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Documento BOE-A-2008-2511

Resolución de 29 de enero de 2008, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se corrigen errores en la de 20 de diciembre de 2007, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso por el sistema general de acceso libre y por el de promoción interna en el Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2008, páginas 7864 a 7864 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-2008-2511

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 20 de diciembre de 2007, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 310, de 27 de diciembre, se proceden a efectuar las siguientes correcciones:

En la página 53526, donde dice: «Tema 18. Los contratos de las Administraciones Públicas: Criterios de distinción entre los contratos administrativos y los de Derecho privado: los actos separables. Legislación vigente: Ambito de aplicación. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Órganos competentes para su celebración. Capacidad y solvencia de los contratistas. Prohibiciones», debe decir: «Tema 18. Objeto y ámbito subjetivo de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Criterios de distinción entre contratos administrativos y contratos privados; los actos separables. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Órgano de contratación. Aptitud para contratar con el sector público. Prohibiciones de contratar. Solvencia del empresario. Clasificación de las empresas».

En la página 53526, donde dice: «Tema 19. Prerrogativas de Derecho público en la contratación administrativa. Clasificación y registro de los empresarios y contratos. Garantías exigibles en los contratos administrativos. Actuaciones preparatorias. Procedimiento y formas de adjudicación. Perfección y formalización. Ejecución y modificación de los contratos. Extinción», debe decir: «Tema 19. Objeto, precio y cuantía de los contratos del sector público. Revisión de precios. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Preparación de los contratos. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas; procedimientos de adjudicación. Adjudicación de otros contratos del sector publico. Racionalización técnica de la contratación: acuerdos marco, sistemas dinámicos de contratación y centrales de contratación. Formalización. Prerrogativas de la Administración Pública en los contratos administrativos. Ejecución de los contratos y pago del precio. Extinción y resolución de los contratos». En la página 53526, donde dice: «Tema 20. Régimen jurídico del contrato de obras: Actuaciones preparatorias y formas de adjudicación. Ejecución y modificación. Extinción. Ejecución de obras por la propia Administración. Contrato de concesión de obras públicas», debe decir: «Tema 20. Régimen jurídico del contrato de obras; delimitación del tipo contractual. Normas especiales sobre preparación, ejecución, modificación, cumplimiento y resolución del contrato de obras. Ejecución de obras por la propia Administración. Contrato de concesión de obra pública».

En la página 53526, donde dice: «Tema 21. Régimen de los contratos de gestión de los servicios públicos. Contratos de suministro. Los contratos de consultoría y asistencia y los de servicios. La cesión de contratos y la subcontratación», debe decir: «Tema 21. Régimen del contrato de gestión de servicios públicos. El contrato de suministro. Los contratos de servicios. Los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado. La cesión de los contratos y subcontratación».

Madrid, 29 de enero de 2008.-El Presidente del Tribunal de Cuentas, Manuel Núñez Pérez.

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