El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Departamento de la Comunidad Autónoma de Aragón han suscrito un Convenio de colaboración para la financiación de los libros y material escolar en los niveles obligatorios de la enseñanza para el curso académico 2008-2009, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio.
Madrid, 1 de julio de 2008.-La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE Y EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR EN LOS NIVELES OBLIGATORIOS DE LA ENSEÑANZA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2008-2009
En Madrid, a 20 de mayo de 2008.
Intervienen
De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril.
De otra parte, doña María Victoria Broto Cosculluela, Consejera de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, facultada para la firma del presente Convenio, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el día 11 de marzo de 2008. Reconociéndose que ostentan capacidad para suscribir el presente Convenio,
Exponen
Que el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución Española reserva al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y sobre las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
Que la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, dispone en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades en el ámbito de sus competencias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al estado el artículo 149.1.30.ª y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía. Que ambas partes coinciden en el objetivo de colaborar en la financiación de los libros y el material escolar con las familias de los alumnos matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de los niveles obligatorios de la enseñanza. Consecuentemente, con todo lo anterior, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio para el curso académico 2008-2009, conforme a las siguientes
Cláusulas
Primera. Objeto del Convenio.-Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de cooperación necesarios entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón al objeto de colaborar con las familias en la financiación de los libros y el material escolar destinado a los alumnos matriculados en el curso académico 2008-2009, en los niveles de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros de la Comunidad Autónoma de Aragón sostenidos con fondos públicos.
Segunda. Sistema de financiación de los libros y el material escolar.-La financiación de los libros y el material escolar en los niveles obligatorios de la enseñanza se efectuará por el procedimiento que se describe en esta cláusula.
1. La Comunidad Autónoma de Aragón destinará la cantidad de 10.944.819 euros para la financiación de la gratuidad de los libros de texto de todos los alumnos matriculados en el 2008-2009 en cualquier curso de Educación Primaria o de Educación Secundaria Obligatoria, en centros sostenidos con fondos públicos de su Comunidad.
2. Para colaborar en la financiación de la gratuidad de los libros en los referidos cursos, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte librará a la Comunidad Autónoma de Aragón la cantidad de 2.314.628,00 euros con cargo al crédito 18.11.323M.483.00 de su presupuesto. La Comunidad Autónoma de Aragón destinará este importe necesariamente a la adquisición de libros. El libramiento se efectuará inmediatamente después de la firma del presente Convenio y, en todo caso, antes del 1 de Noviembre del 2008. En el plazo de tres meses desde su recepción, la Comunidad Autónoma de Aragón justificará que ha destinado la referida cantidad a la finalidad que se establece en el presente Convenio así como que los libros y el material escolar han sido adquiridos en establecimientos del sector. 3. La difusión en cualquier ámbito del programa de gratuidad de los libros hará constar la participación del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte. Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte».
Tercera. Estadísticas.-La Comunidad Autónoma de Aragón facilitará al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte todos los datos necesarios para el seguimiento y evaluación del programa así como para la elaboración de las estadísticas para fines estatales.
Cuarta. Comisión de seguimiento.
1. A fin de realizar el seguimiento, interpretación y cumplimiento del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión Mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte, dos por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón, que actuará en representación de la Delegación del Gobierno de dicha Comunidad.
2. La Comisión de seguimiento se reunirá, al menos, una vez en el curso 2008-2009, o cuando una de las partes lo solicite.
Quinta. Vigencia.-El presente Convenio surtirá efectos desde el día siguiente al de su suscripción y tendrá vigencia durante el curso académico 2008-2009.
Podrá ser prorrogado para años sucesivos a petición expresa de las partes. En caso de prórroga, se incorporará un anexo en el que se especificarán las aportaciones de las partes para el correspondiente curso académico. Dicho anexo deberá ser aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica.
Y en prueba de conformidad, se firma este Acuerdo en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, la Ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, María Victoria Broto Cosculluela.
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