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Documento BOE-A-2008-10602

Orden ARM/1779/2008, de 19 de mayo, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Doñana 2005, actuación n.º 6 (Fase II) y n.º 7, recuperación de la funcionalidad del brazo de la torre y permeabilización de la marisma (Sevilla-Huelva).

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 21 de junio de 2008, páginas 28085 a 28089 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-10602

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado 2.c. del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas. El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

El «Plan de regeneración hídrica de las cuencas y cauces vertientes a las marismas del Parque Nacional de Doñana» denominado proyecto «Doñana 2005», contempla diversas obras de regeneración hídrica que fueron aprobadas y declaradas de interés general mediante el Real Decreto Ley 7/1999, de 23 de abril, convalidado posteriormente por Resolución de 13 de mayo de 1999 del Congreso de los Diputados. Con estas actuaciones se pretende restaurar, en cantidad y calidad, las aportaciones de agua necesarias para recuperar la dinámica hidráulica tradicional de la marisma y que el Parque Nacional quede definitivamente a salvo de cualquier peligro de incorporación de aguas contaminadas. Entre las citadas obras de regeneración, se encuentra la denominada Actuación n.º 6, que consiste básicamente en la restauración del Caño Travieso, uno de los brazos en los que se desdoblaba el río Guadiamar y que aportaba agua a las marismas de Doñana. La Fase I de esta actuación, ya fue evaluada y dispone de DIA favorable publicada en el BOE n.º 214, de 6 de septiembre de 2003. En relación con el proyecto «Doñana 2005», se constituyó una Comisión Científica con la función de informar, asesorar y, en su caso, proponer las actuaciones a desarrollar. La Comisión Científica en reunión celebrada el 28 de junio de 2005, acordó refundir en un solo proyecto la Fase II de la Actuación n.º 6 y la Actuación n.º 7, debido a que estos dos proyectos funcionan de modo unitario tanto desde el punto de vista hidráulico como del de los ecosistemas. El objeto básico del proyecto es la recuperación de la funcionalidad hidrológica e hidráulica fluvio-mareal del Brazo de la Torre y la permeabilización de la marisma de Doñana, en los municipios sevillanos de Aznalcázar, Isla Mayor (Villafranco del Guadalquivir) y La Puebla del Río, y Almonte en Huelva. Las principales actuaciones a realizar se dividen en tres grupos:

Actuaciones en el Brazo de la Torre y Entremuros. Instalación de sifón de reposición del Canal de riego a Cantarita y obra de control de caudales. Dragado del Brazo de la Torre. Construcción de obras de defensa lateral en ambas márgenes del Brazo de la Torre (diques y motas). Retirada de los diques de cierre del Brazo de la Torre, del de la margen izquierda de Entremuros-Veta de Alí, de Prolongación del Matochar, del Este de la finca de los Caracoles que interrumpe el caño Travieso y el Lucio del Cangrejo. Rellenos del canal de aguas mínimas, de la solución Centro-Norte, del canal de E.B de Caracoles. Taponamiento de la solución Sur. Actuaciones en la Montaña del Río y su prolongación. Retirada del dique Prolongación de la Montaña del Río. Retirada de la Montaña del Río hasta la casa de Brenes. Creación de Badenes en Brenes, La Soledad y Los Rompidos. Acondicionamiento de compuertas y caños de la Montaña del Río.

Actuaciones complementarias:

Instalación del sistema de desagüe de Cantarita. Demolición de estructuras existentes. Sellado de compuertas. Reposición de desagües y servicios afectados.

Según informa el promotor, para el diseño de las obras proyectadas se han utilizado cuatro modelos de simulación de la dinámica fluvial y mareal de la zona: el hidrodinámico de propagación de mareas; el de intrusión salina en el Brazo de la Torre; el de simulación fluvial del Brazo de la Torre y el hidrodinámico de la marisma. La Comisión Científica del Proyecto Doñana 2005, que ha participado en el proceso de decisión de las obras a ejecutar junto con la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, avala el resultado final obtenido.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

El proyecto se localiza en el sector noreste del Parque Natural de Doñana, declarado por la Ley 2/1989, de 18 de julio, y del Parque Nacional de Doñana, declarado por el Decreto 2412/1969, de 16 de octubre. Ambos parques integran el Espacio Natural de Doñana, declarado mediante la Ley 8/1999, de 27 de octubre.

Doñana además ha sido designada como Reserva de la Biosfera y como Sitio Ramsar. El Espacio Natural de Doñana se encuentra protegido también bajo las figuras de LIC y ZEPA (ES0000024) «Doñana». Doñana es el mayor humedal de Europa y un lugar estratégico para la invernada y migración de aves entre África y Europa, dada su proximidad al Estrecho de Gibraltar. Además, este espacio se caracteriza por acoger una muestra representativa de distintos ecosistemas, tales como marismas continentales, arenales y complejos de dunas litorales, tanto fijas como móviles, así como playas y una porción del estuario del Guadalquivir. Las obras se localizan en el Brazo de la Torre, que constituye la continuación del río Guadiamar y un afluente del río Guadalquivir próximo a su desembocadura. El Caño Travieso, junto al Caño Guadiamar, encauzan las avenidas del sistema Brazo de la Torre-Río Guadiamar. La situación actual de la zona de actuación es el resultado de numerosas transformaciones, entre las que destaca el encauzamiento de Entremuros, que corta las aportaciones del río Guadiamar a través de los Caños Guadiamar y Travieso a las marismas del Parque Nacional, impidiendo la circulación del agua por el Brazo de la Torre entre la Vuelta de la Torre y la Vuelta del Matochar, con los consiguientes problemas de colmatación de su cauce. En fechas más recientes, tras la rotura de la balsa de lodos de la explotación minera de Aznalcollar, se construyó el dique conocido como Prolongación de la Montaña del Río, que enlaza la Montaña del Río con Entremuros y que impermeabiliza la marisma frente al Brazo de la Torre y a Entremuros, impidiendo la entrada de cualquier aporte hídrico procedente del río Guadiamar. La distribución de las comunidades vegetales en la zona de actuación se ve muy condicionada por la salinidad de las aguas y por los periodos de inundación debidos a los flujos mareales. Según el estudio de impacto ambiental, en el Brazo de la Torre predominan las especies helofíticas, entre las que destacan el carrizo (Phragmites australis), la espadaña (Typha angustifolia) y la enea (Typha dominguensis y Typha latifolia), de periodos de inundación medios y poco tolerantes a la salinidad. En las márgenes de la desembocadura del Brazo de la Torre la vegetación cambia, debido a la influencia mareal, desarrollándose plantas halófitas fruticosas (Sarcocornia perennis, Limonium ferulaceum, etc.). Mención especial merecen el almajo salado (Arthrocnemum macrostachyum) y el almajo dulce (Suaeda vera), que se desarrollan en zonas elevadas más secas. Los almajares estan catalogados como hábitat de interés comunitario en la Directiva 92/43/CEE, bajo del epígrafe: 1420 Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fructicosae). En cuanto a la fauna, el Brazo de la Torre presenta especies ícticas de agua dulce como la anguila (Anguilla anguilla) y la carpa (Cyprinus carpio). En la zona sur, debido a la mayor influencia de las mareas, son más abundantes peces como el pejerrey (Atherina boyeri), el fúndulo (Fundulus heteroclitus) y el fartet (Lebias ibera). Además, de entre la herpetofauna se destaca al gallipato (Pleurodeles waltl), el galápago leproso (Mauremys leprosa) y el galápago europeo (Emys orbicularis). La zona de actuación acoge una gran diversidad de avifauna, diferente según el tipo de hábitat. Entre los carrizos y eneas se localizan especies como la garza real (Ardea cinerea), la garza imperial (Ardea purpurea), el calamón (Porphyrio pophyrio), el avetorillo (Ixobrychus minutus), el aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), entre otros. En las zonas de almajal seco se ubican epecies esteparias como el alcaraván (Burhinus oedicnemus), la terrera marismeña (Calandrella rufescens), la terrera común (Calandrella brachydactila). En zonas con una mayor presencia de agua se localizan especies como el ánade real (Anas platyrhynchos), ánade friso (Anas strepera), cerceta pardilla (Marmorenetta angustirostris), entre otras muchas.

3. Resumen del proceso de evaluación:

a. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. a) Entrada documentación inicial. La tramitación se inició con fecha 17 de enero de 2000, momento en que se recibió en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente la memoria resumen procedente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.

Con fecha 24 de enero de 2000 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, estableció un período de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas por la ejecución del proyecto. La relación de consultados se expone a continuación:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad

-

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía

-

Diputación Provincial de Sevilla

-

Dirección General de Protección Ambiental, Consejería de Medio Ambiente, Junta de Andalucía

X (3)

Consejería de Medio Ambiente

-

Instituto Tecnológico Geominero de España

-

Director-Conservador del Parque Nacional de Doñana.

-

Estación Biológica de Doñana (EBD). Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)

X

Ayuntamiento de Hinojos (Huelva).

-

Ayuntamiento de Almonte (Huelva)

-

Ayuntamiento de Bollullos del Condado (Huelva)

-

Ayuntamiento de Rociana del Condado (Huelva)

-

Ayuntamiento de Aznalcázar (Sevilla)

X

Ayuntamiento de Villafranco del Guadalquivir (Sevilla)

-

Ayuntamiento de Puebla del Río (Sevilla)

-

Ecologistas en Acción-Andalucía

X

Greenpeace

-

SEO

X

ADENA

X

Andalus. Federación Ecologista Andaluza Amigos de la Tierra .

-

Coordinadora Ecologista de Huelva

-

Federación Ecologista Pacifista de Sevilla

-

Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental . .

X

Es importante señalar que la Dirección General de Protección Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía remite tres informes: uno de la Oficina Técnica del Corredor Verde del Guadiamar y otros dos redactados por esa Dirección General, en base a sendos informes de la Dirección del Parque Natural de Doñana y de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla. Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Espacios sensibles. Todas las respuestas recibidas enfatizan en, la necesidad de creación de una Comisión Científica de Expertos, que analice en profundidad las actuaciones propuestas, y las adecúe a las necesidades reales de este enclave protegido, aportando de esta manera un aval científico en la toma final de decisiones.

Tanto la Dirección General de Protección Ambiental, de la Consejería de Medio Ambiente, de la Junta de Andalucía como la Estación Biológica de Doñana (EBD) y las ONGs de las que se ha recibido respuesta, informan sobre la necesidad de estudiar la afección del proyecto sobre las comunidades biológicas de los Parques Nacional y Natural de Doñana y a los procesos y sistemas geomorfológicos e hidrológicos de las marismas de Doñana. En este sentido se indica la necesidad de evaluar la calidad de las aguas que vayan a entrar en el Parque. SEO/BirdLife informa que Doñana está protegido bajo las figuras de Parque Nacional, Parque Natural, Reserva de la Biosfera, Sitio Ramsar, ZEPA y LIC, menciona igualmente la coincidencia de la ubicación del proyecto con la IBA, n.º 259 «Marismas del Guadalquivir».

Hidrología.

Según lo manifestado por varios consultados es necesario poder contrastar las consecuencias de las actuaciones propuestas, con modelos de simulación de funcionamiento hidráulico de las zonas actuadas. La Oficina Técnica del Corredor Verde del Guadiamar solicita la aplicación de un modelo de simulación del régimen de avenidas, expresando los caudales que discurrirán por el Caño Travieso y por el Brazo de la Torre. La Estación Biológica de Doñana informa de la necesidad de aplicar un modelo de funcionamiento hidráulico específico del Brazo de la Torre, para poder prever caudales circulantes, transporte de sólidos y metales pesados e influencia del agua salobre de las mareas. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla solicita la determinación de un régimen de caudales óptimo a circular por el Caño Guadiamar hacia los Parques Nacional y Natural, y un estudio de los efectos de las obras sobre el Lucio del Cangrejo Grande.

Calidad de las aguas y contaminación.

Todos los organismos y ONGs de las que se ha recibido respuesta coinciden en otorgar gran relevancia a la calidad de las aguas que llegan a la marisma de Doñana.

La calidad de las aguas, puede verse comprometida por la contaminación procedente de la rotura en el año 1998, de la balsa de lodos de la explotación minera de piritas de Aznalcóllar y por los productos agroquímicos que se utilizan en los cultivos presentes en la zona. Por tanto, se solicita la comprobación de la limpieza del Guadiamar con carácter previo a la ejecución de cualquier obra y se informa de la necesidad de control de la calidad de las aguas que llegan a la marisma de Doñana. Con este fin, se expresa la necesidad de la realización de un estudio de la dispersión de metales pesados desde el río Guadiamar a las marismas de Doñana. Además, en los informes de la Dirección General de Protección Ambiental de la Junta de Andalucía, se solicita el estudio del impacto que pueden tener los productos fitosanitarios procedentes del Sector III de la Zona Regable Almonte-Marismas sobre los Parques Nacional y Natural de Doñana. Finalmente, SEO/BirdLife solicita el cierre y restauración de Aznalcóllar.

Fauna.

La Dirección del Parque Natural de Doñana, a través del informe de la Dirección General de Protección Ambiental de la Junta de Andalucía, manifiesta la necesidad de ejecutar las obras que puedan afectar a la reproducción de aves acuáticas fuera de la época de cría, que generalmente es del 1 de marzo al 31 de julio.

Además, propone que se estudie la posibilidad de adopción de medidas puntuales destinadas a especies protegidas o amenazadas en la zona como el fartet y el espinoso, así como otras de interés social para uso público como las colonias de aves acuáticas. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla, considera imprescindible asegurar la permeabilidad de la Obra de Control de Caudales respecto a la fauna acuática.

Compatibilidad con otras actuaciones y proyectos.

La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, señala la conveniencia de hacer un estudio conjunto de la Actuación n.º 7 y la n.º 6, al estar íntimamente relacionadas. De igual manera, informa de la existencia en la zona de un proyecto suyo denominado «Corredor Verde del Guadiamar» y de la necesidad de coordinar estrechamente la ejecución de ambas actuaciones.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas. El resultado de las contestaciones a las consultas realizadas se remitió al promotor el 4 de abril de 2002, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas, y los aspectos más relevantes que debería contemplar el estudio de impacto ambiental.

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. a) Información pública. Resultado. Con fecha 15 de noviembre de 2006 se publica en el BOP de Sevilla núm. 264 anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir por el que somete a información pública el «Proyecto Doñana 2005. Actuaciones n.º 6 (fase II) y n.º 7, recuperación de la funcionalidad del Brazo de la Torre y permeabilización de la marisma» y su estudio impacto ambiental. Asimismo, con fecha 29 de noviembre de 2006 se publica el mismo anuncio en el BOP de Huelva núm. 22.

La nota-anuncio de la información pública, también fue expuesta en los Ayuntamientos donde se desarrolla el proyecto, es decir, Aznalcázar, Isla Mayor y La Puebla del Río, en la provincia de Sevilla, y Almonte, en la provincia de Huelva. Durante el periodo de información pública se han recibido 11 alegaciones al proyecto correspondientes a propietarios de fincas afectadas por el mismo (C.R. del Canal Isla Mínima, C.R. La Ermita, Coperativa Arrocera del Sur (y 24 personas físicas), Dehesa Norte, S.A.; Pesquerías Isla Mayor, S.A.; La Atalaya de Carmona, S.A.; Gabriel Rojas, S.L.; El Sapillo S.L., y otros 3 propietarios particulares. Las alegaciones aportan información sobre la titularidad de las fincas y sobre los bienes y superficies afectadas por el proyecto y que, en algunas ocasiones, no han sido considerados en el estudio de impacto ambiental. Además, en alguna de ellas se solicita reunión explicativa de las actuaciones del proyecto que puedan afectarles y coordinar soluciones. La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir toma nota de todas las indicaciones realizadas y acepta la convocatoria de reuniones por parte de los propietarios de las fincas.

b) Consultas a Administraciones ambientales afectadas. Resultado.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, durante el periodo de información pública, ha recabado informes de las siguientes administraciones ambientales afectadas: La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía tras recibir los informes elaborados por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva y Sevilla, y por los servicios técnicos del Espacio Natural de Doñana, considera idóneas las soluciones proyectadas, informando que con las obras prevista, se mejorará el funcionamiento hidrológico del sector de las marisma de la zona actuada.

La Dirección General de la Red de Espacios Naturales Protegidos y Servicios Ambientales. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía adjunta un informe de los servicios técnicos del Centro Administrativo de «El Acebuche» del Espacio Natural de Doñana, donde se informa que la solución desarrollada en el proyecto de obras ha sido consensuada en el seno del Comité Científico y recoge correctamente las recomendaciones y sugerencias efectuadas por esta unidad a la vista de los estudios y modelizaciones realizados en años anteriores. A pesar de ello, sugiere una serie de pequeñas modificaciones a introducir en el proyecto, que considera importantes para el correcto funcionamiento hidrológico de este sector de las marismas de Doñana, y que no implican modificaciones sustanciales del proyecto, sino más bien pequeñas modificaciones y decisiones de organización y planificación de los trabajos. El promotor en escrito fechado 1 de abril de 2008, acata el informe presentado e informa que el desarrollo del proyecto es compatible con todas las sugerencias realizadas. La Delegación Provincial de Sevilla. Consejería de Cultura. Junta de Andalucía informa que tras analizar la documentación presentada, como resultado de la prospección realizada sobre la parcela objeto del estudio, se deduce que no existen evidencias sobre la existencia de yacimiento arqueológico alguno. Por ello, resuelve el levantamiento de la cautelas arqueológicas en el ámbito de actuación del proyecto correspondiente a los términos municipales de Aznalcázar, Puebla del Río e Isla Mayor, de la provincia de Sevilla. La Delegación Provincial de Huelva. Consejería de Cultura. Junta de Andalucía después de analizar la documentación presentada, relativa a la prospección arqueológica superficial intensiva realizada, estima conveniente la realización de un control arqueológico de los movimientos de tierra durante la ejecución de los desmontes y remociones proyectadas en el municipio de Almonte en la provincia de Huelva. El Coordinador de la Comisión Científica del Proyecto de Doñana 2005, informa que el proyecto finalmente presentado cuenta con el aval de la Comisión Científica y recoge el resultado de la coordinación y el consenso con la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

4. Integración de la evaluación:

a. Impactos significativos de la alternativa elegida. Espacios sensibles e hidrología. Será la hidrología el factor del medio que resultará más afectado por las obras, si bien se considera que lo será de manera positiva. El diseño de las obras proyectadas se ha obtenido gracias a la utilización de modelos de simulación fluvio-mareales y contando con el aval de la Comisión Científica del Proyecto Doñana de 2005.

El Brazo de la Torre con las actuaciones proyectadas, recuperará la morfología natural de su cauce y su funcionamiento fluvial, como elemento de transporte de los caudales ordinarios del río Guadiamar hacia el río Guadalquivir y de los caudales extraordinarios (avenidas) hacia las marismas orientales del Parque Nacional de Doñana. Además, recuperará su funcionalidad mareal, al permitir la propagación de las mareas procedentes del río Guadalquivir hasta llegar aguas arriba de la Vuelta de la Arena. Las actuaciones previstas en la Montaña del Río y su Prolongación permitirán recuperar el funcionamiento natural de la marisma, haciéndola más permeable, con lo que se conseguirá obtener unos niveles y periodos de inundación coincidentes con los objetivos marcados por el Parque Nacional y la Estación Biológica de Doñana. El estudio de impacto ambiental contempla la instauración de un riguroso programa de medición de la calidad de todas las aguas que entren en el Parque, así como un control exhaustivo de los vertidos que puedan producirse en la zona de obras, ocupando sólo las superficies que sean estricamente necesarias y prohibiendo la localización de cualquier instalación o elemento sobre cauces.

Vegetación y fauna.

Las actuaciones proyectadas conllevarán cierta alteración de las comunidades vegetales asociadas, bien por su eliminación directa en el caso de las obras de relleno de canales, de demolición de diques y de dragado de cauces, bien de forma indirecta, debido a la modificación de las características del agua que baña los suelos (dulce y salobre) o por los períodos y niveles de inundación de los mismos. La recuperación del régimen hídrico original, favorecerá que se instaure una cubierta vegetal próxima a la vegetación potencial de la zona, lo que se considera como un efecto beneficioso.

Como otro elemento beneficioso, hay que añadir la recuperación hidrológica y ambiental de la denominada Veta de Alí, que pasará a formar parte de la marisma. El promotor considera que, a medio plazo, se desarrollará una vegetación propia de la marisma alta o almajal, debido a su situación elevada respecto a las zonas susceptibles de inundación. Con la ejecución de las obras, la fauna presente se verá afectada por motivos tales como destrucción de cubierta vegetal, trasiego de maquinaria, enturbiamiento de aguas, alteraciones en algunos hábitats actuales y por el cambio en la salinidad de las aguas circulantes en determinadas zonas. Todo ello provocará, el desplazamiento de algunas especies más sensibles a otras zonas más favorables a sus necesidades ecológicas, siendo ocupados sus nichos ecológicos por otras especies más adaptadas a las nuevas condiciones. Para mitigar afecciones a la ictiofauna, el diseño de la obra de control de caudales permite el paso de la misma a su través, dado que no dispone de compuertas y mantiene una lámina de agua mínima de 35 cm. Con el fin de evitar la afección a los periodos reproductivos de las principales especies de avifauna, en el estudio se propone la ejecución de las obras durante los meses de verano. Además, se prohíbe el tránsito de personas y maquinaria en la zona de protección de Lucio del Cangrejo Grande y Lucio del Cangrejo Chico.

Geomorfología y paisaje.

Se conseguirá una naturalización en el caso de eliminación de las estructuras existentes y las modificaciones que se producen sobre la red hidrográfica. En cambio, se producirá una artificialización en el caso de actuaciones como la construcción de los diques protectores en el entorno del Brazo de la Torre.

Se potenciará la regeneración natural de las superficies afectadas, revegetando con especies autóctonas de marisma, sólo en el caso de los nuevos taludes generados, en los distintas superficies de relleno y en las superficies expropiadas. Dada la singularidad del Brazo de la Torre, con dificultades de asentamiento de tierra en sus márgenes y que transportará una mezcla de aguas dulces y salobres, la Confederación tiene previsto permitir la regeneración natural de las márgenes del citado brazo. No obstante, se va a realizar un seguimiento del estado de la revegetación en estas zonas para tomar medidas en caso de que fracase la regeneración natural. En cuanto a los movimientos de tierra, en el estudio se contempla la utilización de las tierras obtenidas en las labores de demolición de diques y dragado de cauces, en las labores de relleno de canales y construcción de diques y motas de protección. Como lugar de acopio de la tierra extraída para su secado se tiene previsto el empleo de las superficies expropiadas interiores a la llanura de inundación, no siendo posible en ningún caso la utilización de zonas incluidas en los Parques Nacional o Natural de Doñana, Dominio Público Marítimo-Terrestre o zonas con vegetación natural.

5. Condiciones al proyecto.

El promotor deberá cumplir, además de las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en los informes recibidos, las condiciones que se relacionan a continuación: Para evitar posibles afecciones al ciclo biológico de la fauna protegida existente en la zona (aves, peces y herpetofauna), el calendario definitivo de las obras deberá fijarse en coordinación con la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Se deberá realizar un control arqueológico de los movimientos de tierra durante la ejecución de los desmontes y remociones proyectadas en el término municipal de Almonte, en la provincia de Huelva, de acuerdo con la resolución de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.

El estudio de impacto ambiental incorpora un programa de vigilancia ambiental para el seguimiento de la evolución de los impactos previstos y de la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas, así como la detección de impactos negativos no previstos y la propuesta de medidas para subsanarlos.

Con carácter previo a la ejecución de las obras, el programa de vigilancia ambiental contempla la revisión del proyecto constructivo para comprobar que se ha incorporado todo lo especificado en la declaración de impacto ambiental. El programa de vigilancia ambiental incluye la emisión de informes previos a la ejecución de las obras, en los que se reflejen las modificaciones introducidas al proyecto original y las medidas ambientales previstas. Durante la ejecución de las obras y con periodicidad mensual se redactarán informes sobre la eficacia de las medidas previstas, así como informes especiales cuando se produzca alguna circunstancia no prevista. Finalmente, se prevé la emisión de un informe final, relativo a las labores de desmantelamiento de las obras. El promotor deberá explicitar en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica su Declaración de Impacto Ambiental. Conclusión: En consecuencia, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 14 de mayo de 2008, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Doñana 2005. Actuación n.º 6 (Fase II) y n.º 7. Recuperación de la funcionalidad del Brazo de la Torre y permeabilización de la marisma (Sevilla-Huelva)» concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 19 de mayo de 2008.-La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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