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Documento BOE-A-2008-7705

Resolución de 25 de abril de 2008, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Ministerio de Fomento para la coedición de la obra «Territorio y actividad económica».

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2008, páginas 22251 a 22252 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2008-7705

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Presidente del Centro Nacional de Investigación Geográfica, del Ministerio de Fomento, han suscrito, con fecha 11 de marzo de 2008, un Convenio de encomienda de gestión para la coedición de la obra «Territorio y Actividad Económica».

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 25 de abril de 2008.-El Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.

ANEXO Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Centro Nacional de Información Geográfica, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Fomento para la realización de la obra «Territorio y Actividad Económica»

En Madrid, a 11 de marzo de 2008.

Reunidos

Por una parte, doña María Teresa Gómez Condado, Subsecretaria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, nombrada por R. D. 670/2004, de 19 de abril (BOE del 20), actuando en nombre y representación del Estado, en virtud de las facultades delegadas que le confiere la Orden ministerial ITC/3187/2004, de 4 de octubre (BOE del 6).

Y de otra, don Alberto Sereno Álvarez, Presidente del Centro Nacional de Información Geográfica, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Fomento a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, en virtud de lo establecido en el R. D. 663/2007, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Información Geográfica (BOE de 5 de junio) y de su nombramiento como Director General del citado Instituto, mediante R. D. 1010/2002, de 27 de septiembre (BOE del 28). Los firmantes se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión y, en consecuencia,

Exponen

1. Que el Centro Nacional de Información Geográfica (en adelante, CNIG) y la Subdirección General de Estudios y Planes de Actuación de la Subsecretaría del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (en adelante, MITYC) están realizando conjuntamente todos los trabajos referentes a la edición de la obra «Territorio y actividad económica», por lo que se estima oportuno que sea una publicación en coedición.

Dicha publicación se realizará en soporte papel y vendrá acompañada de un CD-ROM que incluirá la misma publicación en forma digital en formato pdf. 2. Que el objetivo de este trabajo reside en la necesidad de planificar políticas económicas e industriales, para lo cual la representación cartográfica de la información estadística es de una utilidad indudable. 3. Que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en virtud de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolló su estructura orgánica básica, está interesado en esta edición en coedición con el CNIG para su posterior difusión y utilización en los estudios e informes que se llevan a cabo sobre la industria y la economía españolas.

Por todo ello, acuerdan celebrar el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, que se regirá de acuerdo a las siguientes

Cláusulas

Primera. Objeto.-Para la realización de la obra «Territorio y actividad económica», el MITYC encomienda al CNIG las tareas de diseño de la publicación, diseño y producción de los mapas necesarios a partir de la información suministrada y depurada por el MITYC, la captura y procesamiento de fotografías, la corrección de estilo de textos, la elaboración de la maqueta y compaginación de los diferentes contenidos, las tareas de preimpresión, tirada y encuadernación de la obra. De igual manera, diseñará la carátula y preparará un CD-ROM que incluirá la publicación digital en formato PDF, encargándose asimismo de su replicación.

El CNIG entregará al MITYC la cantidad de mil ejemplares, impresos en cuatricromía sobre papel estucado. La encuadernación se hará en tela, con sobrecubierta plastificada en polipropileno brillo. Los mapas resultantes y las bases de datos alfanuméricos asociadas a ellos podrán se usadas por el CNIG para otras publicaciones propias o de la D. G. del Instituto Geográfico Nacional. Recíprocamente, el MITYC podrá emplear los mapas elaborados en otras publicaciones. Segunda. Imagen institucional.-Como la información cartográfica y temática utilizada para la elaboración del objeto de esta Encomienda de gestión es propiedad del Estado, será obligado utilizar la imagen institucional regulada en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de diciembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado. En consecuencia, en el producto figurará la imagen institucional de los Departamentos Ministeriales, el logotipo del CNIG y los créditos editoriales. En el caso de que las partes considerasen la conveniencia de contar con la colaboración de terceros para complementar la información del producto, el CNIG y el MITYC establecerán de mutuo acuerdo si se refleja o no esta colaboración en los créditos de la obra y en qué términos. En todo caso, estas colaboraciones nunca supondrán autoría sobre el producto final. Tercera. Aportación financiera.-El MITYC financiará la actividad de elaboración realizada por el CNIG precitada en la cláusula segunda. Los costes de esta edición de mil ejemplares de la obra «Territorio y actividad económica» y sus correspondientes CD-ROM que ascienden a cuarenta y dos mil seiscientos euros (42.600,00 €), IVA del 4% incluido, serán satisfechos por el MITYC, contribución que será librada con cargo a la aplicación presupuestaria 20.01.921U.240, del Presupuesto de Gastos del Departamento para 2008. El CNIG asumirá todos los costes relacionados con las tareas especificadas en la cláusula Primera de esta Encomienda. El pago de la aportación del MITYC al CNIG se realizará a la finalización y entrega de la publicación terminada, previa certificación de conformidad, por parte de la Subdirección General de Estudios y Planes de Actuación del MITYC. Cuarta. Propiedad de la información.-La propiedad intelectual sobre la información y documentación aportada por el CNIG para la realización del objeto de la colaboración, corresponderá a dicho Organismo, según su procedencia. De igual forma, la propiedad intelectual de la información aportada por el MITYC para la realización del objeto de este Convenio corresponderá al Ministerio. Esto no es obstáculo para que los mapas y bases de datos resultantes puedan ser usados tanto por el CNIG/IGN o por el MITYC en otras publicaciones, de acuerdo con lo especificado en la cláusula primera. La autoría del producto final será compartida por el IGN/CNIG y el MITYC. Quinta. Comisión de seguimiento.-A la firma de la presente Encomienda de Gestión se constituirá una Comisión de Seguimiento, formada por un miembro designado por cada una de las partes. Serán misiones de esta Comisión de Seguimiento:

Dirimir los conflictos o controversias que pudieran surgir en la ejecución, aplicación o interpretación de este Acuerdo de Encomienda.

Controlar el cumplimiento de la entrega. Coordinar los trabajos de cooperación que se acometan en el desarrollo del presente Acuerdo de Encomienda

Sexta. Vigencia de la encomienda de gestión.-Este Acuerdo de Encomienda de Gestión entrará en vigor al día siguiente de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2008, si bien la obra o producto final habrá de entregarse antes del 31 de octubre de 2008.

Séptima. Naturaleza del acuerdo.-El presente Acuerdo de Encomienda de Gestión tiene naturaleza administrativa, y queda fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3.1.l) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de dicha Ley, modificado por la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006 que aprobó los Presupuestos Generales del Estado para 2007. Octava. Cuestiones o controversias.-Las cuestiones litigiosas que puedan surgir de su interpretación, modificación, efectos o resolución, de no existir el mutuo acuerdo entre las partes, serán resueltas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y, en su caso, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Novena. Causas de resolución.-Será causa de resolución del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, el incumplimiento por las partes firmantes de cualquiera de las cláusulas que figuran en el mismo, así como el mutuo acuerdo o denuncia de cualquiera de las partes cuando sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen en gran manera el cumplimiento del mismo. En este caso, la parte afectada lo comunicará a la otra parte con un mes de antelación como mínimo.

En prueba de conformidad y para la debida constancia de lo convenido, los reunidos firman el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión en duplicado ejemplar y a un solo efecto, quedándose uno en poder de cada interviniente, en el lugar y la fecha arriba indicados.-La Sbsecretaria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, María Teresa Gómez Condado.-El Presidente del Centro Nacional de Información Geográfica, Alberto Sereno Álvarez.

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