Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-8009

Orden INT/1275/2008, de 24 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por el sistema de promoción interna, a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2008, páginas 22682 a 22688 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-8009

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio del Interior, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso por el sistema de promoción interna en la Escala Superior de Técnicos de Tráfico. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284 de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico, Código A5700, por el sistema de promoción interna de las comprendidas en el artículo 23 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, y el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público 2008.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y concurso, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Además de los requisitos enumerados en el apartado Noveno de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, y referidos a la fecha indicada en el citado apartado, los aspirantes deberán reunir los siguientes:

4.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, incluyendo, en su caso, el haber superado el proyecto «Fin de carrera». En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

4.2 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, del 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Antigüedad:

4.3 Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala del Subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es.

5.2 La solicitud se presentará en el Registro General de la Dirección General de Tráfico, C/ Josefa Valcárcel, 28, 28071 de Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado. 5.3 Pago de la tasa de derechos de examen: El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. 5.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Sr. Subsecretario del Ministerio del Interior. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Tráfico, calle Josefa Valcárcel, 28, planta 3.ª, Madrid 28071, teléfono 913018586, dirección de correo electrónico: acceso@dgt.es

7. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «X», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 (Boletín Oficial del Estado de 4 de febrero de 2008).

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Ministro del Interior, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recursos de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Madrid, 24 de abril de 2008.-El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Subsecretario del Interior, Justo Tomás Zambrana Pineda.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

Uno. El procedimiento de selección para acceso a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico por el sistema de promoción interna constará de tres partes:

a) Fase de oposición.

b) Fase de concurso. c) Curso selectivo.

El proceso selectivo se desarrollará en castellano, excepto el primer ejercicio relativo al idioma. Dos. La fase de oposición constará de tres ejercicios eliminatorios.

Primer ejercicio: Constará de dos fases: La primera consistirá en la realización de una traducción por escrito, en castellano, sin diccionario, de un documento redactado en inglés o francés, a elección del aspirante. Para la práctica de dicho ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo de dos horas.

La segunda fase consistirá en la lectura por el aspirante, en sesión pública ante el Tribunal, de la traducción realizada en la fase anterior, seguida de una conversación con éste en el idioma elegido durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el conocimiento del idioma elegido cuando es expresado por escrito así como la expresión verbal del mismo y la riqueza de vocabulario. Para la valoración de este ejercicio el Tribunal podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo.

Segundo ejercicio:

Consistirá en la exposición oral de dos temas extraídos al azar, uno de la parte del programa de «Régimen Jurídico del Tráfico y la Circulación» y otro del programa de «Educación y Seguridad Vial».

Para la exposición de los dos temas los aspirantes dispondrán de un total de treinta minutos. Los opositores dispondrán de un período de diez minutos para la preparación de este ejercicio durante el que podrán preparar un guión que podrán utilizar en la exposición de los temas. En ningún caso podrán consultar textos o apuntes. Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el opositor durante un período máximo de veinte minutos sobre aspectos de los temas que ha desarrollado. En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.

Tercer ejercicio:

El ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico durante un período máximo de cuatro horas relacionado el programa que rige el tercer ejercicio. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten para la ocasión. No se podrán utilizar medios técnicos, informáticos o telemáticos. El Tribunal podrá retirar aquellos medios que no considere adecuados.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de diez minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Tres. Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: La calificación global del ejercicio será de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de cinco.

Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los temas, siendo la nota máxima veinte puntos. Parar su superación será necesario obtener un total de diez puntos y no ser calificado con cero en ninguno de los dos temas. Tercer ejercicio: Se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de diez puntos. La calificación final en la fase de oposición de los aspirantes vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios. El número de aprobados en esta fase podrá ser superior al de plazas convocadas. Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

Cuatro. La fase de concurso sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición.

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, a la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,20 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado

Puntos

16

1,0

17

1,5

18

2,0

19

2,5

20

3,0

21

3,5

22

4,0

23

4,5

24

5,0

25

5,5

26

6,0

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado a la fecha de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Nivel CD

Puntos

18

0,8

19

1,2

20

1,6

21

2,0

22

2,4

23

2,8

24

3,2

25

3,6

26

4,0

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado, Cortes Generales y Tribunal de Cuentas, el nivel de puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicios especiales en las Cortes Generales y Tribunal de Cuentas, se les valorará el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en las Cortes Generales y el Tribunal de Cuentas se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. d) Ámbito funcional: Por estar destinado, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, en el Organismo Autónomo «Jefatura Central de Tráfico» se otorgará hasta un máximo de 6 puntos, en función del tiempo de permanencia en el Organismo computado en número de años completos, de acuerdo con la siguiente escala:

Años

Puntos

Hasta 1 año

1

De 1 a 2

2

De 2 a 3

3

De 3 a 4

4

De 4 a 5

5

De 5 en adelante

6

La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase concurso.

Cinco.-El curso selectivo será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública en colaboración con la Dirección General de Tráfico y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación, programación y estudio. El comienzo del mismo tendrá lugar dentro de los cuatro meses siguientes a la finalización de la fase de oposición. La duración del curso selectivo, que en ningún caso será superior a seis meses, su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo, serán establecidas conjuntamente por el Instituto Nacional de Administración Pública y la Dirección General de Tráfico. El curso selectivo se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener 15 puntos como mínimo. Seis.-La calificación final de los aspirantes en el proceso selectivo vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, fase de concurso y curso selectivo, no pudiendo ser superior el número de aprobados al de plazas convocadas. Finalizado todo el proceso selectivo, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir el empate, se aplicarán los siguientes criterios:

1.º La mayor puntuación en el segundo ejercicio.

2.º La mayor puntuación en el tercer ejercicio. 3.º La mayor puntuación en el primer ejercicio.

Si aplicados los criterios anteriores persiste el empate entre dos ó más aspirantes, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación total obtenida en la fase de concurso, y si continuase persistiendo el empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º La mayor puntuación en el mérito de grado personal.

2.º La mayor puntuación en el mérito de trabajo desarrollado. 3.º La mayor puntuación en el mérito de ámbito funcional. 4.º La mayor puntuación en el mérito de antigüedad.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

ANEXO II Programa del segundo ejercicio

I. Régimen jurídico del tráfico y la circulación

1. El tráfico como fenómeno histórico y su regulación jurídica antes y después de la irrupción del vehículo a motor. Dispersión de la normativa del tráfico en el primer tercio del siglo XX. La circulación vial actual. Factores que intervienen en el tráfico de automóviles.

2. Presupuestos constitucionales de la intervención pública en materia de tráfico. Principio de legalidad y atribución de potestades específicas a la administración. La problemática del rango normativo de la disciplina jurídica del tráfico. 3. El tráfico y circulación de vehículos a motor como competencia exclusiva del Estado. Las Comunidades Autónomas con competencia en materia de tráfico. Las competencias de los municipios. Colaboración y coordinación de las distintas Administraciones Públicas. 4. Competencias del Ministerio del Interior, y en concreto de la Dirección General de Tráfico, en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Competencias de otros Departamentos Ministeriales. 5. Las transferencias en materia de ejecución de la legislación del Estado en el ámbito del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Situación actual con relación a las transferencias realizadas en el País Vasco. Situación actual con relación a las transferencias realizadas en Cataluña. Análisis de futuras transferencias a otras Comunidades Autónomas. 6. La Jefatura Central de Tráfico: origen, evolución y situación actual. La Dirección General de Tráfico y su organización periférica. Estructura orgánica y funcional. Las relaciones institucionales del organismo. 7. La vigilancia de la circulación en España: antecedentes. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Organización y misiones. Relaciones con la Dirección General de Tráfico. Otras policías del Tráfico: policías autonómicos y policías locales. 8. La Comisión Interministerial de Seguridad Vial: creación, composición y funciones. Acuerdos adoptados. Suplencias. Otras Comisiones de países europeos. El Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial: estructura, organización, objetivos y funciones. Las Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial en las Comunidades Autónomas. Grupos de trabajo. 9. Planificación de la seguridad vial. El Plan Estratégico de Seguridad Vial 2005-2008: objetivos, estructura y contenidos. Planes de Actuación. Seguimiento del índice de cumplimiento. Planes estratégicos en materia de tráfico y seguridad vial. Planes municipales y sectoriales. 10. Los Convenios Internacionales en materia de tráfico: su importancia y justificación. Especial referencia a los Convenios vigentes ratificados por España. La participación de España en otras asociaciones de índole internacional: la Prevention Routiére Internationale. La participación de España en otros organismos internacionales relacionados con el tráfico. 11. Normativa comunitaria en materia de tráfico. Origen y desarrollo. Los instrumentos normativos utilizados: Reglamentos y Directivas. Referencia a las disposiciones más importantes dimanantes de la Unión Europea en materia de tráfico. Política comunitaria en materia de seguridad vial. Programa de Acción Europeo de Seguridad Vial. Informes de seguimiento. Recomendaciones sobre control y vigilancia del tráfico. Recomendaciones sobre planes de seguridad vial, educación y formación vial. Programa de Acción Comunitaria en el ámbito de la salud pública: prevención de lesiones. 12. La potestad sancionadora de la administración en materia de tráfico. Las infracciones de tráfico: concepto, elementos y clases. La antijuridicidad en las infracciones de tráfico y sus elementos. La imputación personal de las infracciones. Especial referencia a los menores de edad. Estudio de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de la doctrina del Tribunal Constitucional. Especial referencia a los principios que la informan. 13. El Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Normas Generales. Modificaciones reglamentarias. Su supletoriedad. Denuncia: clases. Caducidad. Pago voluntario anterior a la resolución. Tramitación del expediente. Especial referencia a la notificación de la propuesta de resolución, y a las resoluciones dictadas de forma verbal. Potestad sancionadora de los Delegados del Gobierno y Subdelegados en el ámbito del procedimiento sancionador en materia de tráfico. El Registro Central de Conductores e Infractores. 14. El procedimiento sancionador: especial estudio de los recursos en vía administrativa. Estudio de los recursos de contenido económico ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Tribunales Económicos Administrativos. Los recursos ante la jurisdicción contencioso-administrativa. 15. Medios de comprobación objetiva de infracciones: etilómetros, análisis de fluidos orgánicos, medidores de velocidad, luces, ruido, humos, control de peso. 16. Aspectos jurídico-penales de la circulación (I): Los delitos y las faltas contra la seguridad del tráfico. Omisión del deber del socorro. Estudio de los posibles delitos de falsificación relacionados con el tráfico. El robo y hurto de uso de vehículos. 17. Aspectos jurídico-penales de la circulación (II): El alcohol, los estupefacientes y otras sustancias psicotrópicas. Responsabilidades penales y administrativas. Las medidas sustitutivas de penas y sanciones. Previsiones en el Código Penal y la Ley Penal del Menor. 18. La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor. El aseguramiento obligatorio. Satisfacción de la indemnización en el ámbito del seguro obligatorio. El artículo 636 del Código Penal: su redacción original y reforma. 19. Las leyes de carreteras del Estado y de las Comunidades Autónomas y sus Reglamentos. Objeto y finalidad. Principales diferencias. Concepto y clases de carreteras. Vías que no tienen la consideración de carreteras. Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte (PEIT) del Ministerio de Fomento. Planes de las Comunidades Autónomas. Uso y defensa de las carreteras. Travesías y redes arteriales. 20. Legislación española en materia de transporte por carretera. Ley de Ordenación del Transporte Terrestre y Reglamentos que la desarrollan. 21. Las autorizaciones para el transporte. Competencia sancionadora por infracciones a la normativa de los transportes por carretera, su tramitación y recursos. 22. El transporte de mercancías que requieren precauciones especiales. El transporte de mercancías peligrosas y su normativa: El Reglamento Nacional para el transporte de mercancías peligrosas por carretera (TPC) y el Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR). 23. El transporte colectivo de viajeros. El transporte escolar o de menores: su regulación. El transporte de personas. Emplazamiento y acondicionamiento: cinturón de seguridad, casco, elementos de seguridad para niños y otros elementos de protección. 24. Los servicios públicos de transporte de mercancías. Transporte de mercancías o cosas: disposición, dimensiones, acondicionamiento y señalización de la carga. Operaciones de carga y descarga. 25. El tacógrafo: concepto y clases. Tacógrafos analógico: disco diagrama. Tacógrafo digital: tipos de tarjetas y datos que almacenan. Vehículos para los que es obligatorio el uso del tacógrafo. Tiempos de conducción y descanso. Inspección de los transportes por carretera. Infracciones y sanciones. 26. Normas generales de circulación. Principios generales. El sentido de la circulación. Posición en la calzada. Utilización de carriles en poblado y fuera de poblado. Supuestos especiales de utilización de carriles: carriles reversibles, carriles de utilización en sentido contrario al habitual, carriles adicionales, carril BUS, carril VAO. Circulación por el arcén: conductores obligados a su utilización. 27. La prioridad de paso: normas de prioridad en intersecciones, tramos en obras y estrechamientos, paso por puentes y obras de paso, tramos de gran pendiente. Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. 28. Inmovilizaciones. Detención, parada y estacionamiento: su regulación. Otras inmovilizaciones: inmovilizaciones ordenadas por los agentes de la autoridad. Retirada de vehículos de la vía pública. 29. La velocidad y su normativa. Límites de velocidad. Infracciones a las normas de velocidad. Distancia de seguridad. 30. Maniobras básicas de la circulación: concepto y normas generales para su realización. Incorporación a la circulación. Cambios de dirección, calzada y carril. Cambio del sentido de la marcha. Marcha hacia atrás. Distancia entre vehículos: lateral y frontal. 31. El adelantamiento: su regulación. Obligaciones del conductor del vehículo que adelanta y del adelantado antes, durante y después de la maniobra. Supuestos especiales. Maniobras que no se consideran adelantamiento. 32. La Circulación urbana: su regulación. Competencias de los municipios. El peatón y su comportamiento: circulación de peatones por vías urbanas e interurbanas. Pasos para peatones. Prioridad de paso de los vehículos sobre los peatones: excepciones. Problemas específicos de las zonas escolares. 33. Circulación de bicicletas y ciclomotores. Peculiaridad de las normas que los regulan. Carriles y pasos para ciclistas. Condiciones técnicas que deben reunir. Prohibiciones especiales. Circulación de quads. Circulación de animales y vehículos de tracción animal. Prioridad de paso de los vehículos sobre los animales: excepciones. 34. Circulación de vehículos. Tipos y categorías de vehículos. Condiciones técnicas que deben reunir para que sea permitida su circulación por las vías públicas. Requisitos administrativos. Masas y dimensiones de los vehículos: su regulación. Remolques: requisitos para su circulación. Vehículos prioritarios. 35. Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos: su regulación. Limitaciones a la circulación: temporales y permanentes. 36. Los sistemas de alumbrado y señalización óptica de vehículos: utilización, circulación nocturna y en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad. Las señales acústicas: su utilización. Señales y distintivos de los vehículos. 37. Matriculación ordinaria de vehículos. Trámites y documentos. Placas de matrícula. El Registro de vehículos. Las reservas de dominio y otras limitaciones a la facultad de disponer. Nulidad, anulación, pérdida de vigencia y suspensión cautelar de las autorizaciones de circulación. 38. Matriculación especial. Vehículos en régimen de matrícula diplomática. Vehículos en régimen de matrícula turística. Vehículos históricos. Circulación internacional de vehículos. 39. Autorizaciones temporales de circulación: permisos temporales para particulares y permisos temporales para uso de empresas o entidades relacionadas con el vehículo. 40. Cambios de titularidad de los vehículos entre personas que no se dedican a la compraventa: especial referencia a las notificaciones de venta. Cambios de titularidad de los vehículos entre personas que se dedican a la compraventa de vehículos. Duplicados de permisos y licencias de circulación. 41. Inspección Técnica de Vehículos: inspecciones previas a la matriculación, periódicas y extraordinarias. Resultado de las inspecciones. Reformas de importancia: conceptos, tipos y procedimiento para su tramitación. 42. Bajas definitivas de vehículos: tramitación. Bajas temporales de vehículos: tipos y tramitación. Rehabilitación de los vehículos que han causado baja definitiva. 43. Permisos y licencias de conducción: su naturaleza, clases y vehículos que autorizan a conducir. Requisitos exigidos para su obtención. Prórroga de la vigencia de permisos y licencias de conducción. Variación de datos y duplicados de permisos y licencias de conducción. Permiso de conducir por un euro al día. 44. El Conductor de vehículos que transporten mercancías peligrosas: Autorización especial, requisitos para su obtención, plazo de vigencia, ampliación y prórroga de la misma y pruebas a realizar. La autorización administrativa especial para conductores que realizan transporte escolar o de menores: requisitos para su obtención, período de vigencia y prórroga de la misma. 45. Canjes de permisos de conducción (I): El permiso comunitario. Permisos expedidos en los Estados miembros de la Unión Europea: su validez en España, inscripción, sustitución y canje.Permisos de conducción de los diplomáticos acreditados en España: validez y canje. Permiso de conducción expedidos por la autoridad militar o policial: canje de los mismos. 46. Canjes de permisos de conducción (II): Permisos expedidos en países no comunitarios. Especial referencia a los convenios firmados por España en materia de canjes del permiso de conducción. Permisos internacionales. 47. Suspensión, nulidad, anulabilidad y pérdida de vigencia de los permisos y licencias de conducción. Medidas cautelares: suspensión cautelar e intervención. Recursos. 48. El permiso por puntos. Concepto y naturaleza. Antecedentes. Derecho comparado. Legislación. Los cursos de sensibilización y reeducación vial. 49. Los Centros de Reconocimiento de conductores. Regulación. Aptitudes psicofísicas que deben poseer los conductores. 50. Pruebas de aptitud para obtener permisos y licencias de conducción (I): pruebas de control de conocimientos: común y específicas. Calificación de las pruebas. 51. Pruebas de aptitud para obtener permisos y licencias de conducción (II): Pruebas de control de aptitudes y comportamientos: en circuito cerrado y en circulación en vías abiertas al tráfico general. Calificación de las pruebas. Exenciones. Vehículos a utilizar en las pruebas. 52. La enseñanza de la conducción en España. Licencia de aprendizaje: su regulación. Escuelas particulares de conductores: su reglamentación y ámbito de aplicación. Elementos personales y materiales, material didáctico. Régimen de enseñanza. Documentación y distintivos obligatorios. 53. Autorizaciones de apertura y funcionamiento de las escuelas particulares de conductores: alcance, modificación, extinción, revocación y suspensión de las mismas. Autorizaciones del personal directivo y docente: alcance, revocación, suspensión y modificación de las mismas. Inspecciones, sanciones y medidas cautelares complementarias. 54. Financiación de la Jefatura Central de Tráfico. Distintos ingresos. La Ley de Tasas de Tráfico. El procedimiento de devolución de tasas y sanciones.

II. Educación y Seguridad Vial

55. La educación vial escolar: concepto y justificación. Objetivos. Conexión con el sistema educativo. La educación vial en España hasta la promulgación de la Ley Orgánica de Educación. Situación actual: Educación infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria. Educación para la ciudadanía. Materiales y actividades. Parques infantiles de tráfico.

56. La educación vial permanente. La educación vial no formal. Educación vial en jóvenes. La educación vial en adultos. Los mayores. Materiales y actividades. Los concursos de educación vial. Formación de formadores. Centro Superior de Educación Vial. Materiales y actividades. Educación Vial a través del teatro. 57. Fundamentos psicológicos de la educación vial. La educación vial como estrategia de prevención de accidentes. Influencia del desarrollo de los procesos psicológicos en el comportamiento peatonal infantil. Factores psicosociales de riesgo entre los usuarios adolescentes y jóvenes. Aspectos psicosociales del envejecimiento y sus consecuencias en la seguridad y la movilidad de los usuarios mayores. Psicopatías y conducción. 58. La formación vial: concepto y justificación. Formación y reciclaje de examinadores, de los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y de los profesores y directores de Escuelas Particulares de Conductores. Cursos obligatorios de formación y reciclaje para conductores profesionales. 59. Las campañas de divulgación de la seguridad vial: grandes campañas y campañas especificas de divulgación. Campañas de divulgación en las cadenas radiofónicas. Otras campañas. Evaluación de las campañas. Influencia de la publicidad en el comportamiento de los usuarios de las vías. Normativa española en relación con la publicidad de vehículos a motor. Publicaciones de la Dirección General de Tráfico en materia de seguridad vial. 60. El conductor y el procesamiento de la información: la atención, la percepción y la motivación como procesos básicos en la conducción. Factores que intervienen e interfieren. Aportaciones de la ingeniería del tráfico y del vehículo a la conducción. 61. Concepto y objetivos de la seguridad vial. Elementos concurrentes en la seguridad vial. Factores de riesgo en seguridad vial. Estados psicofísicos transitorios: la fatiga, el sueño y la somnolencia. Problemática específica de alcohol, drogas y medicamentos. Otros estados físicos que aumentan la fatiga y pueden modificar la capacidad para la conducción. Medicina y seguridad vial. Los accidentes de tráfico como problema de salud pública. Concienciación e información sobre salud y seguridad vial: convenio entre la Dirección General de Tráfico y el Ministerio de Sanidad y Consumo. 62. El vehículo como elemento de la seguridad vial. La seguridad activa de los vehículos. Elementos de seguridad activa. La seguridad pasiva de los vehículos. Elementos de seguridad pasiva. Promoción del incremento de la seguridad activa y pasiva de los vehículos. 63. La contaminación atmosférica: el deterioro del medio ambiente. Los vehículos como fuente de contaminación. Medida directa de la contaminación producida por los vehículos. Conducción económica y contaminación del medio ambiente. Precauciones a adoptar para evitar la contaminación. La descontaminación como actividad previa a la baja definitiva del vehículo: su finalidad. La contaminación acústica: el ruido. Medida del ruido. Fuentes del ruido. Protección contra el ruido del tráfico. Ordenanzas y criterios para la protección contra el ruido. 64. Diseño geométrico de carreteras. Parámetros básicos. Velocidad: distribución de las velocidades, velocidad específica de un elemento del trazado, velocidad de proyectos de un tramo de carretera, velocidad de planeamiento, homogeneidad de un tramo. Visibilidad: aspectos generales. Visibilidad disponible: en planta, en alzada. Visibilidad necesaria: detención, cruce e incorporación, adelantamiento. 65. La trayectoria de los vehículos. Interacción entre las ruedas y el pavimento. Interacciones entre los vehículos. La trayectoria de los vehículos en curva. Aceleración y prestaciones máximas. La frenada. El rozamiento entre los neumáticos y el pavimento. Componentes del rozamiento, influencia del pavimento. Influencia del neumático. Rozamiento admisible en el diseño. 66. Trazado en planta y alzado de carreteras. Alineaciones rectas. Curvas circulares. Curvas de transición. Rasantes uniformes. Acuerdos verticales. 67. La sección trasversal de una carretera. Componentes de la sección transversal. La calzada: número de carriles, anchura de los carriles, carriles adicionales, auxiliares y especiales, la inclinación transversal y su variación. Arcenes. Márgenes. Mediana. Casos especiales: puentes y túneles. Vías de servicio. 68. Nudos: intersecciones y enlaces. Acceso a la carretera. Movimiento en un nudo. Puntos de conflictos y resolución. Tipos de nudo. Elementos de los nudos: vías de giro y ramales. Isletas. Carriles para cambio de velocidad. Vías colectoras-distribuidoras. Intersecciones: controladas por prioridad de paso; de tres tramos y de cuatro tramos; controladas por semáforo. Glorietas. Funcionamiento de una glorieta normal. Mini glorietas. Glorietas dobles. Enlaces: de tres tramos y de cuatro tramos. Los accesos a la carretera. 69. La señalización vertical: definiciones. Principios básicos. Prioridad entre señales. Características de los elementos de la señalización vertical. Criterios de implantación. Señalización de clases de carreteras. Señalización de nudos de la red viaria y de etradas o salidas específicas. Señalización y balizamiento. Señalización de la velocidad máxima. Señalización sobre adelantamiento. Otros casos de señalización. 70. Marcas viales: principios básicos de la señalización. Prioridad entre señales. Objeto de las marcas viales. Color. Grupos. Marcas longitudinales discontinuas, continuas, continuas adosadas a discontinuas, transversales, flechas, inscripciones, otras marcas. 71. Señalización de obras. Principios generales. Ordenación de la circulación en presencia de obras fijas. Limitación de la velocidad, cierre de carriles a la circulación y desviación a carriles provinciales. Elementos de señalización, balizamiento y defensa. Balizamiento. 72. La señalización variable. Concepto. Tipos de señales variables. La eficacia de la señalización variable. Aspectos relativos al panel de mensaje variable. Aspectos relativos a la ubicación. Aspectos relativos a la información suministrada. Señalización dinámica. Tipología. Señales de fibra óptica. Paneles «led's» gráficos y alfanuméricos. 73. Regularización semafórica. Objeto. Tipos de semáforos: reservados para peatones, circulares para vehículos, cuadrados o de carril, reservados a determinados vehículos. Regulación de un cruce semafórico: descripción física de los elementos, ubicación en la vía, concepto de fase, ciclo y despeje. Efectos de los semáforos en el tráfico. Criterios para su instalación. Intersecciones controladas por semáforos. Cruces semiactuados. Cruces totalmente actuados. Sincronización entre cruces. Capacidad de las intersecciones controladas por semáforos. 74. Dispositivos para la contención de vehículos. Niveles de contención. Homologación. Barreras de seguridad. Barreras metálicas. Barreras de hormigón. Otras barreras. Pretiles. Amortiguadores de impacto. Lechos de frenado. 75. Parámetros fundamentales del tráfico. Características del flujo del tráfico, variación, distribución y composición. Intensidad de tráfico. Definición. Velocidad. Definiciones. Velocidad de percentil 85. Tiempo de recorrido y demoras. Densidad de tráfico. Relaciones entre la intensidad, la velocidad y la densidad. 76. Los accidentes de circulación: concepto de accidente de circulación, sus clases. Definiciones. Fases de un accidente. Elementos que intervienen en los accidentes de circulación: causas imputables al factor humano, causas imputables al factor vehículo y causas imputables a la vía. Comportamiento en caso de accidente. Accidentes de circulación de peatones y ciclistas. 77. Estadísticas de accidentes. Recogida, almacenamiento y análisis de la información. Contenido de la base de datos de los accidentes de circulación. Índices de peligrosidad. Estadística de accidentes en España. Sistema de información de accidentes. 78. La investigación de accidentes de circulación. Obtención de datos. Participación en los grupos de trabajo internacionales de bases de datos de accidentes de tráfico. Análisis de un accidente. Métodos de investigación. Procedimientos de reconstrucción de accidentes. 79. Prevención de accidentes. Estudio de tramos de concentración de accidentes. Planteamiento. Obtención y análisis de la información disponible. Estudio de emplazamiento. Estudio del tráfico. Análisis del entorno diagnóstico. Diseño de medidas. Consideraciones de homogeneidad del itinerario. 80. Actuaciones preventivas. Concepción de las medidas preventivas. Tipos de medidas preventivas. Consideraciones para el diseño de actuaciones preventivas: señalización vertical, señalización horizontal, balizamiento, tratamiento de márgenes, trazado, pavimento, intersecciones, accesos, medidas para prevenir los efectos de la fatiga. Áreas de descanso y de servicio. 81. Actuaciones en zonas urbanas y en travesías. Medidas de seguridad vial en zonas urbanas. Medidas de moderación de la velocidad. Travesías de población: accidentalidad en travesías, clasificación de las travesías, zona de influencia y tratamiento de las travesías. Seguridad de los peatones y ciclistas. 82. Auditorias de seguridad vial. Concepto. Características y organización del proceso. Etapas. Función del auditor. Desarrollo de la auditoría. Aspectos a analizar en las distintas etapas del proceso de auditorias. Herramientas para el desarrollo de las auditorías. Responsabilidades legales. Costes y resultados. 83. Vialidad invernal. Generalidades. Fenómenos meteorológicos que afectan a la vialidad invernal. Técnicas empleadas para combatir los efectos de la nieve y el hielo. Medios de previsión y alerta de los fenómenos meteorológicos. Medios de información al usuario. 84. Sistemas de gestión de tráfico. Objetivos y subsistemas que lo integran. Los Centros de Gestión de tráfico, sus objetivos y estructura. Tratamiento integrado de la gestión del tráfico y de la información. La red de Postes SOS en España. Control de rampas. Carriles a contracorriente en función de la demanda. Carriles para vehículos de alta ocupación (VAO). Carriles reservados. Carriles reversibles. Itinerarios alternativos. 85. Sistema de recogida de datos en tiempo presente. Variables de tráfico. Equipos de captura. Tipos y Tecnologías. Variables meteorológicas. Sensores de medida. Tipos y tecnologías. Sistema de comunicación para la recepción de los datos recogidos en carretera en los Centros de Gestión de Tráfico. Utilización de redes públicas y privadas. 86. Difusión de la información de tráfico. Métodos de recepción y manejo de datos. Estrategias de gestión y difusión de la información a los usuarios y proveedores de servicios. Utilización de la información por proveedores de servicios: telefonía móvil, radio, televisión, Internet. Servicio de información de tráfico. 87. La gestión del tráfico en el futuro. Necesidad y perspectivas de evolución. La utilización de sistemas de telecomunicaciones y de aplicaciones telemáticas al transporte. Sistemas de seguridad vial y gestión del tráfico en carretera y en los vehículos. Localización e identificación de vehículos. Gestión de flotas y equipamiento embarcado. 88. La utilización de medios informáticos en el procedimiento administrativo. Su utilización en la gerencia pública. Fundamentos, certificados de identidad electrónica, firma electrónica, servicio web, Internet, Intranet y Extranet. Servicios para el ciudadano y servicios para el empleado público. El teléfono de información administrativa. La administración electrónica en materia de tráfico. 89. La informática y la protección de datos de carácter personal: la protección jurídica de los programas informáticos. La protección de datos en el marco de la Ley. La cesión de los mismos. 90. La utilización de videocámaras y otros sistemas de captación de imágenes de tráfico en el marco de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto y Real decreto 596/1999, de 16 de abril.

ANEXO III Escala Superior de Técnicos de Tráfico

Tribunal titular:

Presidente: D. Carlos Adiego Samper, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

D. Javier Villalba Carrasquilla, de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

D.ª Begoña Guirao Abad, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. D. José Antonio Ortega Naharro, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. D.ª María Isabel Fernández Rodríguez, de la Escala Técnica de Gestión de OOAA. D. José Manuel Cuevas Cordobés, de la Escala Técnica de Gestión de OOAA.

Secretario:

D. Ángel B. de Blas de Blas, de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª Yolanda Rozas Toribio, de la Escala de Titulados Superiores Especializados del CSIC.

Vocales:

D.ª Raquel Casado Martínez, de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

D. Juan Gallego Medina, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. D.ª Asunción García Martínez, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad D. Emilio Viciana Duro, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. D.ª Raquel García Marrero, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Secretaria:

D.ª Pilar Truco López, de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

La solicitud se cumplimentará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y las siguientes instrucciones particulares. En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán «Interior». En el recuadro relativo a Centro Gestor se hará constar «Subsecretaría». En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala Superior de Técnicos de Tráfico» y el Código «5700». En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «P». En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Ministerio del Interior». En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posee para participar en estas pruebas. En el recuadro 25 correspondiente a «Datos a consignar según las Bases de la Convocatoria» se hará constar en la casilla A) el idioma elegido (inglés o francés) para desarrollo del primer ejercicio. En la solicitud deberá constar la firma del interesado, siendo causa de exclusión su omisión. El importe de la tasa por derechos de examen será de, con carácter general de 13,81 euros y para las familias numeroras de categoría general de 6,91 euros. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2458-10-0200006043 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio del Interior. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid