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Documento BOE-A-2008-3357

Resolución de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunitat Valenciana, para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos Rutas literarias, Escuelas viajeras y Rutas científicas durante 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 2008, páginas 10772 a 10776 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-3357

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunitat Valenciana han suscrito un Convenio de colaboración para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos Rutas literarias, Escuelas viajeras y Rutas científicas durante 2007, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 17 de diciembre de 2007.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNITAT VALENCIANA, PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS DE RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS Y RUTAS CIENTÍFICAS DURANTE 2007

Reunidos

De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación y Ciencia, en virtud del Real Decreto 464/2006, de 10 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, el Honorable señor Alejandro Font de Mora Turón, Conseller de Educación de la Generalitat, con competencias en la materia, según el Decreto 7/2007, del President de la Generalitat, y el Decreto 118/2007, de 27 de julio, del Consell, que ratificará con posterioridad el presente convenio. Reconociéndose que ostentan capacidad para formular el presente convenio,

Exponen

Que el artículo 149.1.30) de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en su artículo 53, dispone que es de competencia exclusiva de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo que disponen el artículo 27 de la Constitución Española y las Leyes Orgánicas que, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 81 de aquélla, lo desarrollan, de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española, y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía. Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación encomienda al Estado la promoción de programas de cooperación territorial dirigidos a alcanzar objetivos educativos de carácter general, a favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como a contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. La Ley determina, asimismo, que los referidos programas podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos con las diferentes Administraciones educativas competentes. Que de conformidad con esta normativa, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat han venido colaborando desde hace años en diversos programas de cooperación territorial. En el año 2007, esta colaboración se extenderá a los siguientes programas:

Rutas Literarias,

Escuelas Viajeras y Rutas Científicas.

Para poder realizar estos Programas, se hace preciso articular la colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat en dicho año 2007.

Consecuentemente con todo lo anterior, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio para la ejecución de dichos Programas conforme a las siguientes

Cláusulas

Primera. Objeto del convenio.-Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo, para llevar a cabo los Programas de Cooperación Territorial para alumnado de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras y Rutas Científicas durante el año 2007.

Segunda. Desarrollo de los programas.-El Ministerio de Educación y Ciencia convocará en régimen de concurrencia competitiva ayudas para participar en los programas que se relacionan en la cláusula anterior. Estas ayudas se librarán una vez resueltas las citadas convocatorias. Asimismo, contratará la organización y prestación del transporte durante el desarrollo de los programas de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras y Rutas Científicas y el seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes en todos los programas. La Generalitat por su parte, difundirá entre los centros docentes la oferta de los programas. Asimismo, efectuará la selección de los grupos participantes de su Comunidad de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria. Del mismo modo, la Generalitat llevará a cabo la organización de estos programas en su Comunidad. Las alumnas y alumnos participarán en las actividades acompañados por profesorado del que le imparte clase habitualmente, en el número que se establezca en la correspondiente convocatoria, que preparará la actividad previamente con el alumnado, velará por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y será responsable de su alumnado. Todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto de 2007 recogidos en el presente convenio están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes. Por parte del Ministerio de Educación y Ciencia las aportaciones en 2007 ascenderán a un máximo de 85.822,30 euros con el desglose por programas que se indica a continuación. Por parte de la Generalitat las aportaciones económicas ascenderán a un máximo de 75.279,90 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 09.02.01.421.30.2 de los presupuestos de la Generalitat para 2007.

1. Rutas literarias

Descripción del programa

El programa de Rutas literarias consiste en que alumnas y alumnos de 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunitat Valenciana realicen un itinerario educativo por otra Comunidad Autónoma que girará en torno a un libro o un personaje, una autora o autor relevante sobre quien hayan trabajado en sus centros. La participación del alumnado procedente de la Comunitat Valenciana consistirá en que grupos de 26 personas compuestos por dos profesoras o profesores y de veinte a veinticuatro alumnas o alumnos que cursen estudios de 3.º y 4.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria recorrerán los itinerarios del Programa educativo Rutas Literarias establecidos en otras Comunidades Autónomas. A estos efectos, la Generalitat seleccionará al alumnado y al profesorado acompañantes y remitirá los listados y datos necesarios al Ministerio de Educación y Ciencia. La selección se efectuará teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia al alumnado con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, tendrá preferencia el alumnado proveniente de zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. Las alumnas y alumnos estarán acompañados por uno o dos profesoras o profesores de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con el alumnado, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de los mismos. A propuesta de la Conselleria de Educación, el Ministerio de Educación y Ciencia fijará el itinerario y fechas concretas de participación del alumnado procedente de la Comunitat Valenciana, en función de la distribución prevista en la convocatoria de ayudas correspondiente. La Conselleria de Educación, teniendo en cuenta las instrucciones emitidas al efecto por el Ministerio de Educación y Ciencia, garantizará la coordinación necesaria para que el profesorado acompañante procedente de la Comunitat Valenciana desarrolle sus cometidos a lo largo del itinerario que se recorra. A estos efectos, le informará de los aspectos educativos del programa y de las medidas necesarias para la guarda y custodia del alumnado, así como de cualesquiera otras medidas precisas para su realización. Por otro lado, alumnas y alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas realizarán un itinerario por la ruta establecida en la Comunitat Valenciana. La Conselleria de Educación, en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, diseñará la misma, proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos a los servicios correspondientes de las restantes Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la debida coordinación en el desarrollo del Programa educativo Rutas Literarias. El Ministerio de Educación y Ciencia ofrecerá el recorrido del itinerario diseñado en la Comunitat Valenciana al alumnado de otras Comunidades Autónomas. La Ruta Literaria tendrá una duración de una semana, girará en torno a un libro, personaje o autor, y tendrá como objetivo ofrecer a las alumnas y alumnos que la recorran un mejor conocimiento de la historia, de la realidad social, cultural, lingüística y natural de la Comunitat Valenciana. La Conselleria de Educación se encargará expresamente de supervisar los trabajos y tareas de coordinación del programa y remitirá a los centros seleccionados para participar en su Ruta Literaria, previamente a su participación, el diseño del mismo, y organizará el recorrido en autocar de acuerdo con los contenidos establecidos. El recorrido diario del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar al alumnado largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades de financiación. Para el curso 2006-2007, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

Alumnado y profesorado participante: Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de la Comunitat Valenciana que participarán en el Programa: 2 grupos.

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta literaria» de la Comunitat Valenciana: 2 grupos.

Recursos financieros:

Aportaciones para el desarrollo del Programa: A. Por parte del Ministerio de Educación y Ciencia: a) Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnado y profesorado participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la «Ruta literaria» establecida en la Comunitat Valenciana.

Total aportación M.E.C., en euros: 11.755,20. b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, libra a la Comunitat Valenciana las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquella en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, que ascienden a un total de 5.262,00 euros.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante el curso 2006/2007, por Orden de 27 de diciembre de 2006. La Generalitat ingresa el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilita el crédito recibido en su presupuesto de 2007, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B. Por parte de la Generalitat: Los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación de los grupos de alumnado y profesorado que recorran la Ruta de la Comunitat Valenciana) han sido sufragados con cargo a los créditos propios de la Conselleria de Educación por la cuantía de 17.017,20 euros, de la aplicación presupuestaria 09.02.01.421.30.2 de los presupuestos de la Generalitat para 2007.

2. Escuelas viajeras

Descripción del programa

El Programa Escuelas Viajeras consiste en que grupos de 12 a 15 alumnos de 5.º y 6.º de Educación Primaria, acompañados de su profesor, procedentes de centros de la Comunitat Valenciana, recorran las rutas de Escuelas Viajeras establecidas en otras Comunidades Autónomas. A estos efectos, la Conselleria de Educación seleccionará al alumnado y profesorado acompañante y remitirá los listados y datos necesarios al Ministerio de Educación y Ciencia. La selección del alumnado se efectuará teniendo en cuenta las características socioeconómicas de la zona en que se encuentre ubicado el centro docente, a fin de dar oportunidad al alumnado con menores posibilidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales, o ambientales, y en este sentido, tendrán preferencia las alumnas y alumnos procedentes de zonas rurales, suburbiales y cinturones periféricos. Las alumnas y alumnos estarán acompañados por una profesora o profesor, de los que les imparten clase habitualmente, que velará por el aprovechamiento didáctico y pedagógico del programa y será responsable de su alumnado. El Ministerio de Educación y Ciencia concederá ayudas para la preparación de la actividad y el desplazamiento a los grupos procedentes de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo establecido en la Orden de convocatoria de ayudas. A propuesta de la Conselleria de Educación, el Ministerio de Educación y Ciencia fijará la ruta y fecha concreta de participación, del alumnado procedente de la Comunitat Valenciana, en función de la distribución prevista en la convocatoria de ayudas correspondiente. La Conselleria de Educación, teniendo en cuenta las instrucciones emitidas al efecto por el Ministerio de Educación y Ciencia, garantizará la coordinación necesaria para que el profesorado acompañante procedente de la Comunitat Valenciana desarrolle sus cometidos a lo largo de la ruta que se recorra. A estos efectos, le informará de los aspectos educativos del programa y de las medidas necesarias para la guarda y custodia del alumnado, así como de cualesquiera otras medidas precisas para su realización. Por otro lado, alumnas y alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas realizarán un itinerario por la ruta establecida por la Comunitat Valenciana. El Ministerio de Educación y Ciencia ofrecerá el recorrido de la Ruta de la Comunitat Valenciana a las demás Comunidades Autónomas para que alumnado procedente de las mismas puedan realizar su recorrido. El Ministerio colaborará con los servicios competentes de la Conselleria de Educación en el diseño de la ruta, proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos de las rutas a efectuar con el fin de garantizar la debida coordinación en el desarrollo del Programa Escuelas Viajeras. La ruta tendrá una duración de una semana, diseñada en torno a «Centros de interés», cuya finalidad consistirá en ofrecer a las alumnas y alumnos que la recorran un mejor conocimiento de la realidad social, cultural, lingüística y del medio natural de la Comunitat Valenciana. En el diseño de la ruta se procurará incluir encuentros con alumnado del mismo nivel que curse estudios en centros de la Comunitat Valenciana. El recorrido diario de la ruta de la Comunitat Valenciana no deberá sobrepasar los 250 kilómetros/día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar al alumnado largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades de financiación. La Conselleria de Educación se encargará expresamente de supervisar los trabajos y tareas de coordinación de la ruta de la Comunitat Valenciana, remitirá a los centros, previamente a su participación el diseño de la misma, y organizará los correspondientes traslados entre el centro de residencia y el de cabecera u otro adecuado a tal fin, así como el recorrido en autocar u otro medio de transporte. De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa de Escuelas Viajeras se desarrollará durante el año 2007 con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

Alumnado y profesorado participante: Número de grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor procedentes de la Comunitat Valenciana que participarán en otra ruta: 32.

Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la ruta de la Comunitat Valenciana: 21.

Recursos financieros:

A. El Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.482 del año 2007 financiará los siguientes gastos: 1. Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnado y profesorado participantes en la ruta de la Comunitat Valenciana (en euros): Etapa de primavera: 10.965,40.

Etapa de otoño: 8.224,05.

Para sufragar gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta (en euros)

Etapa de primavera: 1.043,00.

Etapa de otoño: 782,25.

Total aportación M.E.C. Ruta de la Comunitat Valenciana (en euros): 21.014,70. 2. Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, librará a la Generalitat Valenciana las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, que ascienden a un total de 57.924,00 euros.

Los gastos de la ruta de primavera no suponen coste para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas parcialmente las ayudas para participar en el programa por Orden de 27 de diciembre de 2006. Los gastos de la ruta de otoño y las ayudas para preparación y desplazamiento a los centros que participan en primavera y otoño, se financian por el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los presupuestos de 2007.

B. Por parte de la Generalitat: Los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la Ruta de la Comunitat Valenciana) han sido sufragados con cargo a los créditos propios de la Conselleria de Educación por la cuantía de 21.014,70 euros, de la aplicación presupuestaria 09.02.01.421.30.2 de los presupuestos de la Generalitat para 2007.

Los gastos derivados de la preparación de la actividad y desplazamiento desde la ciudad de origen hasta aquella en que se inicie la ruta asignada se imputarán a la partida presupuestaria 09.02.01.422.20.4, línea de subvención T6605000 por la cantidad de 57.924,00 euros, de los presupuestos de la Generalitat para 2007.

3. Rutas científicas

Descripción del programa

El programa «Rutas científicas» consiste en que grupos compuestos por 2 profesoras o profesores y 20 a 24 alumnas o alumnos que cursen estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en centros públicos ordinarios de la Comunitat Valenciana, recorran los itinerarios del Programa educativo «Rutas científicas» establecidos en otras Comunidades Autónomas. Durante la actividad las alumnas y alumnos de la Comunitat Valenciana convivirán con alumnado procedente de otras Comunidades Autónomas. Por su parte, grupos procedentes de otras Comunidades y Ciudades Autónomas recorrerán la «Ruta Científica» de la Comunitat Valenciana. La «Ruta Científica» tendrá una duración de una semana, girará en torno a distintos temas de interés científico y tendrá como objetivo complementar la formación que se imparte en el aula, ofreciendo a las alumnas y alumnos que la recorran un mejor conocimiento de la Comunitat Valenciana. El programa de 2007 se desarrolla en la primavera del curso 2006/2007 y el otoño del curso 2007/2008.

Compromisos de las partes:

Corresponderá al Ministerio de Educación y Ciencia: 1. Asegurar, mediante la cofinanciación con la Generalitat, el alojamiento, manutención y desarrollo de las actividades de los participantes.

2. Coordinar y supervisar las actividades relacionadas con el desarrollo del programa, elaborando las oportunas instrucciones para la participación. 3. Determinar el itinerario y fechas concretas de participación del alumnado procedente de la Comunitat Valenciana, en función de la distribución prevista en la convocatoria de ayudas.

Corresponderá a la Generalitat:

1. Diseñar en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, la «Ruta científica», proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos a las restantes Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la debida coordinación en su desarrollo.

2. Asegurar, mediante la cofinanciación del Ministerio de Educación y Ciencia, el alojamiento, manutención y desarrollo de las actividades de los participantes. 3. Poner a disposición del programa un coordinador responsable tanto de la participación de los grupos procedentes de otras comunidades y ciudades autónomas, como de los grupos de la Comunitat Valenciana. 4. Poner a disposición del programa el personal de apoyo que resulte necesario, que, como mínimo, incluirá un responsable que acompañará a los grupos durante el desarrollo de todas las actividades. 5. Adoptar las medidas que resulten necesarias para garantizar el correcto desenvolvimiento de las actividades ya sean las visitas programadas, el transporte durante la ruta, que en ningún caso deberá sobrepasar los 250 kms de recorrido o las diez horas de duración, etc. 6. Seleccionar, de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y Ciencia, los grupos de su Comunidad que participarán en el programa.

Alumnado y profesorado participante:

Etapa de primavera (curso 2006/2007): Número de grupos de la Comunitat Valenciana que participarán en otra «Ruta científica»: 2.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunitat Valenciana: 2.

Etapa de otoño (curso 2007/2008):

Número de grupos de la Comunitat Valenciana que participarán en otra «Ruta científica»: 2.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunitat Valenciana: 2.

Recursos financieros:

A. Por parte del Ministerio de Educación y Ciencia: a) Gastos del programa de la «Ruta científica» de la Comunitat Valenciana: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnado y profesorado participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad. Etapa de primavera: 13.000,00 euros.

Etapa de otoño: 13.000,00 euros. Total en euros: 26.000,00.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con las convocatorias de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, libra a la Generalitat el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta científica» asignada, que ascienden a un máximo de:

Etapa de primavera: 5.356,00 euros.

Etapa de otoño: 5.892,00 euros.

Total aportaciones del MEC hasta un máximo de 37.248,00 euros.

Los gastos y ayudas de la campaña de primavera no suponen coste para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Científicas» durante el curso 2006/2007, por Orden de 22 de diciembre de 2006. La Generalitat ingresó el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilitó el crédito recibido en su presupuesto de 2007, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas. Las ayudas de la campaña de otoño se financiarán por el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los presupuestos de 2007.

B. Por parte de la Generalitat: Los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnado y profesorado que recorran la ruta de la Comunitat Valenciana) han sido sufragados con cargo a los créditos propios de la Conselleria de Educación por la cuantía de 37.248,00 euros, de la aplicación presupuestaria 09.02.01.421.30.2 de los presupuestos de la Generalitat para 2007. Tercera. Justificación.-La Generalitat justificará los libramientos efectuados en aplicación del presente convenio mediante la presentación de la documentación especificada y en los plazos establecidos en la correspondiente convocatoria debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas en la normativa vigente.

Cuarta. Comisión mixta.

1. Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión Mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por la Generalitat, a propuesta del titular de la Conselleria que tenga atribuidas las competencias en materia de educación, dos por el Ministerio de Educación y Ciencia, y uno por la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana que actuará en representación de la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana.

2. Corresponde a la Comisión Mixta realizar la evaluación de los programas a que se refiere el presente convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos. 3. La Comisión Mixta se reunirá cuando una de las partes lo solicite.

Quinta. Difusión.-Ambos firmantes se comprometen a hacer constar la participación de la otra parte en la difusión en cualquier ámbito de los programas a que se refiere el presente convenio.

Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por la Generalitat por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y Ciencia y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación y Ciencia». Del mismo modo, las publicaciones y notificaciones del Ministerio de Educación y Ciencia contendrán la mención expresa «Programa cofinanciado por las Comunidades Autónomas». Sexta. Vigencia.-El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente al de su suscripción, teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007, pudiendo prorrogarse para años sucesivos, siempre que no se proponga su revisión o denuncia con una antelación mínima de un mes antes del término de su vigencia.

En caso de prórroga, se incorporará un Anexo al presente Convenio, en el que se especificarán las aportaciones de cada una de las partes para el año de que se trate.

Madrid, 4 de diciembre de 2007.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Conselleria de Educación, Alejandro Font de Mora Turón.

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