Ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, sección quinta, se ha interpuesto recurso contencioso administrativo 1/12/2008 por Federación de Áridos contra el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.
En su virtud, esta Secretaría General Técnica ha resuelto publicar a efectos de notificaciones y emplazar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a cuantos se hayan personado en el expediente administrativo y a quienes ostenten derechos derivados de la resolución recurrida, a fin de que puedan comparecer y personarse en este recurso en forma legal en el plazo de nueve días.
Madrid, 12 de noviembre de 2008.-El Secretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia, Diego Chacón Ortiz.
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