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Documento BOE-A-2008-571

Resolución de 26 diciembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se modifica la de 2 de abril de 2007, por la que se adjudican ayudas del programa de Formación de Profesorado Universitario, en el marco del Estatuto del personal investigador en formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 2008, páginas 2394 a 2395 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-571

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 31 de agosto de 2006 (BOE de 16 de septiembre), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se convocaron ayudas para becas y contratos en el marco del Estatuto del personal investigador, del Programa de Formación de Profesorado Universitario. Por Resoluciones de 2 de abril de 2007 (BOE de 27 de abril) y de 9 de agosto de 2007 (BOE de 30 de agosto), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se adjudicaron las ayudas de la anterior convocatoria, siendo denegadas o desestimadas las candidaturas no relacionadas en sus anexos. El solicitanteRoberto García Alonso recurrió en reposición la resolución de 2 de abril de 2007, al no estar conforme con la puntuaciones otorgadas y solicitando la revisión de las mismas. Examinadas de nuevo las puntuaciones se comprueba que existió un error en la ponderación de la nota media de su expediente académico, que debía ser de 2,38 puntos en vez de los 2,10 puntos inicialmente asignados. Con la nueva puntuación, la calificación total de la solicitud pasa a ser de 5,68 puntos, que supera la nota de corte establecida por la Comisión de Selección en el área científica Ciencias Sociales de 5,67 puntos. Por lo anterior, de conformidad con el apartado II.4.1 de la convocatoria y la Orden de 14 de enero de 2005, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, he resuelto:

Primero.-Conceder a don Roberto García Alonso la ayuda del programa nacional de la Formación de Profesorado Universitario con las siguientes características: Referencia: AP2006-00624.

Organismo de adscripción: Universidad Autónoma de Madrid. Fecha de inicio: 1 de enero de 2008.

Segundo.-La concesión de la ayuda se realiza con efectos de 1 de enero de 2008 y tendrá una duración máxima de cuarenta y ocho meses, sin perjuicio de los resultados de los informes de evaluación anuales y del período que pueda descontarse por otras becas y ayudas homologables disfrutadas con anterioridad, todo ello de acuerdo con el apartado I.3.1 de la convocatoria.

Tercero.-Las dotaciones de la ayuda son las indicadas en la resolución 25 de octubre de 2007 (BOE de 17 de noviembre), de convocatoria del programa para 2008. Cuarto.-El gasto resultante de la concesión por importe estimado de 75.871,42 €, será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado en los ejercicios y cuantías siguientes: ejercicio 2008 15.798,00 €, ejercicio 2009, 16.587,96 €, ejercicio 2010, por 21.742,73 y ejercicio 2011 por 21.742,73 €. Las cuantías correspondientes a la cuota empresarial a la Seguridad Social son las establecidas en la Orden TAS/31/2007, de 16 de enero para el ejercicio 2007 y estarán sujetas a modificación en función de los tipos de cotización que se establezcan por la Seguridad Social para los ejercicios posteriores. El gasto correspondiente a ejercicios futuros quedará supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los Presupuestos Generales del Estado. Quinto.-La presente ayuda se concede con los derechos y obligaciones para sus beneficiarios previstos en la resolución de convocatoria de 25 de octubre de 2007.

Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 26 de diciembre de 2007.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director General de Universidades, Javier Vidal García.

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