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Documento BOE-A-2008-3795

Resolución de 11 de febrero de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se modifica la de 20 de junio de 2007, por la que se adjudican ayudas para estancias de profesores e investigadores españoles en centros de enseñanza superior e investigación extranjeros, o excepcionalmente españoles, incluido el programa Salvador de Madariaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2008, páginas 12167 a 12167 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-3795

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 4 de diciembre de 2006 (BOE del 14 de diciembre) se convocó el Programa de ayudas para la movilidad de profesores de universidad e investigadores españoles y extranjeros y ayudas para la contratación de jóvenes doctores extranjeros en universidades y centros de investigación españoles. Por resolución de 20 de junio de 2007 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se denegó la ayuda solicitada en la Modalidad A por D. Juan José Cruz Hernández para realizar una estancia de investigación en el extranjero. Una vez estimado positivamente el recurso de reposición interpuesto por D. Juan José Cruz Investigación contra la citada Resolución, y en virtud de la delegación de competencias efectuada por la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero (Boletín Oficial del Estado de 28 de enero), de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, he resuelto:

Primero.-Conceder la ayuda para Estancias de profesores e investigadores españoles en centros de enseñanza superior e investigación extranjeros, o excepcionalmente españoles, incluido el programa «Salvador de Madariaga» que figura en el Anexo de esta Resolución.

Segundo.-El gasto resultante, por un importe total de 20.500,00 € (veinte mil quinientos euros) será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A. 781, con cargo al ejercicio 2008. El gasto correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los presupuestos generales del Estado. Tercero.-Esta ayuda estará exenta de retención en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de conformidad con lo establecido en el artículo 7.j) del Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE del 10 de marzo de 2004). Cuarto.-Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en los apartados A.6 y A.8 de la Resolución de 4 de diciembre de 2006, de convocatoria del Programa. Los incumplimientos de dichas obligaciones podrán dar lugar a la revocación de la ayuda concedida, parcial o totalmente, en los términos recogidos en el punto 8 de la citada resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 11 de febrero de 2008.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director General de Universidades, Javier Vidal García.

ANEXO

Apellidos y nombre: Cruz Hernández, Juan José. Referencia: PR2007-0200. Fecha de inicio: 2008-04-01. Fecha de fin: 2008-09-30. Organismo de destino: Universidad de Indiana. País: Estados Unidos. Dotación mensual: 3.000. Ayuda gastos traslado e instalación: 2.500. Importe 2008: 20.500,00.

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