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Documento BOE-A-2008-11159

Resolución de 11 de abril de 2008, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión suscrito con el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, para la realización en 2008, de trabajos de asistencia técnica, investigación y desarrollo tecnológico en materias competencia de la Dirección General de Carreteras.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 1 de julio de 2008, páginas 29062 a 29068 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2008-11159

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Fomento y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) del Ministerio de Fomento, el día 3 de abril de 2008, un Acuerdo de Encomienda de Gestión entre la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) del Ministerio de Fomento para la «Realización en 2008 de trabajos de asistencia técnica, investigación y desarrollo tecnológico en materias competencia de la Dirección General de Carreteras» y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho Acuerdo que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 11 de abril de 2008.-El Director General de Carreteras, Francisco Javier Criado Ballesteros.

ANEXO Acuerdo de Encomienda de Gestión entre la Dirección General de Carreteras, del Ministerio de Fomento, y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), del Ministerio de Fomento, para la realización de trabajos de asistencia técnica, investigación y desarrollo tecnológico en materias competencia de la Dirección General de Carreteras

REUNIDOS

De una parte, don Víctor Morlán Gracia, en su calidad de Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, que actúa en el ejercicio de su cargo, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 14.1 de la Lley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración del Estado (LOFAGE).

Y de otra, don Ángel Aparicio Mourelo, Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), Organismo Autónomo de la Administración del Estado, igualmente en representación legal del Organismo, en virtud de las facultades conferidas por el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 591/2005, de 20 de mayo. Ambas partes, según intervienen, declaran poseer y se reconocen mutuamente con capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Acuerdo de Encomienda de Gestión, y al efecto:

EXPONEN

1.º Antecedentes y circunstancias de la Dirección General de Carreteras.-La Dirección General de Carreteras ejerce, en el ámbito de las competencias del Ministerio de Fomento y bajo la supervisión de la Secretaría General de Infraestructuras, las funciones que se detallan en el Real Decreto 1476/2004, de 18 de abril, entre las que se destacan a los efectos de este Acuerdo de Encomienda de Gestión las siguientes: a) La información continua, actualización, seguimiento, control de la situación y funcionamiento de la Red de Carreteras del Estado.

b) La elaboración de normativa básica de interés general, la elaboración de estudios e informes de carácter técnico, así como la programación de transferencia de tecnología. c) La gestión y control de la construcción de nuevas infraestructuras, los acondicionamientos y rehabilitación de la red vial, la gestión y supervisión de la calidad, el seguimiento técnico de las obras y sus incidencias. d) La conservación, el mantenimiento y la rehabilitación del patrimonio vial, la explotación, y señalización de carreteras y sus servicios complementarios, así como el inventario de la seguridad vial, el análisis de accidentes, la vialidad invernal y las normas de actuación en las zonas de dominio público, de servidumbre y de afección de las carreteras. e) La elaboración de planes y programas de seguridad vial en el ámbito de la competencia del ministerio.

Para el cumplimiento de estas funciones y a través de sucesivos instrumentos administrativos, la Dirección General de Carreteras ha venido contando con la colaboración del CEDEX en la realización de tareas de Asistencia Técnica, Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico en las materias de su competencia. El presente Acuerdo de Encomienda de Gestión completa esta colaboración para dar soporte al conjunto de las tareas previstas hasta final de 2008. 2.º Antecedentes y circunstancias del CEDEX.-El Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 591/2005, de 20 de mayo, configura al CEDEX como Organismo Autónomo de Investigación Científica y Técnica, estableciendo entre sus funciones la asistencia técnica, el asesoramiento, la colaboración y difusión exterior, etc., en todas aquellas materias tecnológicas que tienen relación con las obras públicas y el medio ambiente asociado. Actualmente se encuentra adscrito orgánicamente al Ministerio de Fomento y también funcionalmente al Ministerio de Medio Ambiente.

El CEDEX cuenta con una serie de Centros especializados entre los que cabe destacar, a los efectos de este Acuerdo de Encomienda de Gestión, el Centro de Estudios del Transporte, el Centro de Estudios de Técnicas Aplicadas, el Laboratorio de Geotecnia y el Laboratorio Central de Estructuras y Materiales, disponiendo de los adecuados medios materiales y humanos así como la experiencia necesaria para el desarrollo de las actividades objeto de este Acuerdo de Encomienda de Gestión. 3.º Naturaleza del acuerdo Encomienda de Gestión y capacidad de las partes.-Dadas las especiales características técnicas de los trabajos que se pretende acometer, la singularidad de los equipos e instrumentos requeridos para su ejecución, y la alta cualificación e independencia exigibles a la Entidad que los lleve a cabo, se considera oportuno que el CEDEX se encargue de su realización, mediante la suscripción de este Acuerdo de Encomienda de Gestión. El presente Acuerdo de Encomienda de Gestión es de colaboración técnica; de naturaleza pública y se encuentra sometido, como tal, al ordenamiento jurídico general vigente en esta materia en la Administración Pública, encontrándose excluido del ámbito del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, según lo establecido en su Artículo 3, modificado por el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo. El CEDEX, en su calidad de Organismo Autónomo de la Administración del Estado, está facultado para otorgar este Acuerdo de Encomienda de Gestión, en virtud de las facultades que le están conferidas por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y por el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 591/2005, de 20 de mayo. La Dirección General de Carreteras es el órgano de la Administración competente en la materia objeto del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión y, en consecuencia, está igualmente facultada para su otorgamiento, a tenor de las atribuciones que le confiere la normativa vigente. 4.º Suscripción de la Encomienda de Gestión.-Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

1. Objeto.-El objeto del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión es el establecimiento de la colaboración entre la Dirección General de Carreteras, y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), para la «Realización en 2008 de trabajos de asistencia técnica, investigación y desarrollo tecnológico en materias competencia de la Dirección General de Carreteras».

Las actividades objeto del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión se materializarán en los estudios y trabajos que se definen en la cláusula 2, ajustándose a la planificación que se establecerá de común acuerdo. 2. Definición de los trabajos.-Las actuaciones a realizar por el CEDEX derivadas del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión están relacionadas con el apoyo a la Dirección General de Carreteras en materias de su competencia. El detalle de las mismas se encuentra recogido en el Anejo I adjunto al presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, en donde se especifican los objetivos y trabajos a realizar en cada actuación, así como el presupuesto y duración de cada una de ellas. En el Anejo II se desglosa el presupuesto correspondiente a cada actuación. 3. Informes y trabajos concretos a realizar y presentación de documentos.-En el inicio de la vigencia del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, la Comisión de Seguimiento definida en la cláusula 7, fijará un Plan anual de actividades, en el que se detallarán los plazos parciales de los trabajos que el CEDEX desarrollará, así como los diferentes informes técnicos que deberán emitirse correspondientes a tales trabajos, y su forma de presentación. La Comisión de Seguimiento, (Cláusula 7), podrá proponer la modificación parcial de esta planificación de acuerdo con las necesidades de las partes. 4. Vigencia del Acuerdo y comienzo de los trabajos.-El presente Acuerdo de Encomienda de Gestión tendrá una vigencia máxima de once (11) meses, contados a partir de la firma del Acuerdo, publicándose el mismo en el Boletín Oficial del Estado. La prórroga de dicho plazo podrá acordarse por acuerdo mutuo de las partes, una vez ponderadas las circunstancias que concurran en el caso, sin que ello suponga una modificación de la contraprestación económica. 5. Presupuesto.-El presupuesto del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión asciende como máximo a la cantidad de Setecientos cinco mil Euros (705.000,00 €), incluido el IVA que será abonada por la Dirección General de Carreteras al CEDEX en la forma que se señala en la cláusula siguiente. 6. Forma de pago.-El pago del importe de los trabajos se efectuará de conformidad con el progreso de los trabajos, según acuerdo de la la Comisión de Seguimiento definida en la cláusula 7. A la conclusión del Acuerdo de Encomienda de Gestión, se llevará a cabo una liquidación final, de acuerdo con la valoración de los trabajos incluidos en el Plan y según lo establecido en la cláusula 9 de este Acuerdo de Encomienda de Gestión. El ingreso de las cantidades correspondientes al abono de los pagos se efectuará en la cuenta corriente n.º 9000-0001-20-0200005297 del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, Banco de España, Madrid. 7. Responsables del desarrollo del Acuerdo de Encomienda de Gestión.-La ejecución del Acuerdo de Encomienda de Gestión se realizará bajo la dirección de la Dirección General de Carreteras. Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el presente Acuerdo no implica cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. El CEDEX se hará cargo del desarrollo técnico de los trabajos contenidos en el Acuerdo de Encomienda de Gestión, nombrando, a tal efecto, un director de los trabajos para cada una de las actuaciones. Se constituirá una Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Encomienda de Gestión, que se reunirá al menos dos veces al año y, en cualquier caso, cuando una de las partes lo solicite. La Comisión estará formada por los siguientes miembros:

El Director General de Carreteras.

El Director General del CEDEX. Ocho representantes, cuatro de cada una de las dos Direcciones Generales, nombrados por el Director General de Carreteras y el Director General del CEDEX, respectivamente.

La presidencia de la Comisión recaerá en el Director General de Carreteras.

La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:

Fijar un Plan anual de las actividades que el CEDEX desarrollará en ese año, de acuerdo con los trabajos establecidos en la cláusula 2.

Determinar la forma de presentación de los informes y si son emitidos de forma continua o al término del trabajo, según el tipo de actividad a desarrollar. Interpretar, en caso de duda, el contenido del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión y, en consecuencia, proponer las decisiones oportunas acerca de las variaciones o cambios aconsejables para la mejor ejecución de las actuaciones. Modificar las actuaciones establecidas en la cláusula 2 del Acuerdo de Encomienda de Gestión para adaptarlas a las nuevas necesidades de actuación que pudieran producirse. El seguimiento técnico y económico de la ejecución de las actuaciones contempladas en el Acuerdo de Encomienda de Gestión.

La Comisión de Seguimiento elaborará su propio reglamento interno y formalizará mediante acta el contenido de sus reuniones.

Dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión en el Boletín Oficial del Estado, el CEDEX y la Dirección General de Carreteras, se comunicarán mutuamente, y por escrito, el nombre de sus representantes en la citada Comisión, así como de la persona responsable principal de las relaciones y cuestiones que puedan surgir para el desarrollo del mismo. 8. Disponibilidad de datos y resultados por parte del CEDEX.-La propiedad de los documentos que resulten de los trabajos será de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento. No obstante, CEDEX podrá disponer de toda la información, empleada y desarrollada a lo largo de los estudios realizados en el marco de este Acuerdo de Encomienda de Gestión, para su utilización -única y exclusivamente-en trabajos de experimentación y desarrollo tecnológico del propio Centro, así como en los procesos de transferencia y cooperación técnica, previa autorización expresa de la Dirección General de Carreteras. En todo caso, la Dirección General de Carreteras podrá indicar, para determinados trabajos, que los informes derivados sean objeto de tratamiento reservado. 9. Finalización.-Finalizará el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión para la «Realización en 2008 de trabajos de asistencia técnica, investigación y desarrollo tecnológico en materias competencia de la Dirección General de Carreteras» con la entrega por parte del CEDEX, y aceptación por la Dirección General de Carreteras, de la totalidad de la documentación especificada en la cláusula 3 de este Acuerdo. Recibido de conformidad el trabajo por Dirección General de Carreteras, se efectuará la liquidación económica del Acuerdo.

10. Interpretación del Acuerdo de Encomienda de Gestión.-Las divergencias que pudieran surgir en el cumplimiento y ejecución del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión serán sometidas por ambas partes a la interpretación de la Secretaria General de Infraestructuras del Ministerio de Fomento.

Para cumplimentar el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión para la «Realización en 2008 de trabajos de asistencia técnica, investigación y desarrollo tecnológico en materias competencia de la Dirección General de Carreteras» en todas su partes, se suscribe, por duplicado ejemplar, en Madrid a 3 de abril de 2008.-El Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, Víctor Morlán Gracia.-El Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), Ángel Aparicio Mourelo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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