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Documento BOE-A-2008-1431

Resolución de 9 de enero de 2008, de la Universidad de Girona, por la que se nombra Profesora Titular de Universidad a doña María Luisa Esteve Pardo.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 26 de enero de 2008, páginas 5008 a 5009 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-1431

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta formulada por la Comisión nombrada por Resolución de la Universitat de Girona para juzgar una plaza de los Cuerpos Docentes Universitarios, convocada por Resolución de 27 de setiembre del 2007 (BOE de 19.10.2007), y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, que modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña, así como el Decreto 200/2003, de 26 de agosto, por lo que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Girona, resuelvo:

Nombrar Profesora Titular de Universidad de la Universitat de Girona a doña María Luisa Esteve Pardo, en el área de conocimiento de «Derecho Financiero y Tributario» del Departamento de Derecho Público (convocatoria 8/2007).

La persona interesada deberá tomar posesión en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta Resolución un recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado. En este caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto que recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, así como disponen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Igualmente las personas interesadas podrán interpones cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Girona, 9 de enero de 2008.-La Rectora, Ana María Geli de Ciurana.

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