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Documento BOE-A-2008-20700

Resolución de 18 de diciembre de 2008, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la publicación de la relación de candidatos que han superado y obtenido plaza en el proceso selectivo de sustitución de empleo temporal discontinuo por empleo fijo discontinuo en la categoría profesional de auxiliar de administración e información (Campaña de Renta), grupo profesional 4-B del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Tributaria, convocado por Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 27 de junio de 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 23 de diciembre de 2008, páginas 51673 a 51690 (18 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-20700

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador del proceso selectivo de sustitución de empleo temporal discontinuo por empleo fijo discontinuo en la categoría profesional de auxiliar de administración e información (Campaña de Renta), grupo profesional 4-B del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Tributaria. Esta Presidencia ha resuelto:

Primero.-Hacer publica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo y obtenido plaza, por orden de puntuación, con indicación del documento de identidad, apellidos y nombre, que figura en el Anexo I de esta Resolución.

Segundo.-Los opositores que han superado el proceso selectivo y obtenido plaza, de acuerdo con el artículo 23 del citado Reglamento, deberán presentar en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Departamento de Recursos Humanos, Subdirección Adjunta de Selección de Personal, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, calle Lérida 32-34, 28020 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la documentación que se cita más adelante. El personal que haya sido contratado en Campañas de Renta anteriores, quedará exento de la presentación de la documentación exigida en los apartados A) y B) al obrar ésta en poder de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Esta documentación se podrá adelantar a través del Fax 91 583 16 80:

A) Autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 522/2006 y la Orden/PRE/3949/2006, para realizar la consulta de identificación personal a través del sistema de verificación de datos de identidad, según el modelo que figura como Anexo II a esta Resolución. En caso de no autorizar la consulta deberá aportar fotocopia del documento nacional de identidad.

B) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la convocatoria, o certificación académica que acredite haber realizado los estudios para la obtención del título, o título académico de nivel superior al exigido en la convocatoria. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá aportarse fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación. C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo III a esta Resolución. D) Certificación oficial de conocimiento de idioma autonómico expedida por uno de los organismos competentes de la Comunidad Autónoma correspondiente, si optan a plazas en las que se necesita conocimiento de idioma autonómico.

Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de las misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados en la base 4 de la convocatoria, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Tercero.-Los opositores que han superado el proceso selectivo y obtenido plaza deberán presentar la petición de plaza según modelo que acompaña a esta Resolución (Anexo IV) en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente de publicación de esta Resolución. Dicha documentación será remitida, a través de fax número 91-583.16.80, al Departamento de Recursos Humanos -Subdirección Adjunta de Selección de Personal, sito en la C/ Lérida 32-34, Madrid 28020, sin perjuicio de su posible presentación en los registros de los órganos u oficinas reseñados en la base 5.3 de la convocatoria. A efectos de realizar la adjudicación de plazas, los aspirantes deberán cumplimentar el Anexo IV en su totalidad, priorizando su elección por ámbito provincial (se exceptúan las plazas de idioma autonómico, cuya solicitud está condicionada al conocimiento del mismo). A aquellos aspirantes que limiten su elección a uno o varios ámbitos provinciales y que, en función del número obtenido, no fuera posible adjudicarles una plaza de las solicitadas, les será adjudicada alguna de las plazas vacantes no adjudicadas en cualquier ámbito provincial. Una vez finalizado el plazo de presentación de la documentación enumerada en los apartados anteriores se expondrá la relación de aprobados y la plaza adjudicada y se anunciará el lugar, fecha y hora para formalizar el contrato correspondiente, en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria -C/ Lérida, números 32-34, 28020, Madrid-, en sus Delegaciones, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Subdelegaciones del Gobierno. Así mismo podrán consultarse en la dirección de Internet www.agenciatributaria.es. Contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 18 de diciembre de 2008.-El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luis Pedroche y Rojo.

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