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Documento BOE-A-2008-3355

Resolución de 21 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para el Plan de apoyo a la implantación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 2008, páginas 10766 a 10770 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-3355

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, han suscrito un Convenio de colaboración para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 21 de diciembre de 2007.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA EL PLAN DE APOYO A LA IMPLANTACIÓN DE LA LOE

En Madrid, a 19 de diciembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte la Sra. D.ª Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación y Ciencia, nombrada por Real Decreto 464/2006, de 10 de abril (B.O.E. n.º, 86 de 11 de abril de 2006), en virtud de la competencia que le confiere el Art. 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (B.O.E. de 15 de abril de 1997). De otra parte, el Ilmo. Sr. D. José Luis Iglesias Riopedre, Consejero de Educación y Ciencia, en virtud del Decreto 15/2007 (BOPA de 13 de julio de 2007), en representación del Principado de Asturias, facultado para la firma del presente Convenio, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el día doce de diciembre de 2007. Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

1.º Que el artículo 27 de la Constitución Española establece el derecho de todos a la educación y asigna a los poderes públicos la obligación de garantizar este derecho. Actualmente este derecho a la educación solo puede entenderse en el sentido de que la educación que reciben los niños y jóvenes ha de alcanzar unos niveles altos de calidad, independientemente de las condiciones sociales, culturales y económicas de la familia y del entorno. 2.º Que el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, dispone en su artículo 18, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía. 3.º Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) establece que el Estado promoverá programas de cooperación territorial con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general y reforzar las competencias básicas, mediante convenios o acuerdos con las Comunidades Autónomas. 4.º Que la Memoria Económica de la Ley Orgánica, de 3 de mayo, de Educación (LOE) prevé que a lo largo del período de implantación de la Ley se dispondrá de asignaciones específicas para el apoyo a actuaciones directamente derivadas de las nuevas previsiones normativas. Dentro de estas previsiones se encuentran las actuaciones siguientes:

La gratuidad del segundo ciclo de Educación infantil, finalidad a la que se destina en el año 2007 la cantidad de 285.995.000 euros.

El incremento de los fondos destinados a becas y ayudas al estudio. Del incremento producido en el año 2007 alrededor de 91 millones de euros corresponden a la enseñanza no universitaria. La atención a la población escolar de integración tardía al sistema, que recibe un apoyo específico a través del Fondo para la atención escolar a la población inmigrante, gestionado por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y que este año supone una cantidad próxima a los 100 millones de euros. La atención a centros y alumnos con dificultades, a través del Plan PROA, al que se destina en este ejercicio 30.689.200 euros. Las bibliotecas escolares, disponen asimismo de financiación independiente, que continuará en este ejercicio con una asignación de 9.000.000 euros. La integración de las tecnologías de la información y la comunicación, que se refuerzan a través del programa Internet en el aula, con una aportación en este ejercicio también de 95.000.000 euros.

5.º Que además de estas acciones, los Presupuestos Generales del Estado para 2006 y para 2007 han recogido una partida presupuestaria específica para la suscripción de convenios con las administraciones educativas autonómicas. En el año 2006 esta partida, de 14.834 miles de euros, se destinó a la puesta en marcha del programa PALE, para el apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras.

6.º Que en el año 2007, año en el que comienza la implantación de las previsiones contempladas en la Ley, procede ampliar la finalidad de esta partida, incorporando otros programas que adquieren sentido por haberse aprobado ya las normas básicas sobre enseñanzas mínimas y ponerse en marcha las nuevas enseñanzas. 7.º Que el Consejo de Ministros del día 30 de marzo de 2007 adoptó el Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas así como la distribución resultante, para el año 2007, acordados en el seno de la Comisión General de Educación de la Conferencia Sectorial de Educación, de un crédito de 56.963.800 euros para programas del plan de apoyo a la implantación de la Ley Orgánica de Educación.

Consecuentemente, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad del Principado de Asturias, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios para apoyar las actuaciones con relación a los siguientes programas:

1. Formación del profesorado en aspectos generales de la LOE, en programas o áreas específicas que se han incorporado al currículo o que sufren modificaciones de mayor envergadura.

2. Apoyo a la implantación de la enseñanza y el aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE), 3. Mejora del éxito escolar. 4. Dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización.

Segunda. Descripción de las actuaciones.-Las actuaciones acogidas al presente Convenio se llevarán a cabo a lo largo del curso 2007-2008 y de acuerdo con la descripción de los Programas que se incluye en el Anexo del mismo.

Tercera. Aportaciones económicas.-El Ministerio de Educación y Ciencia aportará a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias la cantidad total de 920.678 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE en dicha Comunidad, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.322B.451 del vigente presupuesto del Ministerio de Educación y Ciencia. El Principado de Asturias aportará la cantidad total de 1.381.017 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, distribuida entre los ejercicios 2007 y 2008, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma. Cuarta. Destino y distribución de los fondos económicos.

305.705 euros para programas de formación del profesorado en aspectos generales de la LOE de los cuales, el Ministerio de Educación y Ciencia aportará 122.282 euros y el Principado de Asturias 183.423 €.

550.000 euros para programas de apoyo a la implantación de la enseñanza y el aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE) de los cuales, el Ministerio de Educación y Ciencia aportará 220.000 euros el Principado de Asturias 330.000 €. 1.212.448 euros para programas de mejora del éxito escolar de los cuales, el Ministerio de Educación y Ciencia aportará 484.979 euros el Principado de Asturias 727.469 €. 233.542 euros para programas dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización de los cuales, el Ministerio de Educación y Ciencia aportará 93.417 euros el Principado de Asturias 140.125 €.

Quinta. Pago.-El Ministerio de Educación y Ciencia procederá a transferir a la Comunidad del Principado de Asturias la aportación económica señalada en la cláusula tercera, a la firma del presente Convenio.

A efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma reunirá la documentación correspondiente al desarrollo de las actuaciones objeto de este Convenio y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las Comunidades Autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre de la Ley General Presupuestaria. Sexta. Financiación por el Fondo Social Europeo.-Dado que los programas de mejora del éxito escolar y los dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización, dirigidos al alumnado de la Educación secundaria obligatoria, se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educación y Ciencia desarrolla, la Consejería de Educación y Ciencia deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió el convenio en los programas dirigidos al alumnado de Educación secundaria obligatoria así como la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo deberá incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo. De acuerdo con el Reglamento (CE) N.º 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 y el Reglamento N.º 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de Educación secundaria obligatoria objeto de esta adenda (relación de actuaciones, listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, etc.) con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo. Séptima. Información y difusión.-La Comunidad del Principado de Asturias hará constar la aportación del Estado en todas las manifestaciones públicas relacionadas a estos programas. En particular, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y Ciencia y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación y Ciencia». Octava. Comisión mixta de Seguimiento.-A fin de realizar el seguimiento y evaluación de los resultados derivados de las aportaciones del Estado en el año 2007, así como la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias, dos por el Ministerio de Educación y Ciencia, y uno por la Delegación del Gobierno del Principado de Asturias, que actuará en representación del Gobierno en dicha Comunidad. En el seno de la Comisión de Seguimiento, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias informará de la puesta en marcha de las actuaciones llevadas a cabo en dicha Comunidad y proporcionará al Ministerio de Educación y Ciencia documentación que justifique el destino de los fondos y los criterios de su distribución, la relación de centros o aulas a los que han ido destinadas las aportaciones económicas señaladas en la cláusula tercera de este Convenio y todo lo relacionado sobre el cumplimiento del convenio Novena. Vigencia y resolución.-El presente Convenio tendrá vigencia desde el día de la firma hasta el 31 de agosto de 2008, pudiendo ser renovado o modificado, con carácter expreso, mediante documento al efecto. El presente Convenio tendrá vigencia con carácter retroactivo desde el día 1 de julio de 2007, exclusivamente a los efectos de las aportaciones económicas de la Comunidad del Principado de Asturias previstas para el ejercicio 2007 en la cláusula tercera, y de las actuaciones que de las mismas se deriven entre las descritas en el Anexo al convenio. Además de la expiración de su plazo de vigencia, serán causas de extinción del convenio:

1. El mutuo acuerdo de las partes.

2. La denuncia del convenio por cualquiera de las partes como consecuencia del incumplimiento de sus cláusulas por la otra parte.

Décima. Naturaleza y jurisdicción.-El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente convenio que no queden solventadas por la comisión prevista en la cláusula octava serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por el Principado de Asturias, El Consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.

ANEXO

Fichas de cada programa.

1. Formación del profesorado.

2. Programa de apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras. 3. Programa para la mejora del éxito escolar. 4. Programa para disminuir el abandono temprano de la escolarización.

Programa: Formación del profesorado

Descripción de las actuaciones:

1. Formación del profesorado en Competencias Básicas.

2. Formación del profesorado en materia de evaluación. 3. Formación del profesorado de lengua castellana (Primaria y Secundaria). 4. Formación del profesorado en Educación para la Ciudadanía. 5. Formación del profesorado del primer ciclo de Educación Infantil. 6. Formación del profesorado de música (Secundaria)

Objetivos que se pretenden alcanzar:

1. Formar al profesorado en aspectos generales de la LOE, pero más específicamente en lo relacionado con las competencias básicas y la evaluación de diagnóstico.

2. Garantizar la formación de un n.º determinado de personas para que puedan impartir las nuevas materias que se han incorporado al currículo o que sufren modificaciones de mayor envergadura.

Actividades que se han de desarrollar

Ámbito

Descripción

Acciones

Competencias básicas.

Acciones formativas sobre el conocimiento de las competencias básicas recogidas en los currículos, la contribución de las distintas áreas y materias a su adquisición, planteamientos metodológicos de ellas derivados y su correspondiente evaluación.

20 Cursos. 7 Grupos de Trabajo y Seminarios.

Formación del personal técnico docente de los Servicios Centrales y de los Centros del Profesorado y de Recursos sobre competencias básicas.

1 Curso y 1 Seminario.

Evaluación.

Programa de formación y asesoramiento a los centros con proyectos de autoevaluación y mejora

36 Grupos de Trabajo de centro. 1 Curso formación coordinadores y coordinadoras de los Proyectos.

Formación para la aplicación de las pruebas de evaluación diagnóstica.

Cursos específicos y prácticos de formación de equipos directivos. Jornada de difusión para los centros de secundaria.

Lengua Castellana en Educación Primaria y Secundaria

Acciones formativas destinadas al profesorado especialista de lengua castellana de educación secundaria y a los tutores y tutoras de educación primaria.

9 Cursos.

Educación para la Ciudadanía

Acciones formativas destinadas al profesorado que imparte educación para la ciudadanía

3 Cursos. 2 Seminarios.

Primer ciclo de Educación Infantil.

Itinerario formativo destinados al personal docente que trabaja en los centros públicos del primer ciclo de educación infantil.

1 Seminario Regional. 2 Seminarios de zona. 24 Grupos de trabajo y seminarios de centro. 4 Cursos.

Música en Secundaria.

Actuaciones formativas destinadas al profesorado de música de educación secundaria.

4 Cursos. 1 Grupo de Trabajo.

Ciencias para el mundo contemporáneo

Actuaciones formativas destinadas al profesorado de Ciencias para el mundo contemporáneo (bachillerato).

1 Curso.

Población a la que se dirige:

1. Asesores técnicos docentes de la red de formación del profesorado.

2. Equipos directivos. 3. Maestros de enseñanza Primaria. 4. Profesores de enseñanza Secundaria. 5. Docentes del primer ciclo de educación infantil.

Distribución territorial: En los ámbitos geográficos de los 7 Centros del profesorado y de Recursos (CPR).

Horizonte temporal de ejecución:

Curso 2007/2008.

Coste: 305.705 €.

Financiación:

MEC: 122.282 €. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 183.423 €. Aplicación presupuestaria: 15.03.421B 229.

Entidad ejecutora: Servicio de Formación del Profesorado, Innovación y Tecnologías Educativas.

Centros del Profesorado y de Recursos.

Unidad administrativa responsable: Servicio de Formación del Profesorado, Innovación y Tecnologías Educativas.

Indicadores cuantitativos

Ámbito

Actividades

Horas

Plazas primaria

Plazas secundaria

Plazas infantil

Total plazas ofertadas

Competencias básicas

31

785

645

455

1100

Evaluación

37

1440

240

320

560

Lengua castellana

7

205

115

105

220

Educación Ciudadanía

5

150

20

90

110

Primer ciclo Educación Infantil

31

832

0

0

578

578

Música secundaria

5

110

0

125

0

125

Ciencias del Mundo Contemporáneo

1

40

0

35

0

35

Totales

117

3562

1020

1130

578

2728

Programa de apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE)

Descripción de las actuaciones:

1. Formación del profesorado, implicado en la enseñanza de lenguas extranjeras en los diferentes niveles educativos: a) Profesorado de educación primaria especialista en lengua extrajera que imparta el idioma en dicha etapa.

b) Profesorado que imparte docencia en educación infantil y participa en la implantación temprana de la enseñanza de la Lengua Extranjera. c) Profesorado de Educación Primaria y Secundaria no especialista en idioma extranjero que participa en proyectos lingüísticos innovadores: Secciones bilingües, Programas de educación bilingüe, AICLE, PEL, etc. La modalidad formativa preferente será la de un itinerario de formación intensivo de, al menos, 200 horas en el que se revitalicen y profundicen contenidos y aspectos lingüísticos ya adquiridos, se avance en la adquisición de un nivel de competencia lingüística superior y se tenga ocasión de aplicar al propio contexto todo lo adquirido fomentando el trabajo cooperativo con otros colegas en las mismas o parecidas circunstancias. En dicho itinerario existirá además una estancia de al menos dos semanas, en un país cuya lengua oficial sea la del idioma correspondiente a la formación, para la inmersión lingüística y cultural que favorezca las competencias orales y la comprensión de factores socio-culturales ligados a la citada lengua.

2. Incremento de auxiliares de conversación a disposición de los centros educativos, priorizando la adjudicación entre aquéllos que impartan enseñanza bilingüe, tanto en Primaria como en Secundaria.

Objetivos que se pretenden alcanzar: 1. Mejorar la competencia lingüística (inglés) del profesorado especialista de Primaria

2. Mejorar la competencia lingüística del profesorado en programas de enseñanza de contenidos en una lengua extranjera (inglés/francés). 3. Proporcionar apoyo lingüístico al profesorado y al alumnado con colaboradores nativos (Auxiliares de conversación).

Actividades que se han de desarrollar:

1. 1 itinerario formativo (inglés) (fases A, B, C) para grupo de profesores de Secundaria, de materia no lingüística.

2. 1 itinerario formativo (francés) (fases A, B, C) para grupo de profesores de Secundaria, de materia no lingüística 3. 1 itinerario formativo (inglés) (fases A, B, C) para grupo de profesores de Primaria especialistas en inglés. 4. Cuatro cursos de formación sobre los recursos digitales en Red para la enseñanza aprendizaje de lenguas Extranjeras. 5. 33 Actividades específicas incluidas en el Plan de formación del profesorado en el marco de la línea prioritaria de formación de lenguas extranjeras tanto del profesorado especialista como del no especialista. 6. Incremento de 48 auxiliares de conversación como apoyo al proceso de enseñanza -aprendizaje de lenguas extranjeras.

Población a la que se dirige:

1. Profesorado de Primaria especialista en inglés

2. Profesorado en programas de enseñanza de contenidos en lengua extranjera.

Distribución territorial:

En los ámbitos geográficos de los 7 Centros del profesorado y de Recursos (CPR).

Para los itinerarios formativos: CPR de Oviedo, Gijón, Avilés y Nalón Caudal.

Horizonte temporal de ejecución: Curso 2007/2008.

Coste: 550.000 euros. Financiación:

MEC: 220.000 €. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 330.000 €. Varias aplicaciones presupuestarias.

Entidad ejecutora:

Servicio de Formación del Profesorado, Innovación y Tecnologías Educativas.

Centros del Profesorado y de Recursos Universidad de Oviedo.

Unidad administrativa responsable: Servicio de Formación del Profesorado, Innovación y Tecnologías Educativas.

Indicadores cuantitativos

Ámbito

Actividades

Horas

Plazas primaria

Plazas ESO

Plazas infantil

Total plazas ofertadas

Itinerarios Formativos

3

600

15

30

45

Formación en lenguas extranjeras.

33

978

464

370

834

Cursos de formación sobre materiales en la Red

4

40

40

40

80

Totales

40

1618

519

440

0

959

Ámbito

Número auxiliares

Horas anuales

Primaria

ESO

Auxiliares conversación.

48

16.800

23

25

Programa para la mejora del éxito escolar

Descripción de las actuaciones:

1. Implantación de medidas de atención a la diversidad para proporcionar al alumnado una educación adecuada a sus características y necesidades permitiendo a los centros educativos la adopción de medidas organizativas y curriculares que resulten más adecuadas a las características de su alumnado, de manera flexible y en uso de su autonomía pedagógica.

2. Desarrollo de iniciativas para favorecer la implicación de las familias en la co-responsabilidad del éxito escolar de sus hijos e hijas, junto con el profesorado, los centros docentes y las Administraciones educativas. 3. Refuerzo diagnóstico y detección temprana de las dificultades de aprendizaje para la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten las dificultades en educación primaria. 4. Apoyo y asesoramiento en los procesos de mejora de los resultados de los centros educativos.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

1. Incrementar en 2 puntos porcentuales la actual tasa bruta de titulación en ESO, situada en torno al 86%.

2. Involucrar a las familias en el éxito escolar de sus hijos e hijas, promoviendo la corresponsabilidad y la participación efectiva en los procesos de enseñanza aprendizaje. 3. Diagnosticar precozmente las dificultades de aprendizaje en educación primaria para implantar medidas correctoras o mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten dichas dificultades. 4. Favorecer la mejora de los resultados escolares, la convivencia y clima escolar y la participación de la comunidad educativa a través de la autoevaluación de los centros educativos.

Actividades que se han de desarrollar

Actividad

Destinatarios

Agrupamiento por ámbitos.

Alumnado de 1.º de ESO incorporado tardíamente al sistema o desfavorecido socialmente (81 centros).

Refuerzo educativo. Materia optativa con contenidos instrumentales básicos.

Alumnado de 1.º de ESO evaluado negativamente en lengua, matemáticas y lengua extranjera (81 centros).

Agrupamientos flexibles en Lengua y matemáticas.

Alumnado de 1.º y 2.º de ESO que promociona al curso siguiente con evaluación negativa en esas dos materia y con dificultades de aprendizaje (81 centros).

Refuerzo de capacidades básicas. Programa complementario específico.

Alumnado de 2.º y 3.º de la ESO socialmente desfavorecidos y con bajas expectativas de éxito escolar y desfase curricular significativo (15 centros).

Incremento de 1 hora de tutoría para favorecer la comunicación con las familias y la atención al alumnado (3.ª hora tutoría).

Todos los grupos de los Institutos de Educación Secundaria (81 centros).

Nuevas herramientas e iniciativas para mejorar y favorecer la comunicación familia -escuela en primaria y secundaria: tutorías on line y otras.

Alumnado de primaria de los centros que dispones de unidad de orientación (6 centros). Alumnado de secundaria (81 centros).

Plan piloto de orientación en centros de educación primaria.

Alumnado de los seis centros experimentales con unidad de orientación.

Estudio de las variables emocionales en el rendimiento escolar.

Muestra representativa en los centros educativos de la CCAA

Proyectos de mejora de resultados en centros educativos.

40 centros educativos de la red sostenida con fondos públicos.

Horizonte temporal de ejecución:

Curso: 2007/2008.

Distribución territorial: En toda la Comunidad Autónoma. Coste: 1.212.448 €. Financiación:

MEC: 484.979 €. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 727.469 €. Varias aplicaciones presupuestarias.

Entidad ejecutora:

Consejería de Educación y Ciencia.

Universidad de Oviedo.

Unidades administrativas responsables:

Servicio de Alumnado, Participación y Orientación Educativa.

Servicio de Evaluación, Calidad y Ordenación Académica Ordenación Académica.

Indicadores:

N.º de centros de educación primaria en los que se desarrollan actuaciones: 6.

N.º de centros de secundaria en los que se desarrollan actuaciones: 81. N.º de alumnos beneficiarios de educación primaria: 3.000 N.º de alumnos beneficiarios de educación secundaria obligatoria: 32.950. N.º de acciones planificadas para el refuerzo de las capacidades básicas: 4. N.º de acciones planificadas para el refuerzo a los alumnos que promocionen en educación primaria o secundaria sin haber superado todas las áreas o materias: 2. N.º de acciones dirigidas a la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten las dificultades de aprendizaje en educación primaria: 3. N.º de profesorado tutor: 1.550.

Programa dirigido a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización

Descripción de las actuaciones:

Identificación de bolsas de abandono y planteamiento de propuestas dirigidas a su reducción. Se incluyen actuaciones orientadas a la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo y el impulso de los programas de segunda oportunidad o reingreso. 1. Actuaciones preventivas, con incidencia especial en colectivos y zonas de riesgo: Alumnado de etnia gitana en zonas concretas de Avilés y comarca.

Alumnado de zonas mineras y obreras con bajas expectativas escolares y escasa valoración de la formación, especialmente varones.

2. Actuaciones para la reducción del abandono mediante la sensibilización de los colectivos involucrados para destacar el valor de la cualificación profesional para obtener un empleo y un salario.

3. Programa de apoyo socioeducativo para alumnado de entre 14 y 21 años de edad que está sometido a medidas judiciales.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

1. Prevenir el abandono escolar en Educación Secundaria Obligatoria, como paso previo y motivador para la continuación de la formación del alumnado en enseñanzas y etapas posteriores.

2. Disminuir el abandono escolar en Etapas Educativas no obligatorias según las edades y situaciones colectivas y personales de los afectados. 3. Ofrecer al alumnado oportunidades de reincorporarse a la formación o la cualificación profesional.

Actividades que se han de desarrollar:

1. Coordinación del plan integral de absentismo escolar y por lo tanto de las actuaciones llevadas a cabo por las instituciones involucradas: Consejería de Educación y Ciencia, Consejería de Bienestar Social, Ayuntamientos y otras instituciones o entidades sin ánimo de lucro.

2. Tres campañas de sensibilización, generales y específicas, según colectivos, para valorizar la formación y dirigidas tanto al alumnado como a sus familias. 3. Tres programas específicos para evitar el abandono del alumnado con alteraciones del comportamiento, graves problemas de conducta y otras dificultades específicas de aprendizaje. 4. Línea de subvenciones a Asociaciones, entidades u Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo de proyectos específicos que contribuyan a la permanencia del alumnado en el sistema educativo y/o promuevan el reingreso al mismo de jóvenes entre 18 y 25 años. 5. Extensión de las unidades de Orientación Profesional y Empleo en los Institutos de Educación Secundaria para la orientación académica y laboral, promoviendo la mejor formación y el acceso al mercado de trabajo del alumnado de Formación Profesional Inicial. 6. Oferta de Ciclos formativos a distancia para compatibilizar el empleo con la formación flexibilizando los módulos e incrementando la atención personalizada con tutorías en línea y tutorías presenciales

Población a la que se dirige: Alumnado de 15 a 25 años (se incluyen edades a nivel preventivo).

Colectivos según los ámbitos en los que se han identificado bolsas de abandono en el Principado de Asturias:

1. Colectivos con escasa valoración cultural de la educación y formación: Inmigrantes, minorías étnicas, alumnado con medidas judiciales y jóvenes adolescentes en zona obrera y/o minera con recursos económicos y pocas expectativas educativas por parte de sus familias

2. Alumnado que abandona sus estudios tempranamente por tener ofertas de trabajo en la zona. 3. Alumnado con situaciones y necesidades especiales:

Sin cualificación y con pocas posibilidades de acceder a un Centro de Apoyo a la Integración.

Con discapacidad física o sensorial que no encuentra una oferta formativa ajustada a sus características y cambia de itinerario formativo sin obtener una titulación. Con graves problemas de conducta.

Distribución territorial: Según el tipo de actuación se realizarán en el ámbito de la CCAA o por zonificación.

Horizonte temporal de ejecución:

Curso: 2007/2008.

Coste: 233.542 €. Financiación:

MEC: 93.417 €. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 140.125 €. Varias aplicaciones presupuestarias.

Entidad ejecutora:

Servicio de Alumnado, Participación y Orientación Escolar.

Servicio de Formación Profesional Inicial y Aprendizaje Permanente Organizaciones no gubernamentales y Asociaciones sin ánimo de lucro.

Unidad administrativa responsable:

Servicio de Alumnado, Participación y Orientación Escolar.

Servicio de Formación Profesional Inicial y Aprendizaje Permanente Indicadores cuantitativos de cada programa. N.º de acciones planificadas: 10. N.º de alumnado previsto a quienes se dirigen las actuaciones: 10.000 N.º de centros susceptibles de desarrollar las actuaciones: 171. N.º de acuerdos y convocatorias de subvenciones para la colaboración con otras instituciones: 1 convenio y 1 convocatoria.

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