En cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 de la Ley 6/2005, de 22 de abril, sobre saneamiento y liquidación de las entidades de crédito, se procede a la publicación de la comunicación de los siguientes procedimientos de suspensión de pagos sobre Entidades de Crédito Comunitarias operantes en España sin establecimiento.
Con fecha 15 de octubre de 2008, se ha recibido comunicación de la Commission de Surveillance du Secteur Financier de Luxemburgo sobre declaración de suspensión de pagos de las siguientes entidades de crédito: Glitnir Bank Luxembourg, S.A., Landsbanki Luxembourg, S.A. y Kaupthing Bank Luxembourg, S.A. Con fecha 4 de noviembre de 2008 dicha comunicación ha sido incorporada al Registro de comunicaciones recibidas sobre Entidades de Crédito Comunitarias operantes en España sin establecimiento (art. 28, Directiva 2006/48/CE). Con igual fecha, la citada comunicación, en lo que afecta a Landsbanki Luxembourg, S.A., ha sido también incorporada al Registro de Oficinas de Representación en España de Entidades de Crédito extranjeras.
Madrid, 6 de noviembre de 2008.-El Director General de Regulación, José María Roldán Alegre.
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