Advertidos errores en el texto de la Resolución de la Secretaria de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por la que se convocaba bolsa de trabajo de Secretarios Judiciales sustitutos en las provincias de Barcelona, Girona Lleida y Tarragona, publicada en el Boletín Oficial del Estado n.º 231, de fecha 24 de septiembre de 2008, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la base primera se suprime en el párrafo 3.º «...y el Real Decreto 96/06 de 3 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003 y 2006 respectivamente...».
En la base tercera donde dice: «los interesados dirigirán sus solicitudes de participación al Ilmo Sr. Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña...», debe decir «Los interesados dirigirán una única solicitud de participación al Ilmo. Sr. Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, con indicación de las provincias a las que optan por orden de preferencia...». En la base sexta donde dice: «1) Terminado en plazo», debe decir «terminado el plazo». En la base séptima. el punto 2) queda redactado del siguiente modo: «Los interesados tendrán diez días hábiles para efectuar reclamaciones ante el Secretario de Gobierno, contados a partir del día siguiente a la publicación de las listas en la sede central del Ministerio de Justicia y para optar por la bolsa de la que deseen formar parte si hubiesen sido seleccionados en más de una en todo el territorio nacional. Las reclamaciones respecto a la valoración provisional de méritos, sólo podrán referirse estrictamente a la valoración de los méritos que hayan quedado acreditados en el momento de la solicitud, respecto a los que no se admitirá en ningún caso, su subsanación. Las reclamaciones no podrán comportar la invocación ni acreditación de otros méritos distintos a los de la solicitud.» Y el punto 3) queda redactado del siguiente modo» En el plazo de quince días hábiles el Secretario de Gobierno resolverá las reclamaciones confeccionando la lista de aspirantes definitivamente admitidos, la cual remitirá al Ministerio de Justicia, para que éste compruebe que no haya candidatos que formen parte de más de una bolsa de trabajo. Si así fuese se procederá a su exclusión de la bolsa en que hayan obtenido menor puntuación. Una vez confirmada por el Secretario General de la Administración de Justicia y publicada en la forma señalada en el punto 1 de esta base séptima, así como en la página Web del Ministerio de Justicia, se remitirá al Boletín Oficial del Estado y al Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para su publicación». En la base octava, se añade un 2.ª párrafo: «Cuando por renuncia u otras causas legales de cese, no existieran candidatos suficientes, podrán ser nombrados, por riguroso orden de méritos, quienes hayan obtenido puntuación en la presente convocatoria».
En la base novena se suprime: «...excepto la correspondiente al concepto de antigüedad...».
Barcelona, 26 de septiembre de 2008.-La Secretaria de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, M.ª Antonia Amigó de Palau.
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