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Documento BOE-A-2008-14337

Orden CUL/2492/2008, de 23 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Ramseyer Dayer.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 27 de agosto de 2008, páginas 35552 a 35553 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-14337

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Ramseyer Dayer en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Inés Beatriz Ramseyer Dayer, don Eduardo Víctor Cursack, doña Ana María Cursack de Castignani, don Hugo Enrique Klingler, don Adolfo Waisman Helman, don Juan Porras Pedraza y don Ernesto Bitetti Ravina, en Madrid, el 23 de junio de 2008, según consta en la escritura pública número dos mil doscientos setenta y seis, otorgada ante la Notario del Ilustre Colegio de Madrid doña Isabel Estape Tous. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, en el Paseo de la Castellana, número 151, 7.º A, código postal 28046 y su ámbito de actuación se desarrollará principalmente en el Estado Español. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil treinta euros (30.030 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada, mediante su ingreso en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: 1.º Generar un debate permanente en torno al arte como expresión humana. 2.º Aportar nuevas miradas sobre la contemporaneidad a partir del encuentro de distintas disciplinas artísticas. 3.º Fomentar el gusto por el arte y su valoración como la expresión más sutil del hombre. 4.º Promover la búsqueda de la libertad y la verdad como valores esenciales para el desarrollo del espíritu. 5.º Fomentar los intercambios culturales entre redes locales, regionales e internacionales. 6.º Fomentar y difundir la cultura conforme a criterios que en cada momento histórico establezcan los órganos de gobierno de la Fundación. 7.º Constituir un escenario de reunión y debate que reciba de modo habitual a representantes destacados del ámbito cultural. 8.º Conseguir un perfil de equilibrio, persiguiendo la excelencia. Un perfil orientado a la transmisión de valores y conocimientos que incidan en el enriquecimiento personal con claridad y en libertad. 9.º Formación y promoción de nuevos valores en el campo de las artes plásticas. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Inés Beatriz Ramseyer Dayer; Secretario: don Adolfo Waisman Helman; Tesorero: don Juan Porras Pedraza; Vocales: don Eduardo Víctor Cursack, doña Ana María Cursack de Castignani y don Hugo Enrique Klingler. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio y el Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, en virtud de los cuales se delegan en el titular de la Dirección General de Política e Industrias Culturales, las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002, y 43.b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y primera del Real Decreto 1611/2007, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Ramseyer Dayer en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura. Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Ramseyer Dayer, de ámbito estatal, con domicilio Madrid, en el Paseo de la Castellana, número 151, 7.º A, código postal 28046, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Otorgamiento de poderes a favor del Presidente según consta en la escritura otorgada el 23 de junio de 2008 ante la Notario del Ilustre Colegio de Madrid doña Isabel Estape Tous, con el número 2276 de su protocolo.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 23 de julio de 2008.-El Ministro de Cultura, P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, y Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio), el Director General de Política e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, Guillermo Corral Van Damme.

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