Con fecha 18 de junio de 2008, el Secretario de Estado de Economía, por delegación del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, dictó Orden resolviendo el expediente de referencia IE/ST-1/2007, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 19 de enero de 2007, entre otros, a Técnicos en Tasación, S.A., a D. Luciano Martínez Conesa, a D. Félix de la Calle y Montalvillo, a D. Ignacio María de Guinea Llop y a D. Joan Rosell i Prats, y siendo firme en vía administrativa, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones por infracciones muy graves, impuestas en dicha Orden, que dispuso, entre otras sanciones, las siguientes:
Imponer a la entidad «Técnicos en Tasación, S.A., con número de CIF: A-78116324: Una sanción de multa por importe de cincuenta mil euros (50.000 €), prevista en el artículo 9.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).1.ª de la Disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de Homologación de los Servicios y Sociedades de Tasación.
Imponer a D. Luciano Martínez Conesa, con NIF: 22.820.422-Y, en su condición de Consejero Delegado y Presidente del Consejo de Administración que lo fue de Técnicos en Tasación, S.A.:
Una sanción de multa por importe de veinticinco mil euros (25.000 €), prevista en el artículo 12.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el apartado 2.a).1.ª de la Disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de Homologación de los Servicios y Sociedades de Tasación.
Imponer a D. Félix de la Calle y Montalvillo, con NIF: 02.468.743-S, en su condición de Consejero Delegado y Vicepresidente del Consejo de Administración que lo fue de Técnicos en Tasación, S.A.:
Una sanción de multa por importe de veinticinco mil euros (25.000€), prevista en el artículo 12.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el apartado 2.a)1.ª de la Disposición adicional décima de la Ley 3/1 994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de Homologación de los Servicios y Sociedades de Tasación.
Imponer a D. Joan Rosell i Prats, con NIF: 36.625.762-X, en su condición de Consejero Delegado que lo fue de Técnicos en Tasación, S.A.:
Una sanción de multa por importe de veinticinco mil euros (25.000 €), prevista en el artículo 12.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el apartado 2.a)1.ª de la Disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de Homologación de los Servicios y Sociedades de Tasación.
Imponer a D. Ignacio María de Guinea Llop, con NIF: 14.903.691-J, en su condición de Consejero Delegado que lo fue de Técnicos en Tasación, S.A.:
Una sanción de multa por importe de veinticinco mil euros (25.000€), prevista en el artículo 12.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el apartado 2.a)1.ª de la Disposición adicional décima de la Ley 3/1 994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de Homologación de los Servicios y Sociedades de Tasación.
En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las referidas sanciones disciplinarias.
Madrid, 5 de noviembre de 2008.-El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.
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