Visto el expediente de indulto de don Manuel Antonio Sánchez Sánchez, condenado por la Audiencia Provincial, Sección Segunda, de Badajoz, en sentencia de 21 de marzo de 1997, como autor de un delito de malversación de caudales públicos a la pena de tres años de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de 10 años, y de un delito de falsedad, a la pena de tres años de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de 3.000 pesetas e inhabilitación especial por dos años, por hechos cometidos en el año 1993, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de octubre de 2008,
Vengo en conmutar a don Manuel Antonio Sánchez Sánchez las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 17 de octubre de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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