Examinado el expediente incoado a instancia de Don Domingo Guinea Díaz, solicitando la inscripción de la Fundación para la Investigación y Desarrollo de Energías Alternativas, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por Don Domingo Guinea Díaz, en Madrid, el 23 de noviembre de 2007, según consta en la escritura pública número 3147, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Arganda del Rey (28500 Madrid), calle Monte Potrero, número 14, siendo su ámbito estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 €). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 50 por 100, mediante la aportación de la cantidad de quince mil quinientos euros (15.000 €) ingresada en entidad bancaria. El resto de la dotación se hará efectivo en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figura como finalidad de la Fundación la de crear y fomentar las condiciones necesarias para facilitar la consecución de todo tipo de proyectos técnicos y científicos relacionados con el desarrollo de las energías alternativas, el mejor aprovechamiento de los recursos energéticos y la preservación del medio ambiente, en particular aquellas relacionadas con la tecnología del hidrógeno y las pilas de combustible. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente, que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el patronato queda constituido por: Presidente: Don Domingo Guinea Díaz; Vicepresidente: Don Fernando Oroz Funes; Vocales: Don Eugenio Villanueva Martínez, Doña María del Carmen García-Alegre Sánchez y Don José Jurado Egea; Secretaria no patrono: Doña Eva Chinarro Martín. En la escritura de constitución consta la aceptación de los nombramientos como patronos y de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos jurídicos
Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.
Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, habiéndose emitido por el Protectorado del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.
Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación para la Investigación y Desarrollo de Energías Alternativas en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia. Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación para la Investigación y Desarrollo de Energías Alternativas, de ámbito estatal, con domicilio en Arganda del Rey (28500 Madrid), calle Monte Potrero, número 14, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.
Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 21 de enero de 2008.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.
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