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Documento BOE-A-2008-679

Resolución de 21 de diciembre de 2007, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante los sistemas de promoción interna y acceso libre, en la Escala de Técnicos Superiores de Educación Física, en la Escala de Técnicos Especialistas de Educación Física, especialidad Instalaciones Deportivas, y en la Escala de Oficiales de Instalaciones Deportivas.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2008, páginas 2725 a 2736 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-679

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la resolución de fecha 22 de marzo de 2006, de la Universidad de Zaragoza, por la que se anuncia oferta pública parcial de empleo de personal funcionario de administración y servicios para el año 2006 (BOA n.º 37, de 29 de marzo), y de la resolución de 21 de marzo de 2007 de la Universidad de Zaragoza, por la que se anuncia oferta pública de empleo de personal funcionario de administración y servicios para el año 2007 (BOA n.º 38, de 30 de marzo) y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios de esta Universidad, de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de fecha 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el art. 75.2 de la misma, así como con los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, este Rectorado acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso, mediante los sistemas de promoción interna y acceso libre, en la Escala de Técnicos Superiores de Educación Física, en la Escala de Técnicos Especialistas de Educación Física, Especialidad: Instalaciones Deportivas, y en la Escala de Oficiales de Instalaciones Deportivas. La presente convocatoria se regirá por las siguientes bases:

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante los sistemas de promoción interna y general de acceso libre las plazas de las Escalas de la Universidad de Zaragoza que se indican a continuación:

a) Sistema de promoción interna: 3 plazas. 3 plazas de la Escala de Técnicos Especialistas de Educación Física. Especialidad: Instalaciones Deportivas. (Grupo C): (Grupo 1) 1 Técnico Especialista de Instalaciones Deportivas del Vicerrectorado de Huesca y 1 Oficial de Instalaciones Deportivas de la Facultad de Ciencias Humanas y de la Educación de Huesca.

(Grupo 2) 1 Técnico Especialista de Actividades Deportivas en el Medio Natural de la Facultad de Ciencias de la Salud y del Deporte de Huesca.

b) Sistema general de acceso libre: 2 plazas.

1 plaza de la Escala de Técnicos Superiores de Educación Física. (Grupo A), localidad Teruel.

1 plaza de la Escala de Oficiales de Instalaciones Deportivas. (Grupo D), localidad Huesca.

En el caso de promoción interna se presentará una solicitud por cada una de las Escalas, Especialidades y Grupo de las plazas indicadas en el párrafo anterior, y que se encuentran agrupadas de acuerdo con los temarios de cada uno de ellos.

En el caso del sistema general de acceso libre se presentará una solicitud por cada una de las Escalas de las plazas indicadas anteriormente. El número de plazas convocadas podrá incrementarse como consecuencia de las plazas vacantes generadas desde la fecha de la resolución por la que se publica la Oferta de Empleo del personal funcionario de administración y servicios para el año 2007, hasta el desarrollo del proceso selectivo, siempre que se produzcan antes de la realización del primer ejercicio. 1.2 El procedimiento de selección de los aspirantes de esta convocatoria será el de concurso-oposición tanto para los aspirantes del sistema de promoción interna como para los aspirantes del sistema general de acceso libre, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en la base 7 de la presente convocatoria. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

1.2.1 Fase de oposición. El primer ejercicio no comenzará antes del mes de abril de 2008. La fecha, hora y lugar del mismo se determinarán en la resolución de este Rectorado por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de Aragón.

Las sucesivas publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, de conformidad con el art. 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectuarán en los tablones de anuncios de la Universidad, sitos en Zaragoza, en la planta baja del Edificio Interfacultades (C/ Pedro Cerbuna, 12), y en los Vicerrectorados de Huesca (C/ Ronda Misericordia, 5) y de Teruel (Ciudad Escolar, s.n.), así como en la siguiente dirección de internet:

http://wzar.unizar.es/personal/pas/concursos/concursos.htm.

El modelo de solicitud, así como las listas de admitidos y excluidos y demás información, podrán consultarse en los citados tablones de anuncios y dirección de internet.

1.2.2 Fase de concurso. Finalizada la fase de oposición, se hará pública la lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con la puntuación obtenida. Dicha lista se publicará en los tablones de anuncios de la Universidad y dirección de internet indicados en el apartado anterior. El Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza expedirá de oficio una vez finalizada la fase de oposición, para todos los aspirantes que la hubiesen superado y hayan prestado servicios en la Universidad de Zaragoza, las certificaciones correspondientes a efectos de la valoración de los méritos de la fase de concurso. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar alegaciones respecto a la valoración de méritos en la fase de concurso.

1.3 Los programas que han de regir las pruebas selectivas son los que figuran en el anexo I de esta convocatoria, de acuerdo al sistema de participación elegido.

1.4 Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, con las modificaciones que la misma ha tenido hasta la fecha; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE n.º 89, de 13 de abril); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad; el Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificada por la Ley 12/1996, de 30 de diciembre; el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de la Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 8, de 19 de enero), y el Pacto del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 95, de 9 de agosto de 2000). 1.5 El desempeño de los puestos obtenidos quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. 1.6 La jornada de trabajo de los puestos adjudicados será la dispuesta en la Relación de Puestos de Trabajo de personal de administración y servicios de esta Universidad.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Sistema general de acceso libre: a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos por el artículo 57.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

También podrán participar, en los mismos términos y cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión de la titulación académica, o en condiciones de obtenerla en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes, que se establece a continuación:

Para la plaza de la Escala de Técnicos Superiores de Educación Física: Título de Licenciado en Educación Física.

Para la plaza de la Escala de Oficiales de Instalaciones Deportivas: Título de Graduado en Educación Secundaria; de Formación Profesional de Primer Grado; de Educación General Básica; Graduado Escolar, o titulación equivalente.

Requisito específico para la plaza de la Escala de Oficiales de Instalaciones Deportivas: poseer el permiso de conducir Tipo B.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España, de acuerdo al Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria, al Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, sobre reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los estados miembros de la CEE, que exigen una formación mínima de tres años, o al Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior, modificado por Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la Escala a la que se aspira. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala a cuyas pruebas selectivas se presente. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, en el modelo que figura como anexo V a esta convocatoria.

2.1.2 Sistema de promoción interna. Los aspirantes deberán reunir, además de los requisitos indicados en el apartado anterior, los siguientes:

a) Ser funcionario de carrera, haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del grupo de titulación inmediatamente inferior o del mismo grupo al que se pretende acceder, tener destino definitivo en la Universidad de Zaragoza, y reunir el resto de los requisitos exigidos en esta convocatoria.

Quienes ocupen un puesto con carácter provisional, su último destino definitivo deberá haber sido en la Universidad de Zaragoza. b) De conformidad con la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, ser personal laboral fijo para acceder a las Escalas a las que figuren adscritas las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posean la titulación necesaria y reúnan los restantes requisitos exigidos. c) En el caso de los excedentes voluntarios, haber cumplido el plazo mínimo de excedencia. d) Estar en posesión del título de Bachillerato LOGSE; de Formación Profesional de Segundo Grado; de Bachillerato Unificado Polivalente, titulación equivalente o superior, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes, o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, Los aspirantes pertenecientes a Escalas del Grupo D que no posean la titulación exigida podrán acceder si tienen una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala del grupo D, o de cinco años en un Cuerpo o Escala del grupo D y han superado un curso específico de formación convocado a tales efectos por la Universidad de Zaragoza. Requisitos específicos: Dado que una de las plazas de la Escala de Técnicos Especialistas de Educación Física, Especialidad Instalaciones Deportivas (Grupo 1), requiere permiso de conducir Tipo B, quienes presenten instancias para esta escala, especialidad y grupo deberán cumplir este requisito en todo caso.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera. 3. Solicitudes.

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud que se publica como Anexo II, que será facilitada gratuitamente en la Universidad de Zaragoza en los Centros de Información Universitaria y Reclamaciones, en el Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas y en los Vicerrectorados de Huesca y Teruel. También será válida la fotocopia del modelo publicado en el Boletín Oficial del Estado/Boletín Oficial de Aragón y el modelo obtenido a través de Internet. Este modelo, así como las listas de admitidos y excluidos y demás información podrán consultarse en la dirección de internet reseñada en la base 1.2.1.

3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Estas se presentarán en cualquiera de los registros de la Universidad de Zaragoza, conforme al Acuerdo de 17 de diciembre de 2003, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se regula el registro general de la Universidad y a la resolución de 4 de octubre de 2004, de la Secretaría General de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 120, de 11 de octubre), por la que se actualiza la relación de los registros auxiliares del Registro General de la Universidad de Zaragoza, sito en Edificio Rectorado, C/ Pedro Cerbuna, 12, o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente a esta Universidad. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos indicados en la solicitud, pasarán a formar parte del fichero de Personal, cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de Zaragoza incluida la relativa a Planes de Pensiones, gestión de la docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y actos universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los procesos de selección. Los datos contenidos en este fichero serán tratados con fines históricos o estadísticos. Este fichero está creado por resolución de 16 de julio de 2001 de la Universidad de Zaragoza, y posteriores modificaciones, en la que se indica la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos remitiendo un escrito al Sr. Gerente de la Universidad de Zaragoza, adjuntando copia de documento que acredite la identidad del interesado, y regulado por la resolución de 6 de junio de 2002 de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueba la normativa propia en materia de protección de datos de carácter personal (BOA n.º 71, de 19 de junio). 3.3 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

3.3.1 Sistema general de acceso libre. Los aspirantes por el sistema general de acceso libre deberán adjuntar a la solicitud los siguientes documentos, siendo motivo de exclusión la falta de cualesquiera de ellos: Una fotocopia del documento nacional de identidad vigente o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten alguna de las circunstancias previstas en la base 2.1.1.a), en virtud de las cuales se puede participar en la presente convocatoria.

Comprobante bancario original (o en su defecto copia bancaria) de haber satisfecho los derechos de examen indicados en la base 3.4, a favor de esta Universidad. En caso de que la solicitud se encuentre mecanizada mediante ráfaga bancaria no será necesario dicho resguardo. En ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en tiempo y forma. Cuando se ingrese en una entidad distinta a la indicada deberá acompañarse justificante de la transferencia efectuada. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. Los aspirantes que reflejen en la solicitud su condición de discapacitados, resolución o certificado de tener reconocida la condición legal de discapacitados expedido por los órganos competentes, en aplicación del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, así como el dictamen técnico facultativo del tipo de discapacidad.

Asimismo se podrán presentar junto con la solicitud los siguientes documentos, sin que la falta de cualesquiera de ellos sea motivo de exclusión:

Fotocopia de la titulación en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y fotocopia de la credencial que acredite su homologación.

Los aspirantes a plazas para las que se exige permiso de conducir, fotocopia del permiso de conducir exigido. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, fotocopia compulsada del Diploma de Español nivel intermedio o nivel superior como lengua extranjera establecidos por RD 1137/2002, o sus equivalentes Diploma básico y superior respectivamente, o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, excepto los extranjeros nacionales de países cuyo idioma oficial sea el español o los extranjeros que tengan el título expedido en España.

3.3.2 Sistema de promoción interna. Los aspirantes por el sistema general de promoción interna deberán adjuntar a la solicitud los siguientes documentos, siendo motivo de exclusión la falta de cualesquiera de ellos:

Una fotocopia del documento nacional de identidad vigente o pasaporte.

Comprobante bancario original (o en su defecto, copia bancaria) de haber satisfecho los derechos de examen indicados en la base 3.4, a favor de esta Universidad. En caso de que la solicitud se encuentre mecanizada mediante ráfaga bancaria, no será necesario dicho resguardo. En ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en tiempo y forma. Cuando se ingrese en una entidad distinta a la indicada deberá acompañarse justificante de la transferencia efectuada. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. Los aspirantes a plazas para las que se exige permiso de conducir, fotocopia del permiso de conducir exigido. Los aspirantes que reflejen en la solicitud su condición de discapacitados, resolución o certificado de tener reconocida la condición legal de discapacitados expedido por los órganos competentes, en aplicación del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, así como el dictamen técnico facultativo del tipo de discapacidad.

3.4 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en cuenta, además de lo indicado en las instrucciones de la misma, lo siguiente:

En el recuadro número 16 los aspirantes indicarán la Escala, Especialidad y Grupo a que concurran.

En el recuadro número 19 los aspirantes indicaran promoción o libre. En caso de no especificarse, se entenderá que el aspirante participa por el turno libre. En el recuadro número 20 los aspirantes con grado de minusvalía deberán indicar el grado de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, cumplimentando el recuadro número 21, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes del sistema general de acceso libre indicarán en el recuadro número 22 si están interesados en formar parte de una lista de espera para futuras necesidades temporales en puestos de la misma Escala y Especialidad que la que se convoca y en la que ha solicitado participar. En el caso de que no se cumplimente la casilla 22, se entenderá que no se desea formar parte de las listas de espera. En el caso de haber cumplimentado el recuadro número 22, se indicará en el recuadro número 24 la provincia a la que se quiere pertenecer, pudiendo optar por alguna de las provincias o por todas. De no especificarse, se entenderá que quiere pertenecer a todas ellas. En el recuadro número 23, en el apartado A) los aspirantes de nacionalidad no española indicarán si poseen la titulación acreditativa de conocimiento del castellano o si han de realizar una prueba de acreditación, haciendo constar Diploma nivel intermedio o nivel superior de Español, certificado de aptitud o «realizará prueba», según sea el caso. En el recuadro número 23, en el apartado B), los aspirantes a plazas para las que se exige permiso de conducir indicarán si poseen el permiso de conducir Tipo B. En el recuadro número 27 los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán indicar la fecha de expedición de la credencial de la homologación de la titulación académica que hayan hecho constar en el apartado 25 de la solicitud. En el recuadro número 31 los aspirantes consignarán la cantidad preceptiva, de acuerdo a la tabla que se indica a continuación:

Grupo

Sistema general de acceso libre

Sistema de promoción interna

A

20,93

-

C

-

6,97

D

10,49

-

Tendrán derecho a la exención de las tasas de examen:

Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, debiendo presentar, junto con la solicitud, el correspondiente documento acreditativo de su grado de minusvalía, expedido por el organismo competente según el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La condición de demandante de empleo deberá acreditarse mediante certificación que se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo, debiendo figurar en ella todos y cada uno de los requisitos citados anteriormente.

La acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo que se podrá utilizar el modelo anexo III. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

3.5 Los derechos de examen indicados anteriormente se ingresarán, bajo el nombre «Pruebas Selectivas», en la cuenta corriente n.º 2085-0168-58-0300017984, abierta en Ibercaja, urbana 10.

3.6 Los documentos que deban acompañarse a la solicitud, según lo dispuesto en las bases de la convocatoria, se harán constar en el apartado de la solicitud «Documentos que se aportan». 3.7 De acuerdo con lo previsto en el art. 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Aragón y en el Boletín Oficial del Estado, tomando como referencia a efectos del cómputo del plazo para la presentación de solicitudes la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en Boletín Oficial de Aragón. 3.8 Si la solicitud de participación no reúne los requisitos que señala el art. 70 de la Ley 30/1992, y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la Ley 30/1992. 3.9 Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. 3.10 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes este Rectorado dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de Aragón, en los tablones oficiales de la Universidad y en la dirección de Internet que se reseña en la base 1.2.1, se relacionarán los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión, apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad o pasaporte. Igualmente, se indicará el lugar o lugares en que se encuentre expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio. 4.2 Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Aragón de la citada resolución, para poder subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión, siempre y cuando dichos defectos sean subsanables. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen las causas de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas. Para evitar errores y hacer posible la subsanación en tiempo y forma en el supuesto de producirse, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino, además, que constan en la relación de admitidos. 4.3 Transcurrido dicho plazo se dictará resolución que declare aprobada definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial de Aragón, en los tablones oficiales de la Universidad y en la dirección de Internet que se reseña en la base 1.2.1. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Aragón. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Rector de esta Universidad que resolverá lo procedente, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición. 4.4 De conformidad con lo establecido en el art. 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, el sujeto pasivo tiene derecho a la devolución de las tasas que ha satisfecho si, por causas que no le son imputables, no se han prestado las actividades o servicios gravados.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará compuesto de la siguiente forma:

Titulares: Presidente: Don Alberto Sánchez Biec.

Vocales:

Doña María Rosario Romero Martín.

Don José Carlos Pardos Soria. Don Juan Carlos Casterad Mas. Don Diego Álvarez Belenchón.

Secretario: Doña M.ª Pilar López Ullod, que actuará con voz pero sin voto. Suplentes:

Presidente: Don Luis Máximo Bernués Vázquez.

Vocales:

Doña Sonia Asún Dieste.

Doña M.ª Judith Navarro Burriel. Don José Ferrando Roqueta. Don Julio Latorre Peña.

Secretario: Don José María Vélez Peirón, que actuará con voz pero sin voto. 5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a este Rectorado, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No podrán formar parte de los órganos de selección aquellos funcionarios que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en este párrafo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias citadas en el párrafo anterior. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el BOA la resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido tal condición. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. 5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal en el plazo de 30 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, con asistencia del Presidente y del Secretario y la de la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión el Tribunal acordará las decisiones pertinentes en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.4 Para la válida constitución del órgano a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. 5.5 Constituido el Tribunal, este resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores corresponde al Rector, a propuesta del Tribunal. Igualmente el Tribunal podrá designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de las pruebas, cuando el número de aspirantes así lo aconseje. 5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en esta convocatoria (cumplimentación del recuadro número 21 de la solicitud), las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización, debiendo cumplimentarse para ello el anexo IV de esta convocatoria. La Universidad de Zaragoza, a través de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales, se pondrá en contacto con los aspirantes con minusvalía siempre y cuando figuren los datos telefónicos y del domicilio en la solicitud, para recabar de ellos mayor información sobre las adaptaciones solicitadas al objeto de emitir informe para el Tribunal en el que hará constar tanto las adaptaciones como los ajustes que se estimen necesarios. A tal efecto el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o Comunidad Autónoma. Si se suscitaran dudas al Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas en las plazas convocadas, podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y en su caso, de la Comunidad Autónoma. 5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal se corrijan sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los medios adecuados. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor. 5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Zaragoza, Sección de Selección y Formación, calle Pedro Cerbuna, 12. 50009 Zaragoza. Teléfono 976 761 000 ext. 3118. 5.10 De acuerdo con lo regulado en el art. 30 y en el anexo IV del RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del servicio, el Tribunal tendrá la Categoría Primera, de actuar en sesión conjunta para todas las plazas, o las categorías que se indican, en función de las plazas, de actuar en sesiones independientes:

Plaza del Grupo A: Categoría Primera.

Plazas del Grupo C: Categoría Segunda. Plaza del Grupo D: Categoría Tercera.

5.11 Cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Rector de esta Universidad, contra los acuerdos que adopte el Tribunal referidos a lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad. 6.2 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión del proceso selectivo al Rector de la Universidad de Zaragoza, comunicándole, a los efectos procedentes, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas. 6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, sin perjuicio de las tandas que se precise realizar, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. Cuando no se efectúe llamamiento único, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «X», de acuerdo con lo dispuesto en la resolución del Instituto Aragonés de Administración Pública, de 26 de octubre de 2006. 6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se efectuarán por el Tribunal con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos, en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1, en el local donde se haya celebrado el ejercicio anterior y por cualesquiera otros medios que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación. De aquellos ejercicios o partes de ejercicios que sean de tipo test, concluidos los mismos los aspirantes podrán llevarse el cuestionario del examen y el Tribunal procederá a publicar en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, así como en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1, el referido cuestionario y la plantilla de respuestas, en su caso, en el plazo máximo de una semana a contar desde la fecha de realización de los mismos. Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. El contenido se ajustará a lo dispuesto en el RD 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para pasar a realizar las fases de las pruebas selectivas. El Tribunal convocará a estos aspirantes a la realización de la prueba de acreditación del conocimiento del castellano, indicando el lugar y fecha de realización, mediante convocatoria en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1. Quedarán eximidos de realizar dicha prueba quienes estén en posesión del Diploma de Español nivel intermedio o nivel superior como lengua extranjera (o sus equivalentes Diploma básico y superior respectivamente) establecidos por RD 1137/2002, de 31 de octubre, o del Certificado de Aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, y los extranjeros nacionales de países cuyo idioma oficial sea el español.

7. Procedimiento de selección y valoración

7.1 Fase de oposición. El Tribunal determinará las medidas oportunas para la realización de los ejercicios aprobando las instrucciones y criterios de valoración que estime pertinentes, así como para la determinación del número necesario de preguntas contestadas correctamente para alcanzar la calificación mínima exigida en los ejercicios de tipo test, así como para determinar la nota de corte en el resto de ejercicios que componen esta fase.

7.1.1 Promoción interna. Grupo C: La fase de oposición estará formada por un único ejercicio, que se realizará en una sola sesión, dividido en dos partes: Primera parte: Consistirá en contestar un cuestionario tipo test de no más de 75 preguntas basadas en el contenido del programa específico correspondiente que figura en el Anexo I. El tiempo máximo que podrá conceder el Tribunal para su realización será de 45 minutos.

Segunda parte: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con los contenidos de las materias del programa y con las funciones y perfil de las plazas. El tiempo máximo que podrá conceder el Tribunal para su realización será de 75 minutos.

Sistema de calificación del ejercicio:

En las partes del examen que consistan en preguntas de tipo test, para cada pregunta del ejercicio se propondrán cuatro respuestas de las cuales solo una será correcta. Las contestaciones erróneas se penalizarán (cada pregunta respondida erróneamente supondrá descontar 0,25 preguntas correctas).

La puntuación máxima será de 70 puntos. La primera parte se calificará de 0 a 30 puntos, y la segunda parte, de 0 a 40 puntos. La puntuación total del ejercicio será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada parte. Para superar el ejercicio será necesario obtener una puntuación total mínima de 35 puntos, quedando eliminados aquellos opositores que no obtengan en cada parte al menos el 25 por ciento de la puntuación máxima establecida para cada una de ellas.

7.1.2 Sistema general de acceso libre. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo todos eliminatorios:

a) Grupo A: Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de no más de 100 preguntas tipo test, basadas en el contenido de los programas general y específico, que figuran en el Anexo I. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán cuatro respuestas de las cuales solo una de ellas será la correcta. Las contestaciones erróneas se penalizarán (cada pregunta respondida erróneamente supondrá descontar 0'25 preguntas correctas). El tiempo máximo que podrá conceder el Tribunal para su realización será de 120 minutos. Se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12,5 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de varias cuestiones de contenido teórico, práctico o teórico/práctico, basadas en el programa específico correspondiente que figura en el Anexo I. El tiempo máximo que podrá conceder el Tribunal para su realización será de 3 horas. Se valorará la capacidad de análisis, la capacidad de expresión escrita, así como los conocimientos sobre el programa. Se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12,5 puntos. Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, relacionado con los contenidos de las materias del programa específico correspondiente y con las funciones y perfil de la plaza correspondiente. El tiempo máximo que podrá conceder el Tribunal para su realización será de 5 horas. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada. Se calificará de 0 a 20 puntos cada uno de los supuestos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio.

b) Grupo D:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de no más de 100 preguntas tipo test, basadas en el contenido de los programas general y específico, que figuran en el Anexo I. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán cuatro respuestas de las cuales solo una de ellas será la correcta. Las contestaciones erróneas se penalizarán (cada pregunta respondida erróneamente supondrá descontar 0'25 preguntas correctas). El tiempo máximo para su realización será de 90 minutos. Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 20 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con los contenidos de las materias del programa específico y con las funciones y perfil de la plaza. El tiempo máximo para su realización será de 120 minutos. Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos.

7.2 Fase de concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza expedirá de oficio, las certificaciones correspondientes a efectos de la valoración de los méritos de la fase de concurso. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación total obtenida por los aspirantes aprobados en la fase de oposición, a efectos de establecer la relación definitiva de los aspirantes que superan el proceso selectivo, por orden de puntuación.

7.2.1 Promoción interna. Esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorará con un máximo de 30 puntos. En ella se valorarán los méritos indicados a continuación hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La valoración de los méritos se realizará en la forma siguiente:

Grupo C: a) Antigüedad. La puntuación máxima en este apartado será de 12 puntos.

La antigüedad se valorará por el tiempo de servicios reconocidos en la Universidad de Zaragoza o en otras Administraciones Públicas hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con arreglo a las siguientes puntuaciones:

0,6 puntos por cada año completo trabajado en la Universidad de Zaragoza, o la parte proporcional correspondiente.

0,3 puntos por cada año completo trabajado en otras Administraciones Públicas, o la parte proporcional correspondiente.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) Grado personal consolidado. La puntuación máxima en este apartado será de 4 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Grado 14 o inferior: 1 punto, y 0,75 puntos por cada unidad de grado que exceda del grado 14. En caso de no tener grado consolidado se asignará 1 punto.

c) Trabajo desarrollado. La puntuación máxima en este apartado será de 14 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Para las plazas de la Escala de Técnicos Especialistas de Educación Física, Especialidad Instalaciones Deportivas: 0,7 puntos por año completo trabajado, o la parte proporcional correspondiente, en la Escala de Oficiales de Instalaciones Deportivas (2D0300) o categoría profesional equivalente.

7.2.2 Sistema general de acceso libre. Esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorará con un máximo de 10 puntos. En ella se valorarán los servicios prestados en la Universidad de Zaragoza en la Escala y Especialidad o Categoría laboral equivalente a la que se aspira, a razón de 1 punto por año o parte proporcional, hasta un máximo de 10 puntos, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 7.3 Calificación final. La calificación final de las pruebas se determinará por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

7.3.1 Promoción interna. En caso de empate el orden de prelación en la calificación final se fijará primando: 1.º La puntuación obtenida en la fase de oposición

2.º La calificación de la segunda parte del ejercicio en el grupo C.

Si continúa el empate se primará en forma sucesiva, hasta dirimir el posible empate, la puntuación obtenida en los apartados a, b y c de la fase de concurso y en último caso, la fecha de resolución de nombramiento y el n.º de orden de la oposición por la que se hubiera obtenido la condición de funcionario de carrera del Cuerpo o Escala desde el que se accede a este proceso selectivo.

7.3.2 Sistema general de acceso libre. En caso de empate el orden de prelación en la calificación final se fijará primando:

1.º Tercer ejercicio de la fase de oposición.

2.º Segundo ejercicio de la fase de oposición. 3.º Primer ejercicio de la fase de oposición.

En caso de continuar el empate, se aplicará la puntuación obtenida en la fase de concurso.

8. Superación de los ejercicios

8.1 Al finalizar la corrección de cada uno de los ejercicios de la oposición el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración de los mismos, en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 y en aquellos otros que estime oportunos, las relaciones de aspirantes que hayan superado cada uno de los ejercicios, con indicación de la puntuación obtenida, número del documento nacional de identidad o pasaporte, apellidos y nombre. Se publicarán listas separadas por cada uno de los sistemas de acceso. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal publicará la relación de aspirantes que la han superado en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1. 8.2 Los aspirantes que hubiesen superado la fase de oposición participarán en la fase de concurso, valorándose según lo dispuesto en la base 7.2. 8.3 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho. Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que hayan obtenido mayor calificación una vez sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso. No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual numero de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios de carrera. 8.4 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará públicas en los tablones de anuncios de la Universidad de Zaragoza señalados en la base 1.2.1, las relaciones definitivas de aspirantes aprobados por cada sistema de acceso, por orden de puntuación total, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, la puntuación de la fase de concurso y la puntuación total. El Tribunal elevará propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera al Señor Rector Magnífico de la Universidad de los aspirantes relacionados en las citadas listas.

9. Presentación de documentos

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 de las relaciones definitivas de aprobados a que se refiere la base 8.4, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza (calle Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza) los siguientes documentos:

a) Original y fotocopia para su cotejo, o fotocopia compulsada, del título exigido en la base 2.1.c), o en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios equivalentes para su obtención, así como abonados los derechos para la expedición del título correspondiente.

Fotocopia de la titulación en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y fotocopia de la credencial que acredite su homologación. b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según modelo que figura como anexo V a esta convocatoria. En el caso de aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como anexo V. c) Certificación expedida por el facultativo del Servicio de Salud de la Universidad de Zaragoza de que se posee la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala. d) Si se considera necesario se podrá requerir, respecto de los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusválidos, acreditación de los órganos competentes de la Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma sobre compatibilidad de los aspirantes con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

Los aspirantes del turno de promoción interna deberán presentar exclusivamente lo señalado en el apartado a), referido al título exigido en la base 2.1.c), en el caso de que no constase en el Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza

Los aspirantes que hayan obtenido las plazas de la Escala de Técnicos Especialistas de Educación Física, Especialidad: Instalaciones Deportivas, con destino en el Vicerrectorado de Huesca o en la Facultad de Ciencias Humanas y de la Educación; y de la Escala de Oficial de Instalaciones Deportivas, deberán aportar original y fotocopia para su cotejo, o fotocopia compulsada del permiso de conducir Tipo B. 9.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho. 9.3 Si dentro del plazo indicado, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas, no se presenta la citada documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en esta convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial y no podrá el aspirante ser nombrado funcionario de carrera, formulándose propuesta a favor del siguiente en la lista de puntuación, siempre y cuando su valoración en la oposición fuera suficiente. 9.4 Quienes tuvieran la condición de personal al servicio de la Administración Pública estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para la formalización de su nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición, con expresión del número y grupo de trienios, fecha de su cumplimiento y aquellas circunstancias que obren en su hoja de servicios, así como fotocopia compulsada de la titulación exigida. La petición del puesto de trabajo por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse por orden de puntuación total obtenida en la correspondiente lista de los diferentes sistemas de acceso, previa oferta de aquellos.

10. Periodo de prácticas y nombramiento de funcionarios de carrera

10.1 Mediante resolución del Rectorado de la Universidad se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha de incorporación al periodo de prácticas, publicándose en el Boletín Oficial de Aragón. 10.2 Periodo de prácticas. Para obtener el nombramiento de funcionario de carrera, los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas deberán realizar, con aprovechamiento, un periodo de prácticas que tendrá una duración de dos meses para el grupo A y de un mes para los grupos C y D. La calificación será de apto o no apto y será otorgada por el Rector de la Universidad, previo informe del Responsable de la Unidad en la que se hayan realizado las prácticas. El periodo de prácticas podrá contar con un curso de formación, en cuyo caso la calificación será otorgada con informe conjunto del Director del Curso y del Responsable de la Unidad correspondiente. 10.3 Los aspirantes que sean calificados de no apto en el periodo de prácticas perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera. El Rector de la Universidad dictará resolución motivada al efecto que se publicará en el Boletín Oficial de Aragón. 10.4 Concluido el periodo de prácticas, quienes lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala y Especialidad que corresponda, de la Universidad de Zaragoza, mediante resolución del Rector que se publicará en el Boletín Oficial de Aragón, y continuarán prestando servicios como funcionarios en prácticas hasta la publicación de su nombramiento como funcionarios de carrera.

11. Listas de espera para funcionarios interinos

El Tribunal de selección actuante procederá a confeccionar la lista de espera con todos aquellos opositores del sistema general de acceso libre que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ella y aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no hubieran superado el último con puntuación suficiente parra obtener plaza de funcionario de carrera. El orden de los aspirantes en la lista de espera se establecerá según el número de ejercicios superados y la puntuación total obtenida en el conjunto de los mismos entre aquellos opositores que hubieran superado igual número de ejercicios. En caso de empate en la puntuación obtenida por varios candidatos, se aplicarán para dirimirlo los criterios establecidos para la selección de los funcionarios de carrera. El Tribunal de selección, cuando así lo determine la Gerencia de la Universidad de Zaragoza, previo acuerdo con los órganos de representación, incluirá en la lista de espera a aquellos opositores que, no habiendo superado ningún ejercicio del proceso selectivo, hubiesen obtenido en el primer ejercicio una puntuación igual o superior a la mitad de la establecida para declarar superado el ejercicio. Con las puntuaciones resultantes de la aplicación de los criterios expuestos, se confeccionará una lista de espera para cada provincia, pudiendo los aspirantes figurar en una o varias de ellas, y se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

12. Norma final

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el art. 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, según lo dispuesto en los art. 10.1 y 8.2 respectivamente de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, según corresponda.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 21 de diciembre de 2007.-El Rector, P. D. (Resolución de 7 de mayo de 2004), el Gerente, Rogelio Cuairán Benito.

ANEXO I PROGRAMA GENERAL GRUPO A

1. Ley Orgánica de Universidades. Titulo preliminar. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y representación de las Universidades. La coordinación universitaria. La evaluación y la acreditación.

2. La Ley Orgánica de Universidades. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la universidad y la transferencia de conocimiento. Los estudiantes. El Profesorado. El Personal de Administración y Servicios de las Universidades Públicas. Régimen económico y financiero de las Universidades Públicas. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior. El deporte y la extensión universitaria. 3. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Título Preliminar. La estructura de la Universidad. Gobierno y representación de la Universidad. El Defensor Universitario. 4. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. La docencia y la investigación. La comunidad universitaria. Los Servicios de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico, financiero y patrimonial. La reforma de los estatutos. 5. Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos. Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La atención al ciudadano y la calidad de los servicios en la Administración Pública 6. Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Los recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. 7. Protección de Datos. Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. 8. Protección de Datos. Normativa propia de la Universidad de Zaragoza en materia de protección de datos de carácter personal. (Resolución 16/7/2001 y Resolución 6/6/2002). 9. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas: clases, derechos y deberes. Regulación de las incompatibilidades. Situaciones administrativas. 10. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Determinación de las partes que lo conciertan. Condiciones de aplicación y vigencia. Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del pacto. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y acceso a cuerpos, y escalas de la Universidad. Provisión de puestos de trabajo. 11. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Clasificación profesional. Formación y perfeccionamiento profesional. Jornada y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. 12. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Salud laboral. Retribuciones. Acción social. Derechos de representación colectiva y de reunión. Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición final. 13. Salud Laboral y Prevención de Riesgos. Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. 14. Ley Orgánica 3 / 2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE 23 de marzo)

PROGRAMA GENERAL GRUPO D

1. Ley Orgánica de Universidades. Titulo preliminar. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y representación de las Universidades. La coordinación universitaria. La evaluación y la acreditación. 2. La Ley Orgánica de Universidades. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la universidad y la transferencia de conocimiento. Los estudiantes. El Profesorado. El Personal de Administración y Servicios de las Universidades Públicas. Régimen económico y financiero de las Universidades Públicas. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior. El deporte y la extensión universitaria. 3. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Título Preliminar. La estructura de la Universidad. Gobierno y representación de la Universidad. El Defensor Universitario. 4. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. La docencia y la investigación. La comunidad universitaria. Los Servicios de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico, financiero y patrimonial. La reforma de los estatutos. 5. Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos. Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 6. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Determinación de las partes que lo conciertan. Condiciones de aplicación y vigencia. Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del pacto. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y acceso a cuerpos, y escalas de la Universidad. Provisión de puestos de trabajo. 7. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Clasificación profesional. Formación y perfeccionamiento profesional. Jornada y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. 8. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Salud laboral. Retribuciones. Acción social. Derechos de representación colectiva y de reunión. Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición final. 9. Nociones básicas de Salud Laboral y Prevención de Riesgos. Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Consulta y participación de los trabajadores. 10. Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (,BOE 23 de marzo): Objeto y ámbito de la Ley; El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación; El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades; El principio de igualdad en el empleo público.

Programas específicos

Promoción interna

Escala: Técnicos Especialistas Educación Física

Especialidad: Instalaciones Deportivas

Destino: Técnico Especialista de Instalaciones Deportivas del Vicerrectorado de Huesca y Oficial de Instalaciones Deportivas de la Facultad de Ciencias Humanas y de la Educación

1. El Servicio de Actividades Deportivas de la Universidad de Zaragoza. Misión, objetivos, estructura y organización.

2. Programas de Actividades y Servicios Deportivos en la Universidad de Zaragoza. Tipología y características fundamentales. 3. Las actividades deportivas de Competición. Instalaciones, equipamiento y materiales necesarios para la práctica y entrenamiento de los deportes mas extendidos en España. Reglamentación. 4. Las actividades físico-deportivas de mejora y mantenimiento de la condición física. Instalaciones, equipamientos y materiales necesarios para la práctica. Aspectos de seguridad de los participantes. 5. Las actividades de recreación. Instalaciones, equipamientos y materiales necesarios para la práctica. Aspectos de seguridad de los participantes. 6. Instalaciones deportivas. Campos pequeños: Tipos, características y equipamientos, 7. Instalaciones deportivas. Campos grandes: Tipos, características y equipamientos. 8. Pavimentos deportivos artificiales. Tipos, características y usos. Conservación y mantenimiento. 9. Pavimentos deportivos naturales. Tipos, características y usos. Conservación y mantenimiento. 10. Locales anejos a las instalaciones deportivas. Los almacenes de materiales: de equipamientos y de maquinaria. Organización, distribución y control. 11. Locales anejos a las instalaciones deportivas. Los vestuarios, guardarropas y saunas: organización, distribución y control de uso. Su conservación y mantenimiento. 12. Instalaciones eléctricas; instalaciones de iluminación. 13. Instalaciones de fontanería y saneamiento. 14. Instalaciones de calefacción y climatización. Elementos y normas de mantenimiento. 15. Conocimientos básicos de carpintería y cerrajería. Elementos principales. 16. Conocimientos básicos de sistemas de sonorización y megafonía, de reproducción de sonido y medios de proyección de imagen. 17. Herramientas y utillaje para el mantenimiento de las instalaciones deportivas. Tipo, características, usos, conservación y mantenimiento. 18. Calidad y atención al cliente. Actitudes y comportamientos básicos. 19. Plan de emergencia en edificios. Equipos y medios. Mantenimiento preventivo y localización de averías. 20. Seguridad e Higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y protección. Protección de máquinas. Protección personal. Actuaciones en casos de accidente. Primeros auxilios. 21. Nociones básicas de Salud Laboral y Prevención de Riesgos. Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Consulta y participación de los trabajadores.

Escala: Técnicos Especialistas Educación Física

Especialidad: Instalaciones Deportivas

Destino: Técnico Especialista de Actividades Deportivas en el Medio Natural de la Facultad de Ciencias de la Salud y del Deporte

1. Meteorología. Principios físicos en la formación de fenómenos atmosféricos. Interpretación de mapas e informes meteorológicos y signos observables. Riesgos asociados a los fenómenos meteorológicos y medidas preventivas.

2. Zonas de interés en el ámbito provincial y regional. Geografía y clima de la zona 3. Legislación y normativa de espacios naturales y de la práctica de actividades. Impacto medioambiental de las prácticas. 4. Accidentes. Normas de actuación y evacuación. Logística de actuación en rescate. Sistemas de recogida y transporte de accidentados 5. Primeros auxilios. Principios generales de socorrismo. Traumatismos mecánicos. Traumatismos físicos. Traumatismos químicos. Alteraciones de la consciencia. Inmovilización y vendajes. 6. Reanimación cardiopulmonar. El botiquín de primeros auxilios. Instrumentos. Material de cura. Fármacos básicos. 7. Técnicas de supervivencia. Aspectos psicológicos de la supervivencia. Material y equipos. Construcción de refugios improvisados. Vivacs. Útiles y procedimientos para la obtención de agua y alimentos. 8. Conceptos generales de las principales modalidades físico-deportivas aéreas: globo aerostático, parapente, ULM, vuelo a vela y paracaidismo. Técnicas específicas para la ejecución de las prácticas asociadas a cada modalidad deportiva. El apoyo a la docencia desde tierra. La seguridad en la realización de prácticas. 9. Los materiales necesarios para la práctica de los deportes aéreos. Su catalogación, ordenación, la puesta a punto, el mantenimiento y reparación. Los espacios necesarios para la realización de las prácticas: Características y posibilidades de adaptación. 10. Conceptos generales de las principales modalidades físico-deportivas náuticas: Piragüismo de aguas bravas y aguas tranquilas, vela ligera y windsurf. Técnicas específicas para la ejecución de las prácticas asociadas a cada modalidad deportiva. El apoyo a la docencia desde tierra y desde el agua. La seguridad en la realización de prácticas. 11. Los materiales necesarios para la práctica de los deportes náuticos. Su catalogación, ordenación, la puesta a punto, el mantenimiento y reparación. Los espacios necesarios para la realización de las prácticas: Características y posibilidades de adaptación. 12. Conceptos generales de las principales modalidades físico-deportivas que se desarrollan en el medio natural de componente vertical: escalada, espeleología y descenso de barrancos. Técnicas específicas de ejecución de dichas prácticas. El apoyo a la docencia desde tierra y agua. La seguridad en la realización de prácticas. 13. Los materiales necesarios para la práctica de los deportes en la naturaleza de componente vertical. Su catalogación, ordenación, la puesta a punto, el mantenimiento y reparación. Los espacios necesarios para la realización de las prácticas: Características y posibilidades de adaptación. 14. Conceptos generales de las principales modalidades físico-deportivas de orientación: O-PIE, O-BM. Técnicas específicas de ejecución de dichas prácticas. El apoyo a la docencia. La seguridad en la realización de prácticas. 15. Los materiales necesarios para la práctica de los deportes en la naturaleza de orientación. La catalogación y ordenación, la puesta a punto, el mantenimiento y la reparación de los materiales específicos en base a planos, brújulas, balizas y G.P.S.Los espacios necesarios para la realización de las prácticas: Características y posibilidades de adaptación. 16. Conceptos generales a considerar en la realización de una travesía y de diferentes modalidades de acampadas. El apoyo a la docencia en la realización de acampadas. La seguridad en la realización de acampadas y la normativa autonómica aplicable para el desarrollo de este tipo de actividades. El apoyo a la docencia en la realización de acampadas. La seguridad en la realización de acampadas y la normativa autonómica aplicable para el desarrollo de este tipo de actividades. 17. Los materiales necesarios en la realización de acampadas. La catalogación y ordenación, la puesta a punto, el mantenimiento y la reparación de los materiales específicos. Los espacios necesarios para la realización de las prácticas: Características y posibilidades de adaptación. 18. Conceptos generales de las principales modalidades físico-deportivas que se realizan en la nieve: Esquí alpino, esquí de fondo, esquí de travesía, raquetas y snowboard. Técnicas específicas para la ejecución de dichas prácticas. El apoyo a la docencia de las principales modalidades deportivas de nieve. La seguridad y el rescate en la realización de prácticas de las modalidades deportivas de nieve. 19. Los materiales necesarios para la práctica de los deportes en la nieve. Su catalogación, ordenación, la puesta a punto, el mantenimiento y reparación. Los espacios necesarios para la realización de las prácticas: Características y posibilidades de adaptación. 20. Seguridad e Higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y protección. Protección de máquinas. Protección personal.

Programas específicos

Acceso libre

Escala: Técnicos Superiores de Educación Física

1. La Ley 10/1990 de 15 de octubre del Deporte. Ámbito Estatal.

2. La Ley 4/1993 de 16 de Marzo del Deporte de Aragón. Normativa deportiva de la Comunidad Autónoma de Aragón. 3. El Deporte en la Comunidad Autónoma de Aragón. Estructura y organización. 4. La formación de Técnicos Deportivos en España. Normativas titulaciones deportivas. Su organización en Aragón. 5. Estructura del deporte en las Universidades Españolas: Actividades y competiciones. Participación del Consejo Superior de Deportes. Organización y niveles de práctica. 6. Servicios Universitarios. Actividad físico-deportiva en la Universidad de Zaragoza. El Servicio de Actividades Deportivas: estructura, áreas de gestión y funcionamiento. Sistema deportivo universitario en el Campus de Huesca/Teruel. 7. El deporte federado en el ámbito universitario. 8. Los Clubs y Asociaciones deportivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. Tipos, desarrollo y organización. 9. El Asociacionismo deportivo en el ámbito universitario. Marco, normativas y posibilidades de organización. Desarrollo en la Universidad de Zaragoza. 10. Análisis y Plan Estratégico de una organización deportiva. Selección de objetivos, estrategias, recursos y actuaciones. Planteamiento práctico. 11. La Planificación operativa en una organización deportiva. 12. La calidad en el Servicio de Actividades Deportivas. Implantación, desarrollo y control. 13. El marketing en los Servicios deportivos. Gestión de la imagen y recursos. 14. Planificación, diseño y gestión de las instalaciones y equipamientos deportivos. Normas NIDE. Principios, normativa y aspectos a considerar. Instalaciones deportivas en el Campus de Huesca/Teruel: características, usos y necesidades. 15. Gestión de los recursos económicos del Servicio de Actividades Deportivas. Fijación de precios de las actividades deportivas y tasas de uso de las instalaciones deportivas en la Universidad. Criterios a considerar. 16. Técnicas presupuestarias. Presupuesto por Programas en un Servicio de Actividades Deportivas. 17. Proyectos de colaboración con agentes externos, para la promoción del deporte universitario. Areas y formas. Desarrollo en la Universidad de Zaragoza. 18. El patrocinio en el deporte universitario: regulación jurídica y gestión. 19. Gestión de recursos humanos: trabajo en equipo. 20. La comunicación interna y externa en el Servicio de Actividades Deportivas. 21. La gestión de los programas deportivos: concepto, definición, funcionamiento y control. 22. Los procedimientos de gestión informatizada en los Servicios Deportivos. 23. El enfoque cultural del deporte. Los componentes y valores formativos y sociales del deporte en la formación universitaria. Relación y complementariedad. 24. Plan de cursos de formación deportiva en la Universidad de Zaragoza. Tipos y organización. 25. Las cualidades físicas básicas. Fundamentación y métodos de desarrollo. 26. Planificación, programación y planes de entrenamiento de las cualidades físicas básicas. 27. Deportes individuales. Tipos. Características técnicas, planificación y didáctica aplicada. 28. Deportes colectivos. Tipos. Características técnicas, tácticas, planificación y didáctica aplicada. 29. Didáctica de la Educación Física. Elementos que intervienen. La clase. 30. Las actividades físicas de Tiempo Libre y su práctica en el ámbito universitario. Estructura, tipos, organización y aspectos a considerar. 31. Planificación y Programación de actividades físico-deportivas de promoción y tiempo libre en la Universidad. Tipos y aspectos a considerar. 32. Programas complementarios de deporte de promoción y tiempo libre de un Servicio de Actividades Deportivas en la Universidad. 33. El deporte de competición universitario y su práctica en España y en la Universidad de Zaragoza. Estructuras, tipos, organización y aspectos a considerar. 34. Programación de actividades de competición en la Universidad. Tipos y aspectos a considerar. 35. Organización de eventos deportivos en la Universidad. Organización y Plan de acción. 36. Justicia deportiva: principios fundamentales, régimen disciplinario y comités de disciplina deportiva. 37. Sistemas de Calidad en la Gestión de una organización deportiva. Opciones y características. La mejora continua. 38. El Consejo Superior de Deportes. Estructura y organización. El Comité Español de Deporte Universitario. Composición y funciones. 39. El Sistema Deportivo Universitario en el Campus de Huesca/ Teruel. Análisis y prospectiva. 40. Planificación y Gestión de uso de las instalaciones deportivas (propias y ajenas). Los espacios y el material deportivo. Normativas de uso. 41. Los Procesos de Gestión en la dirección de una organización deportiva. 42. Las Instalaciones deportivas: características por tipologías, materiales, pavimentos y usos. 43. Los Planes de mantenimiento preventivo y correctivo en las instalaciones deportivas.

Escala: Oficiales de Instalaciones Deportivas

1. El Servicio de Actividades Deportivas de la Universidad de Zaragoza. Objetivos, estructura y organización.

2. Programas de Actividades y Servicios Deportivos en la Universidad de Zaragoza. Tipología y características fundamentales. 3. Las actividades deportivas de Competición. Instalaciones, equipamiento y materiales necesarios para la práctica y entrenamiento de los deportes mas extendidos en España. Reglamentación básica. 4. Las actividades físico-deportivas de mejora y mantenimiento de la condición física. Instalaciones, equipamientos y materiales necesarios para la práctica. Aspectos básicos de seguridad de los participantes. 5. Las actividades de recreación. Instalaciones, equipamientos y materiales necesarios para la práctica. Aspectos básicos de seguridad de los participantes. 6. Instalaciones deportivas. Campos pequeños: Tipos, características, equipamientos, usos y mantenimiento. 7. Instalaciones deportivas. Campos grandes: Tipos, características, equipamientos, usos y mantenimiento. 8. Locales anejos a las instalaciones deportivas: almacenes, vestuarios, duchas, sauna, etc. Uso, organización, distribución y control. Su conservación y mantenimiento. 9. Los pavimentos deportivos. Tipos, características y usos. Su conservación y mantenimiento. 10. El mantenimiento de las instalaciones deportivas. Preventivo y reparador de los sistemas de riego, agua caliente sanitaria, aireación e iluminación. 11. Maquinarias y utillaje de manejo habitual para el mantenimiento de las instalaciones deportivas. Tipo, características, usos, conservación y mantenimiento. 12. Seguridad e Higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y protección. Protección de máquinas. Protección personal. Actuaciones en casos de accidente. Primeros auxilios.

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ANEXO III

Declaración jurada/promesa

Don/doña ............................................................................, con domicilio en ........................................................................, municipio ............................, provincia de ................................., nacionalidad ............................, con documento nacional de identidad (pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad), número ......................, declara bajo juramento o promete, a efectos de exención de tasas, según art. 14 de la ley 55/99.

 No percibir rentas superiores, en computo mensual, al salario mínimo interprofesional.

....................., ......... de ..................... de ...............

Localidad (día) (mes) (año)

ANEXO IV Listado de adaptaciones compensatorias para las oposiciones y examenes en los que participen personas con necesidades especiales

 Ampliación del tiempo de examen.  Colocación en primeras filas.  Mesa adaptada para usuarios de sillas de ruedas.  Aumento del nivel de iluminación.  Preguntas de examen y folios ampliados en tamaño.  Preguntas de examen y folios en alto contraste.  Transcripción en sistema Braille.  Posibilidad de uso de máquinas de escribir en sistema Braille.  Posibilidad de uso de medios de ampliación de imagen.  Instrucciones generales e instrucciones durante las pruebas siempre escritas.  Disponibilidad de equipos de frecuencia modulada para personas con deficiencia auditiva.  Intérprete de lengua de signos.  Posibilidad de uso de ordenador e impresora u otras ayudas técnicas para la comunicación escrita.  Necesidad de alimentación eléctrica para ayudas técnicas para la comunicación. Otras.

ANEXO V Declaración jurada/promesa

Don/doña ............................................................................, con domicilio en ........................................................................, municipio ............................, provincia de ................................., nacionalidad ............................, con documento nacional de identidad (pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad), número ............................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado ..............................................................  (Para ciudadanos españoles) que no ha sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.  (Para ciudadanos extranjeros) que no ha sido sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

....................., ......... de ..................... de ...............

Localidad (día) (mes) (año

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