La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 7, de 8 de enero de 2005), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. Por Resolución de esta Dirección General de 13 marzo de 2008 («Boletín Oficial del Estado» número 79, de 1 de abril de 2008), se convocan las ayudas del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) a espacios escénicos de nueva generación. Examinadas las solicitudes por el órgano instructor y la Comisión de Valoración creada al efecto y valoradas siguiendo los criterios que se establecen en la citada Resolución de 13 de marzo de 2008, se establece el orden de prelación que se refleja en las actas que obran en el procedimiento y la selección correspondiente. En la determinación del cumplimiento de los criterios contemplados en el anexo II de la convocatoria, esta Dirección General, a la vista de los proyectos presentados, ha tenido en cuenta el informe no vinculante de la Comisión de Valoración y los parámetros de valoración establecidos en la convocatoria, con especial atención a los espacios de nueva creación, principales destinatarios de la misma. Respecto a la determinación de las cuantías, siempre dentro de los límites establecidos en el punto cuarto de la resolución de convocatoria, se ha considerado el presupuesto de cada proyecto y el principio de cofinanciación puesto de manifiesto en el Foro Estatal de las Artes Escénicas y de la Música celebrado en Sevilla en octubre de 2007, de modo que el INAEM participe en condiciones de equilibrio con la aportación privada y la de las restantes Administraciones Públicas. Efectuado el requerimiento a que se refiere el apartado octavo de la resolución de convocatoria, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la orden y resolución de convocatoria citadas, particularmente las previsiones contenidas en el apartado sexto de la orden sobre el trámite de audiencia, esta Dirección General, a propuesta de la Subdirección General de Teatro, ha resuelto:
Primero.-Conceder las ayudas que se relacionan en el anexo de la presente resolución para llevar a cabo las obras de construcción, reforma y/o equipamiento del espacio escénico que se indica, así como las ayudas complementarias para programación y actividades. Esta resolución de concesión será efectiva cumplidos los requisitos señalados en el artículo 34 de la citada Ley General de Subvenciones. Los pagos se realizarán con cargo a los siguientes créditos presupuestarios: Ayudas a obras y equipamientos: 24.201.335B.773.
Ayudas a programación y actividades: 24.201.335B.476.
Conforme al artículo 62 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (en adelante, RLGS), la actividad para la que se concede cada una de las ayudas será la identificada en el proyecto presentado por el solicitante, entendiéndose que el mismo se compromete a realizarla, de acuerdo con el artículo 61 RLGS, en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por el órgano gestor, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión.
En el material de difusión de la actividad subvencionada deberá figurar el logotipo oficial del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, que puede descargarse de nuestra página web http://www.mcu.es (área Artes Escénicas y Música, apartado Imagen Institucional), de acuerdo con el Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado, que puede consultarse en la página web http://www.map.es. Asimismo, los beneficiarios se comprometen al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en la resolución de convocatoria, en especial la realización de las obras propuestas, ajustando las mismas al presupuesto presentado, y la adecuada justificación de la subvención recibida. Ésta deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en el apartado undécimo de dicha resolución, siguiendo las instrucciones que oportunamente se notificarán a los beneficiarios. En todo caso, deberán cumplirse los compromisos de programación y actividad asumidos por el beneficiario en el anexo II de su solicitud, cuyos criterios han determinado la selección del proyecto. La subvención se imputará a las obras y/equipamientos realizados entre el 1 de enero de 2007 y la finalización del plazo de justificación de la ayuda. La ayuda complementaria se destinará a las actividades y programación realizadas entre el 1 de enero de 2008 y la finalización de dicho plazo de justificación. Por último, los beneficiarios deberán suscribir con el INAEM un contrato-programa en los términos señalados en el punto décimo de la resolución de convocatoria. A tal fin el órgano instructor se pondrá en contacto con cada uno de ellos. Segundo.-Desestimar el resto de las solicitudes presentadas, de acuerdo con el artículo 25.3 de la Ley General de Subvenciones. La documentación presentada con estas solicitudes permanecerá a disposición de los interesados en la Subdirección General de Teatro por un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la presente resolución. Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante este Instituto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. La presentación del mencionado recurso de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, a través de la oficina virtual -Registro Telemático-del Ministerio de Cultura (www.mcu.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.
Lo que se hace público para general conocimiento, conforme al ar-tículo 59.6 de la Ley 30/1992, en relación con el artículo 26 de la Ley General de Subvenciones.
Madrid, 1 de octubre de 2008. El Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Juan Carlos Marset Fernández.
ANEXO |
|||||
N.º Expte. |
NIF/CIF |
Peticionario |
Espacio |
Cuantía para obras y equipamientos Euros |
Cuantía para actividades y programación Euros |
2 |
B78496510 |
Tyl Tyl Compañía de Teatro, S.L. |
Teatro TYL TYL . |
100.000 |
30.000,00 |
4 |
B79805487 |
Cuarta Pared, S.L. |
Sala Cuarta Pared. |
100.000 |
30.000,00 |
5 |
B83379339 |
Story Line, S.L. |
Sala Plot Point. |
20.000,00 |
6.000,00 |
6 |
B50869551 |
Teatro Arbolé, S.L. |
Teatro Arbolé. |
100.000,00 |
30.000,00 |
13 |
B79823084 |
Teatro Pradillo, S.L. |
Teatro Pradillo. |
12.000,00 |
3.600,00 |
17 |
B81285512 |
Sala Triángulo, S.L. |
Sala Triángulo. |
40.000 |
12.000,00 |
18 |
A41131384 |
Agrupación Teatral la Cuadra de Sevilla S.A. |
La Cuadra de Sevilla. |
100.000,00 |
30.000,00 |
19 |
B83571794 |
Tarambana Espectáculos, S.L. |
Sala Tarambana. |
10.000,00 |
3.000,00 |
21 |
B91664672 |
Centro de Arte y producciones teatrales, S.L. |
Centro Internacional de Investigación y Creación Teatral. |
100.000,00 |
30.000,00 |
22 |
B62991567 |
Teatro de los sentidos, S.L. |
Teatro de los Sentidos. |
30.000 |
9.000,00 |
23 |
B41721333 |
Bis Producciones, S.L. |
Sala Fli. |
100.000,00 |
30.000,00 |
25 |
B06261523 |
Al Suroeste Teatro, S.L. |
Casa de la Cultura Luis Landero. |
30.000,00 |
9.000,00 |
26 |
B96907282 |
Saga Producciones, S.L. |
San Juan Bosco. |
80.000 |
24.000,00 |
27 |
B97159404 |
Zirco Producciones, S.L. |
Sala Zirco. |
45.000 |
13.500,00 |
30 |
F82899741 |
El curro DTS Coop.Mad. |
DT Espacio Escénico. |
20.000,00 |
6.000,00 |
31 |
B91008763 |
Sala la Imperdible, S.L. |
Sala La Imperdible. |
100.000,00 |
0,00 |
33 |
F07276207 |
Estudi Zero Teatre S.C.L. |
Estudi Zero. |
100.000 |
30.000,00 |
35 |
B39683115 |
Café de las artes teatro, S.L. |
Café de las Artes Teatro. |
50.000 |
15.000 |
36 |
B57388472 |
Producciones del mar management, S.L. |
Teatre del Mar. |
60.000,00 |
18.000,00 |
37 |
G39590328 |
Escena Miriñaque, S.C. |
Escena Miriñaque. |
6.106,00 |
1.800,00 |
39 |
B80908445 |
Gurdulú, S.L. |
Teatro Gurdulú. |
10.747,00 |
3.200,00 |
40 |
07003504G |
David Pérez Hernando. |
La Nave del Duende. |
35.000,00 |
10.500,00 |
43 |
B17777863 |
Mithistoriama Produccions, S.L. |
Sala Planeta. |
25.000,00 |
7.500,00 |
44 |
G50651397 |
Teatro de la estación, S.C. |
Teatro de la Estación. |
50.000,00 |
15.000,00 |
45 |
B97601132 |
Teatro de los Manantiales, S.L. |
Teatro de los Manantiales. |
21.052,00 |
6.300,00 |
46 |
A80130545 |
Producciones Cristina Rota, S.A. |
Sala Mirador. |
60.000,00 |
18.000,00 |
47 |
B36920247 |
Teatro Ensalle, S.L.L. |
Teatro Ensalle. |
20.000 |
6.000,00 |
48 |
15947471F |
Enrique Salaberria Folgado. |
Teatro Fígaro. |
100.000 |
30.000,00 |
49 |
B01439025 |
Azala Espacio de Creación, S.L. |
Espacio Azala. |
50.000 |
15.000 |
50 |
B97690622 |
Teatro de lo Inestable, S.L. |
Teatro de lo Inestable. |
20.000 |
6.000,00 |
51 |
B97511240 |
Carme Teatre, S.L. |
Carme Teatre. |
10.000 |
3.000,00 |
52 |
B97301709 |
Teatro de Marionetas la Estrella, S.L. |
Teatro de Marionetas la Estrella. |
20.000,00 |
6.000,00 |
54 |
B96903133 |
Arden producciones, S.L. |
Sala En el Barrio de Rufasa (Valencia). |
100.000 |
30.000,00 |
56 |
X1999542Z |
Antonio Jorge Cuadrelli Rubinich. |
Teatro Triana. |
100.000,00 |
30.000,00 |
57 |
B84738095 |
Sala Arlequino, S.L. |
Sala Arlequino. |
30.000,00 |
9.000,00 |
58 |
B28966661 |
Teatro Guirigai, S.L. |
Sala Guirigai. |
25.000,00 |
7.500,00 |
60 |
B91514455 |
La fundición de Sevilla, S.L. |
Sala La Fundición de Sevilla. |
30.000,00 |
9.000,00 |
61 |
B38856118 |
Teatro Victoria Cía nómada, S.L. |
Teatro Victoria. |
13.990,00 |
4.100,00 |
62 |
27296542G |
María Salud López Pineda. |
Infraestructura para Danza. |
100.000,00 |
30.000,00 |
63 |
08830045T |
Vicente Robles Gil. |
Sala Aftasí. |
10.804,00 |
3.200,00 |
64 |
B41868555 |
Sala Cero Teatro, S.L. |
Sala Cero. |
26.000 |
7.800,00 |
65 |
26010151A |
Luisa María Gómez Torregrosa. |
Sala Extremo. |
6.222,00 |
1.800,00 |
66 |
31860251F |
Francisco Javier Ochoa Ruiz. |
Sala El Apeadero. |
20.000,00 |
6.000,00 |
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