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Documento BOE-A-2008-18092

Orden JUS/3209/2008, de 22 de septiembre, por la que se procede al cumplimiento del auto dictado en la extensión efectos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo n.º 2960/2003, en relación al proceso selectivo convocado por Orden de 30 de agosto de 1991.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 10 de noviembre de 2008, páginas 44691 a 44692 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2008-18092

TEXTO ORIGINAL

El auto de 24 de octubre de 2007 de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictado en la extensión de efectos de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 2960/2003 (legajo n.º 14), reconoce a don Francisco José Moreno Álvarez el derecho a formar parte de la relación de aprobados del proceso selectivo convocado por Orden del Ministerio de Justicia de 30 de agosto de 1991 (BOE de 2 de septiembre), para el acceso por el turno libre al Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, hecha pública por Resolución de 24 de marzo de 1993 (BOE de 1 de abril), con el número Bis que corresponda a su puntuación, obtenida en aplicación de los criterios del informe pericial elaborado, en marzo de 1999, por don Jesús Navarrete Hernández, en el seno del proceso contencioso-administrativo n.º 2972/1999, seguido ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. La Resolución de 24 de marzo de 1993 (BOE del 1 de abril), de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, que hizo pública la relación de aspirantes que superaron las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, y que este recurso modifica, relaciona a los 954 aspirantes que superaron las referidas pruebas, debiendo integrar en dicha resolución al recurrente, por así determinarlo la sentencia ut supra referenciada. En cumplimiento de los justos términos de lo dispuesto en la sentencia, Este Ministerio acuerda:

Primero: Incrementar en 1 plaza la Orden de 30 de agosto de 1991, que hizo pública la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, turno libre, que finalizó con la publicación de las listas definitivas de aspirantes que superaron el proceso selectivo, Resolución de 24 de marzo de 1993 (BOE de 1 de abril).

Segundo: Modificar la Resolución de 24 de marzo de 1993, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el sentido de incluir, a don Francisco José Moreno Álvarez, DNI 5363039, con el número 768 bis, que por la puntuación total 16,33 (1.º ejercicio 10,5+ 2.º ejercicio 5,83 = 16,33) le corresponde. Tercero: En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, el aspirante que figura como aprobado en esta relación deberá presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la Manzana, número 2, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:

a) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención del título, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del título. A este respecto, y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Sexta, párrafo tercero de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, el aspirante deberá remitir el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, caso de estar en posesión del mismo, a efectos de ser nombrado funcionaria del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, a que se refiere el artículo 475 de la Ley Orgánica 19/2003. Si no está en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, y aporta el título exigido en la base 3.1. c) de la Orden de convocatoria, será nombrado funcionario de la Escala de Gestión Procesal y Administrativa. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentar fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia), expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda al interesado y, en caso de que no esté acogido a ningún Régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo y organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas. Si el aspirante tiene la condición legal de discapacitado con grado igual o superior al 33 por 100 deberá presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempañar las tareas propias que corresponden del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia). d) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido rehabilitado, según modelo publicado en el Anexo de la presente Orden.

Si el aspirante tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependa, por la que se acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de no poder presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditar que posee las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho. Si dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor, no presentare la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos establecidos en la base 2.1. de la Convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial. El recurrente junto a la documentación, deberá remitir su solicitud de destino, que incluirá los puestos de trabajo por orden de preferencia, hasta un máximo de 50, adjudicándole uno de los que estén actualmente desiertos. Igualmente deberá especificar las provincias por orden de preferencia, para que en caso de no haber ninguna plaza desierta en los puestos solicitados, adjudicarle destino dentro de las provincias de preferencia, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 30 de agosto de 1.991 (BOE de 2 de septiembre).

Cuarto: Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 22 de septiembre de 2008.-El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ángel Arozamena Laso.

ANEXO

Don/Doña ........................................................................, con domicilio en ...................................., de ...... años de edad, con DNI número ................ declaro bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En ........................., a ............. de ................... de 2008.

El declarante

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