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Documento BOE-A-2008-4349

Orden DEF/587/2008, de 3 de marzo, que modifica la Orden 164/2001, de 27 de julio, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la escala superior de oficiales del Cuerpo Jurídico Militar.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 6 de marzo de 2008, páginas 13653 a 13654 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2008-4349

TEXTO ORIGINAL

La publicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, hace necesario revisar los temas relacionados con esta materia que afectan al programa de las pruebas de conocimiento de acceso al Cuerpo Jurídico Militar y, en concreto los correspondientes al de Derecho Administrativo en el que hay que realizar los ajustes necesarios para hacerlo concordar con la legislación en vigor. Por su parte, la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, determina la necesidad de contemplar el estudio y la aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres en las pruebas de acceso al empleo en los diversos ámbitos de la función pública. En su virtud y de acuerdo con las facultades conferidas en la disposición final primera del Real Decreto 1735/2000, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas, dispongo:

Apartado único. Modificación de la Orden 164/2001, de 27 de julio, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la escala superior de oficiales del Cuerpo Jurídico Militar, modificada por la Orden DEF/1024/2006, de 30 de marzo.

El apéndice B del anexo de la Orden 164/2001, de 27 de julio, queda modificado como sigue:

Uno. Se modifica la redacción del tema 31 de Derecho Civil (segunda parte) de la prueba de conocimientos de Derecho Civil, Derecho Penal y Derecho procesal, quedando redactado como sigue: «Tema 31. La ocupación: concepto, requisitos y especies. La usucapión: requisitos y efectos. Los modos de perder el dominio. Referencia a las adquisiciones "a non domino".»

Dos. Se amplía el temario de Derecho Constitucional de la prueba de conocimientos de Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Internacional Público, Derecho Laboral y Derecho Mercantil, con la inclusión de un nuevo Tema 22 con la siguiente redacción:

«Tema 22. Igualdad de género. Políticas y medidas para la igualdad de género. Normativa vigente en el ordenamiento nacional y comunitario. Plan de igualdad de género en la Administración General del Estado. Breve referencia a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.»

Tres. Los temas 9, 10, 11 y 12 del temario de Derecho Administrativo (primera parte), quedan sustituidos por los siguientes:

«Tema 9. Los contratos del sector público. Normativa vigente. Objeto y ámbito de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales y regulación general. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Régimen de invalidez, recursos y órganos de contratación. Capacidad y solvencia del empresario. Prohibiciones para contratar. Clasificación de las empresas. Registros de contratos y contratistas. Objeto, precio y cuantía del contrato. Garantías exigibles en la contratación del sector público.

Tema 10. Preparación de los contratos. Expediente de contratación. Los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Tema 11. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Las prerrogativas y derechos de la Administración. Ejecución y modificación de los contratos. Extinción, cesión y subcontratación. Normas especiales del contrato de obras y de concesión de obra pública. Tema 12. Normas especiales del contrato de gestión de servicios públicos, del contrato de suministro, del contrato de servicios y de colaboración entre sector público y privado. Órganos de asistencia en la contratación y órganos consultivos. Contratación en el extranjero. Contratos incluidos en el ámbito del artículo 296 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.»

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas aquellas disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de marzo de 2008.-El Ministro de Defensa, José Antonio Alonso Suárez.

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