Visto el expediente de indulto de don Gilberto Antonio Mojica Ruiz, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Décima, en sentencia de 17 de noviembre de 2005, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 120 euros, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de junio de 2008,
Vengo en conmutar a don Gilberto Antonio Mojica Ruiz la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 13 de junio de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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