederación, que garanticen el mantenimiento de dicho sistema al menos en las mismas condiciones previas a la ejecución de las actuaciones.

Se realizará un estudio preoperacional que evalúe las condiciones hídricas actuales del Parque Natural de El Hondo (volumen anual de agua que abastece al sistema y distribución mensual del mismo, origen de dichos aportes, cuantificado según su procedencia, estimación de las pérdidas, causa de las mismas), determinando en base a los datos obtenidos las necesidades hídricas del mismo que garanticen su mantenimiento. En función de dicho análisis, se establecerán las pertinentes medidas que permitan compatibilizar la persistencia del ecosistema con la modernización de regadío objeto del proyecto. Dichos resultados serán validados por el órgano gestor del Parque Natural, debiendo asumir el promotor las medidas y acciones que dicha entidad estime oportunas destinadas al mantenimiento del sistema. De esta forma se establecerá la relación causal entre el estado del acuífero y el estado del humedal. Será obligación del promotor la elaboración de un estudio estricto y exhaustivo de la situación de la fauna y la flora previa al comienzo de las obras en dicho Parque Natural, con especial consideración del cumplimiento de los Planes de Recuperación de las especies amenazadas. El estudio deberá ser validado por el órgano gestor del Parque Natural de El Hondo, y en él se estimarán las condiciones óptimas para sus especies, encaminándose el conjunto de actuaciones y medidas a alcanzar dichas condiciones. Junto a todas las medidas descritas anteriormente, se deberá garantizar el cumplimiento de los objetivos indicados en los respectivos Planes de Recuperación vigentes -malvasía cabeciblanca (Oxyura leucocephala) y fartet (Aphanius iberus)-, así como el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de El Hondo. Durante la fase de obras, y en cuanto a los niveles de ruido y tránsito de maquinaria pesada, el promotor se asegurará de que no se supera el umbral de tolerancia para la avifauna «en peligro» de extinción en el área limítrofe del proyecto con la Red Natura 2000 u otros espacios protegidos. Para ello se coordinará con el órgano gestor del Parque Natural de El Hondo. A tenor de los resultados de los estudios demandados, y de acuerdo con la dirección del Espacio Natural, se tomarán todas las medidas oportunas en la gestión del agua y los sistemas de riego para garantizar una adecuada conservación del humedal. Teniendo en cuenta la información disponible, se plantean dos escenarios a considerar:

1. Destinar el volumen de agua ahorrado estimado tras la modernización, para contribuir a mantener los niveles hídricos necesarios para la conservación del estado ecológico del Parque.

2. Ejecución del proyecto en los términos descritos en la documentación aportada, con los consiguientes impactos descritos anteriormente. En el supuesto de que la persistencia de los valores que motivaron la declaración de El Hondo como Parque Natural, Humedal RAMSAR, Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) -código ES000058-, e IBA (n.º 165), dependa de las escorrentías y aportes producidos por las pérdidas del actual sistema de riego y cuya procedencia es actualmente la explotación del regadío, el hecho de que el destino de agua que se va a ahorrar con la modernización no se utilice para abastecer a El Hondo, podría generar un impacto significativo sobre el mismo. En el supuesto de que la principal dependencia de El Hondo sea de otros factores externos, pero no dependa de forma decisiva de las escorrentías y pérdidas actuales del regadío, el hecho de que el destino del agua ahorrada sea la mejora del riego para suplementar el déficit hídrico que actualmente no permite regar toda la superficie regable, no creará un impacto significativo para dicho espacio. En el caso de que se realice un aporte directo del volumen ahorrado sobre el El Hondo para mantener sus características ecológicas, éste deberá ser regularmente controlado por el organismo competente.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.-El estudio de impacto ambiental incluye un Programa de Vigilancia Ambiental en el que se detallan, a juicio del promotor, las especificaciones necesarias para un adecuado seguimiento ambiental de la obra.

Además de los aspectos objeto de seguimiento indicados por el promotor en el estudio de impacto ambiental, deberán ser tenidos en cuenta los siguientes aspectos durante la fase de obras y la fase de explotación del proyecto:

El programa de vigilancia ambiental contemplará un seguimiento regular y periódico de los efectos que el cambio del sistema de riego pueda tener en las condiciones hídricas del acuífero y en la dinámica de la hidrología del Parque Natural El Hondo. Se valorará el aspecto sinérgico del conjunto de modernizaciones de regadíos en el perímetro del humedal y en el caso de que se produzcan alteraciones notables, de acuerdo con la Dirección del Parque, se realizarán las modificaciones precisas en el proyecto de modernización que regulen y minimicen las posibles afecciones.

Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el B.O.E. en el que se publica la DIA.

Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 30 de noviembre de 2007, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto mejora y modernización de los regadíos de la Comunidad General de Regantes Riegos de Levante (izquierda del Segura), sector 1. Término municipal: Varios (Alicante) concluyendo que siempre y cuando que se autorice en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público y se comunica a la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 3 de diciembre de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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