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Documento BOE-A-2008-14122

Orden ESD/2458/2008, de 17 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Tertio Millennio.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 20 de agosto de 2008, páginas 35002 a 35003 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-14122

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don José Antonio Campo Gil, solicitando la inscripción de la Fundación Tertio Millennio, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como la delegación de facultades a favor de Don José Antonio Campo Gil; de Don Alfonso Aguiló Pastrana y de Don Mariano del Castillo Rodríguez.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don José Antonio Campo Gil; don Mariano del Castillo Rodríguez y don Alfonso Aguiló Pastrana, en Madrid, el 4 de julio de 2008, según consta en la escritura pública número dos mil ochocientos veintitrés, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Juan Romero-Girón Deleito. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Francisco Silvela, número 19, 4B, y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: a) Promover una educación inspirada en los principios de la doctrina católica, desde un sistema educativo que defienda los valores cristianos en la escuela y propicie la excelencia educativa. b) Contribuir a la continuidad y la mejora de proyectos educativos de calidad cuyos titulares no puedan o no deseen continuar con su tarea. c) Formar personas en estudios de cualquier nivel educativo, desde la excelencia y el rigor académicos, y facilitarles una formación inspirada en la doctrina de la Iglesia Católica. d) Contribuir a renovar, especializar y mejorar la formación científica o profesional de quienes estén de algún modo relacionados con la enseñanza, la familia o la gente joven. e) Orientar y asesorar a otras organizaciones cuyos objetivos sean afines con los de la Fundación. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don José Antonio Campo Gil; Vicepresidente: Don Mariano del Castillo Rodríguez, y Secretario: Don Alfonso Aguiló Pastrana. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas. En el acto de constitución, los miembros del Patronato reunidos acordaron delegar facultades en don José Antonio Campo Gil; don Mariano del Castillo Rodríguez y don Alfonso Aguiló Pastrana.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Tertio Millennio en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Tertio Millennio, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español, con domicilio en Madrid, calle Francisco Silvela, número 19, 4B, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la delegación de facultades otorgadas a favor de don José Antonio Campo Gil; don Alfonso Aguiló Pastrana y don Mariano del Castillo Rodríguez, en los términos que constan en la escritura número dos mil ochocientos veintitrés, autorizada el 4 de julio de 2008, por el notario don Juan Romero-Girón Deleito.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 17 de julio de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P. D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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