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Documento BOE-A-2008-13706

Resolución de 25 de julio de 2008, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria por el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 11 de agosto de 2008, páginas 34136 a 34142 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-13706

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de Andalucía 4/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Huelva, el Decreto 299/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 21 de octubre de 2003 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 6 de noviembre de 2003), de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios de las escalas de Administración del Grupo de Clasificación Profesional A2. Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 75.2 de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, modificada por Real Decreto Ley 9/2005, de 6 de junio y por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril y en atención a lo dispuesto en el artículo 34.o) de los Estatutos de la Universidad de Huelva, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Huelva con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Número de plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 12 plazas de funcionarios de la Escala de Gestión Universitaria de esta Universidad, por el sistema de Promoción Interna. 1.2 Disposiciones aplicables. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio y por Ley 42/1994, de 30 de diciembre; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; la Ley Orgánica 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los Estatutos de la Universidad de Huelva y lo dispuesto en la presente convocatoria. 1.3 El procedimiento de selección será el de Concurso-Oposición, que constará de las siguientes fases: Fase de oposición y Fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en las bases de la presente convocatoria. 1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria. 1.5 Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de plazas convocadas. 1.6 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Huelva. 1.7 El primer ejercicio de la oposición no se realizará antes del 21 de noviembre de 2008. La fecha, hora y lugar del mismo, se fijarán en la Resolución del Rectorado de la Universidad de Huelva que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» por la que se aprueben las listas de admitidos y excluidos. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en los tablones de anuncio del Rectorado y en el apartado «Noticias» de la página Web de la Unidad de Gestión del PAS de la Universidad de Huelva: http://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular los siguientes:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa. d) Hallarse en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. e) Ostentar la condición de funcionario de carrera de la Escala Administrativa de la Universidad de Huelva y hallarse en situación de Servicio Activo. f) Poseer una antigüedad de, al menos dos años, en el Cuerpo o Escala de pertenencia, además de reunir los requisitos exigidos. g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. h) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión de la escala a la que se aspira.

3. Solicitudes

3.1 Modelos de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo que se acompaña como anexo I a esta convocatoria, y que será facilitado gratuitamente en el Registro General de la Universidad de Huelva (Rectorado, C/ Doctor Cantero Cuadrado, n.º 6, 21071 Huelva). A la solicitud se unirá de oficio certificación expedida por la Unidad de Gestión del PAS del Servicio de Personal de Administración y Servicios, Retribuciones y Seguridad Social, acreditativa del Cuerpo o Escala desde el que acceden los solicitantes. No obstante, los aspirantes deberán adjuntar copia de los documentos acreditativos de los restantes méritos valorables en la fase de concurso salvo que éstos obren en poder de la Administración y así se haga constar expresamente en escrito adjunto a la solicitud. 3.2 Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de esta Universidad, o en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y se dirigirán al Excmo. y Mgfco. Sr. Rector de la Universidad de Huelva. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas. 3.3 Vinculación a los datos. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. 3.4 Subsanación de solicitudes. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. 3.5 Discapacidades y adaptaciones. Los aspirantes con discapacidad y grado reconocido por minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en el que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud. 3.6 Derechos de Examen. Los derechos de examen serán de 24 euros, y se ingresarán en la oficina principal o en algunas de las sucursales de la entidad Cajasol, en la cuenta corriente número 2098-0068-17-0106383307, a nombre de la Universidad de Huelva indicando «proceso selectivo de ingreso en la Escala de Gestión Universitaria». En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria, acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Huelva dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y fecha de celebración del primer ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos, con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre, número de documento nacional de identidad y motivo de la causa de exclusión. A efectos de computo de plazo para la publicación establecida en esta base, se declara inhábil el periodo comprendido entre el 1 al 31 de agosto. 4.2 Plazo de subsanación. Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o la omisión. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. A estos efectos, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos. Transcurrido el plazo de subsanación de errores, la lista quedará elevada definitivamente, publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado y en el apartado «Noticias» de la página Web de la Unidad de Gestión del PAS de la Universidad de Huelva: http://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/

5. Tribunal calificador

5.1 Composición. Conforme a lo dispuesto al artículo 167 de los Estatutos de la Universidad de Huelva y en base a los principios rectores a que alude el artículo 55 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Tribunal calificador de estas pruebas se publicará junto con las listas de admitidos y excluidos. 5.2 Abstención y Recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Huelva cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias. 5.3 Cambio de la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante dictará Resolución, por la que se nombre, de entre los suplentes, a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2. La nueva composición se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», en los tablones de anuncio del Rectorado y en el apartado «Noticias» de la página Web de la Unidad de Gestión del PAS de la Universidad de Huelva: http://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/ 5.4 Constitución. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva, que se celebrará con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo (concurso-oposición). 5.5 Sesiones. A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes. 5.6 Actuaciones del Tribunal durante el proceso. El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.7 Asesores. El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Huelva. Asimismo, el Tribunal podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia. 5.8 Información a los aspirantes. A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Huelva. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. 5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, se realicen de forma conjunta y coordinada. 5.10 Declaración de aprobados. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Procedimiento de selección

6.1 Sistema de selección. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición. 6.2 Fase de oposición. La fase de oposición, que se realizará de conformidad con lo dispuesto en la base 1.7 de la presenta convocatoria, estará integrada por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo de carácter eliminatorio cada uno de ellos.

Primer ejercicio. De carácter teórico y escrito, consistirá en contestar un cuestionario-test sobre materias del programa que se publica como anexo II. Constará de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una de ellas es correcta. Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de 90 minutos como mínimo y será valorará de 0 a 5 puntos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación de este ejercicio.

No se podrán utilizar apuntes, libros o documento alguno para la realización del ejercicio. Las contestaciones erróneas se penalizarán de acuerdo con la aplicación de la fórmula siguiente:

N=

A -

E

× 5

d-1

n

N = Nota resultante.

A = n.º de aciertos. E = n.º de errores. d = n.º de opciones para cada pregunta. n = n.º total de preguntas.

Segundo ejercicio. De carácter teórico-práctico y escrito. Consistirá en el desarrollo escrito y posterior lectura ante los miembros del Tribunal de dos de los cuatro temas que, por sorteo, proponga el Tribunal. Versará sobre las materias específicas que figuran en los bloques II, III, IV y V del programa que se publica como anexo II. El ejercicio deberá ser leído por las personas aspirantes ante el Tribunal, valorándose globalmente la claridad y orden de ideas, así como la facilidad de expresión oral y escrita. El tribunal podrá plantear durante dicha sesión aquellas cuestiones que en relación con el tema elegido considere oportunas. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación de este ejercicio. La duración de este ejercicio será de dos horas como mínimo y será valorado de 0 a 5 puntos. No se podrán utilizar apuntes, libros o documento alguno para la realización del ejercicio.

Todas las materias incluidas en el anexo II, han de entenderse referenciadas al régimen jurídico vigente al momento de publicación de la presente convocatoria. No se podrán utilizar apuntes, libros o documento alguno para la realización del ejercicio. En la celebración de los ejercicios de oposición, se establecerán para las personas con discapacidad que así lo haya expresando en su solicitud de participación, las adaptaciones necesarias de tiempos y medios para su realización. La calificación final de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase. 6.3 Fase de Concurso. Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan solo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Para que el Tribunal valore los méritos, será requisito necesario que los aspirantes hayan aportado en tiempo y forma la documentación acreditativa a que se refiere la base 3.1 En ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar la fase de oposición. En la fase de concurso se avalorarán al último día del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes méritos de conformidad con los baremos que a continuación se señalan:

a) Antigüedad (máximo 7 puntos). La antigüedad del funcionario se valorará hasta un máximo de 7 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, con arreglo al siguiente baremo: Servicios prestados en el Grupo C o C1 de la Universidad de Huelva: 0,55 puntos por año de servicio.

Servicios prestados en el Grupo D o C2 de la Universidad de Huelva: 0,40 puntos por año de servicio.

Para periodos inferiores al año de servicio, se computará la parte que proporcionalmente le corresponda en función de los criterios anteriores.

b) Titulación Académica Oficial (máximo 3 puntos). Se valorará la acreditación de una titulación académica superior a la exigida en este proceso selectivo con 3 puntos.

7. Desarrollo de los ejercicios

7.1 Publicación de fechas. La fecha de celebración del primer ejercicio se realizará en la forma prevista en las bases 1.7 y 4.1 de la presente convocatoria. 7.2 Acreditación de la identidad. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad e identidad. 7.3 Llamamiento único. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. 7.4 Orden de actuación. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de la publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente Resolución. 7.5 Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Huelva comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

8. Relación de aprobados

8.1 Una vez realizados los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes que hayan aprobado los mismos y, por consiguiente, la fase de oposición, ordenados por orden de puntuación y con indicación, en todo caso, del Documento Nacional de Identidad. 8.2 Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública en los lugares establecidos en la base 8.1, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de valoración. Dicha relación será remitida al Rector de la Universidad de Huelva, para su conformidad, remitiéndose para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. 8.3 La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declarar aprobados, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (oposición y concurso). En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición en cada uno de los ejercicios según el siguiente orden de prioridad: segundo ejercicio, primer ejercicio. De persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado 6.3 a) de la fase de concurso. Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate, se resolverá iniciándose alfabéticamente por la letra que corresponda en el sorteo realizado anualmente por la Secretaria de Estado para la Administración Pública. 8.4 La motivación de la relación de aspirantes aprobados, en cuanto al acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica e independencia del Tribunal y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. 8.5 El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá ser superior al de plazas convocadas.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 Documentación a presentar. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieran públicas las listas de aprobados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los opositores aprobados deberán presentar en la Unidad de Gestión del PAS del Servicio de Personal de Administración y Servicios, Retribuciones y Seguridad Social de la Universidad de Huelva, la documentación necesaria para proceder al nombramiento como funcionario de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Huelva. 9.2 Anulación de las actuaciones. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas. 9.3 Nombramientos. Concluido el proceso selectivo y comprobados los requisitos de los apartados anteriores, la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal calificador, procederá al nombramiento de funcionarios de carrera de la Escala de Gestión Universitaria mediante resolución de la Universidad de Huelva, y que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», con indicación de los destinos adjudicados. 9.4 Destinos. A los aspirantes aprobados se les adjudicará como primer destino un puesto de trabajo de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Huelva. La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Rector de la Universidad de Huelva, previa oferta de los mismos. A estos efectos serán ofrecidas a los participantes aprobados en el proceso selectivo la relación de plazas a cubrir, siendo el orden de prioridad el de puntuación establecida en la relación de aprobados. Tendrán no obstante preferencia para confirmar sus puestos aquellos funcionarios que vinieran desempeñando alguno de doble adscripción que integrara la oferta de destinos. De corresponderle algún otro puesto, en función de la puntuación alcanzada, el que venía desempeñando pasará a integrar la mencionada oferta de destinos. 9.5 Toma de posesión. La toma de posesión de los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

10. Normas finales

10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases, así como para la adopción de los acuerdos y medidas necesarias en aras a preservar el buen orden de las pruebas selectivas. 10.2 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 14 de enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

10.3 Asimismo, la Universidad de Huelva podrá, en su caso, proceder a la revisión de la Resolución del Tribunal calificador de las pruebas conforme a lo establecido en la citada normativa.

Huelva, 25 de julio de 2008.-El Rector, Francisco José Martínez López.

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ANEXO II

Bloque I. Ordenamiento jurídico

Tema 1. La Administración electrónica y derechos de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos. De la gestión electrónica de los procedimientos. Firma electrónica y documentos firmados electrónicamente. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Tema 2. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. La Administración pública española. Los principios constitucionales. Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. La Constitución. La ley: clases. Disposiciones normativas con fuerza de ley. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases: límites a la potestad reglamentaria. Otras fuentes del Derecho Administrativo. Tema 3. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. La motivación, la notificación y la publicación. Nulidad y Anulabilidad. Convalidación y Conversión. Tema 4. La revocación. La revisión de oficio de los actos administrativos. Declaración de lesividad. Suspensión. Revocación de actos y rectificación de errores. Tema 5. Los Órganos de las Administraciones Públicas: Competencia, Abstención y recusación. Órganos colegiados. Principios de Organización. Tema 6. El Procedimiento Administrativo: Concepto, principios generales y clases. Procedimiento Administrativo General: Iniciación, Ordenación, Instrucción y Finalización. Procedimientos especiales. Tema 7. Los interesados en el procedimiento administrativo. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Términos y plazos: Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Tema 8. Los recursos administrativos: Principios generales. Recursos ordinarios. Recurso de revisión. Reclamaciones administrativas previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. Las reclamaciones económico-administrativas. Tema 9. La jurisdicción contencioso-administrativa: Ámbito y extensión. Órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa y competencias. Las partes en el proceso contencioso-administrativo. Objeto del recurso contencioso-administrativo. Tema 10. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de aplicación. El principio de Igualdad y la tutela contra la discriminación. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades: Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. Igualdad y conciliación. El principio de igualdad en el empleo público: criterios de actuación de las administraciones públicas. El principio de presencia equilibrada. Medidas de igualdad en el empleo. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía: Estructura y principios generales.

Bloque II. Gestión universitaria

Tema 1. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior: La Declaración de Bolonia. Antecedentes y consecuencias para el sistema universitario español. Créditos ECTS y movilidad: Programa europeo de movilidad; otros programas de intercambio y cooperación universitaria. Tema 2. La autonomía universitaria: Reconocimiento constitucional, contenido y alcance. La Ley Orgánica de Universidades: Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. La coordinación universitaria. La ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades: La Coordinación en el Sistema Universitario Andaluz. Tema 3. Estatutos de la Universidad de Huelva (1): Naturaleza, fines y estructura general de la Universidad de Huelva. Funciones de la Universidad de Huelva: Docencia, Investigación, estructuras universitarias. Extensión Universitaria y entorno social. Tema 4. Estatutos de la Universidad de Huelva (2): Órganos de Gobierno colegiados: Naturaleza, funciones y competencias. Órganos de Gobierno Unipersonales: Naturaleza, funciones y competencias. Tema 5. Estatutos de la Universidad de Huelva (3). La comunidad universitaria. El personal docente e investigador. Los estudiantes. El personal de administración y servicios. La Administración Universitaria y los servicios. Servicios Universitarios. Tema 6. De la Universidad de Huelva: titulaciones oficiales. Normas de matrícula e ingreso para el curso académico 2008‑2009. Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Bloque III. Gestión de personal

Tema 1. El Estatuto Básico del Empleado Público: Ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Resolución de 21 de junio de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publican las Instrucciones para la aplicación del EBEP. Instrucción 3/2007, de la Secretaría General para la Administración Pública sobre la aplicación del EBEP en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía. Tema 2. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Retribuciones. La negociación colectiva de los funcionarios públicos. Jornada de trabajo, permisos y vacaciones. Tema 3. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Planificación de recursos humanos. Grupos de clasificación. Cuerpos y Escalas. Provisión de puestos de trabajo y movilidad. Situaciones administrativas: Supuestos y efectos de cada una de ellas. Tema 4. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Principios generales y ámbito de aplicación. Actividades Públicas. Actividades privadas. Tema 5. El régimen disciplinario de los funcionarios: Personas responsables. Faltas y sanciones disciplinarias. Procedimiento para la sanción de las faltas disciplinarias. Responsabilidad de los funcionarios. Delitos de los funcionarios en el ejercicio de su cargo. Tema 6. El Personal funcionario de Administración y servicios de la Universidad de Huelva. Provisión de puestos de trabajo. Acuerdos en materia de jornadas, vacaciones, permisos y licencias del personal de administración y servicios funcionario de las universidades públicas andaluzas. Procedimientos para la obtención de permisos por el PAS. Acuerdos sobre Medidas de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las Universidades Andaluzas. Tema 7. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Tema 8. El profesorado universitario: Clases y régimen jurídico. Retribuciones. Acreditación. El I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Tema 9. El régimen general de la Seguridad Social. Afiliación de trabajadores: Altas, bajas, forma de practicarse y plazos. Cotización: Bases y tipos. Recaudación. Alcance de la acción protectora y clases de prestaciones. La MUFACE. El sistema de derechos pasivos. Tema 10. El Plan Estratégico de la Universidad de Huelva: misión, visión y ejes estratégicos. Objetivos estratégicos y líneas estratégicas. Especial referencia a las acciones que afectan al Personal de Administración y Servicios. Calidad total. La calidad en los servicios de gestión de la Universidad de Huelva. Las Cartas de Servicios. Los Planes de Mejora. Planes de Calidad: Planificación, organización y evaluación/control. La Evaluación de Servicios Universitarios: Modelo EFQM de Excelencia versus Norma ISO9001:2000. La gestión por competencias. Evaluación de competencias.

Bloque IV. Gestión financiera

Tema 1. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. La Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Estructura y Principios generales. Estudio comparado de ambos textos legales. Tema 2. El presupuesto: Concepto y clases. Principios y funciones del presupuesto. Técnicas presupuestarias. Los créditos presupuestarios. Modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios, suplementos de crédito, transferencias de crédito, ampliaciones de créditos, incorporaciones de crédito y generaciones de crédito. Tema 3. El presupuesto de la Universidad de Huelva: contenido y estructura. Normas para la ejecución del presupuesto de la Universidad de Huelva. El ciclo presupuestario. Gastos y pagos: conceptos y clasificación. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases de procedimiento y documentos contables que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio. El control del gasto público: clases. Tema 4. Las subvenciones en la Comunidad Autónoma de Andalucía: Concepto, tipología y regulación jurídica. Órganos competentes y procedimientos para su concesión. Los beneficiarios. Régimen sancionador. Justificación y reintegro de subvenciones. Tema 5. Régimen económico y financiero de las Universidades. Modelo de financiación del Sistema Universitario Público de Andalucía. El presupuesto de ingresos de la Universidad de Huelva. Tipos de Ingresos: Concepto y clases. Devengo y liquidación de derechos económicos. Tema 6. La Contabilidad Pública (1). Ámbito de aplicación: Competencias y funciones. Contabilidad presupuestaria de ingresos y gastos: Estructura. Fases. Tipos de documentos. Procedimiento de traspasos. Contabilidad de las operaciones extrapresupuestarias: Estructura. Fases. Tipos de documentos. Tema 7. La Contabilidad Pública (2). El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos de carácter administrativo: Estructura, Principios, Normas de valoración y cuentas anuales. El Sistema de Gestión Económica de la Universidad de Huelva. Tema 8. El Patrimonio Universitario: Régimen jurídico regulador. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales. El Patrimonio de la Universidad de Huelva: titularidad, administración y disposición.

Bloque V. Contratación administrativa.

Tema 1. Contratos del sector público. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos. Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos: Normas generales. Tema 2. Normas especiales para contrato de obras, concesión de obra pública, gestión de servicios públicos, suministros, servicios y de colaboración entre el sector público y el sector privado. Órganos competentes en materia de contratación. Registros Oficiales

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