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Documento BOE-A-2008-10201

Resolución de 28 de mayo de 2008, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico de colaboración entre el Instituto de Salud «Carlos III» y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, para el impulso de la medicina regenerativa y la terapia celular durante el año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 13 de junio de 2008, páginas 27145 a 27147 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2008-10201

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 10 de abril de 2008, Convenio específico de colaboración entre el Instituto de Salud «Carlos III» y la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León para el impulso de la medicina regenerativa y la terapía celular en Castilla y León durante el año 2008, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de mayo de 2008.-El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO Convenio específico de colaboración entre el Instituto de Salud «Carlos III» y la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León para el impulso de la medicina regenerativa y la terapía celular en Castilla y León durante el año 2008 (en desarrollo del convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto de Salud «Carlos III», y la Comunidad de Castilla y León, para establecer el marco de desarrollo de actividades de carácter científico y técnico)

Madrid, a 10 de abril de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Francisco Javier Álvarez Guisasola, Consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, nombrado por Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, del presidente de la Junta de Castilla y León, actuando en nombre y representación de la Consejería de Sanidad, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 26.1 l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, con domicilio en el Paseo de Zorrilla, número 1 de Valladolid.

Y de otra parte, la Sra. D.ª Flora de Pablo Dávila, Directora del Instituto de Salud Carlos III, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Sanidad y Consumo, con CIF Q-2827015-E y sede en Madrid (C.P. 28.029), calle Sinesio Delgado 6, quien actúa en su nombre y representación ejerciendo las competencias atribuidas por el Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo y el Real Decreto 375/2001, de 6 de abril por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, modificado mediante Real Decreto 590/2005, de 20 de mayo.

Las partes reunidas se reconocen plena capacidad para suscribir este Convenio, a cuyo efecto

MANIFIESTAN

Primero.-Que solo es posible un desarrollo social sostenido y estable con la necesaria colaboración de las instituciones públicas y privadas de interés general en el estudio de soluciones conjuntas a los problemas de salud que se presenten en los ciudadanos.

Segundo.-Que la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León y el Instituto de Salud «Carlos III» suscribieron, el 24 de septiembre de 2002, un Convenio marco para la cooperación, entre otras actividades, en la «promoción y realización conjunta, en régimen de cofinanciación, de proyectos coordinados o concertados de investigación científica y técnica», para cuyo desarrollo se contempla la oportunidad de que se establezca el correspondiente Convenio específico. Tercero.-Que la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León tiene entre sus objetivos fomentar y potenciar la investigación biomédica en la Comunidad, en consonancia con lo previsto en la Ley 17/2002, del 19 de diciembre, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) en Castilla y León. Así mismo, la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, incluye, entre las actividades y servicios de su Sistema de Salud la investigación e innovación en el mundo de las Ciencias de la Salud y encomienda a la Administración Sanitaria la coordinación con Instituciones públicas y privadas que realicen actividades de investigación. Cuarto.-Que el Instituto de Salud Carlos III es el órgano de apoyo científico-técnico al Ministerio de Sanidad y Consumo y los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas y desarrolla las funciones señaladas en los artículos 48 a 52 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, así como aquéllas que hayan sido o le sean encomendadas. Como Organismo Público de Investigación asume la planificación, fomento y coordinación de la investigación e innovación biomédica y sanitaria. Quinto.-Que en el actual nivel de conocimiento científico puede afirmarse que la Terapia Celular y la Medicina Regenerativa son una vía para proporcionar soluciones terapéuticas a situaciones patológicas que carecen de tratamiento en la actualidad, o para mejorar los ya disponibles. Por otra parte, la investigación en Terapia Celular y en Medicina Regenerativa proporcionará en breve información muy valiosa sobre los mecanismos que regulan la viabilidad, proliferación y diferenciación celular en condiciones normales y patológicas. Habida cuenta de la importancia que para el Sistema Sanitario tiene la Medicina Regenerativa y la Terapia Celular, de los grupos que en la Comunidad de Castilla y León vienen trabajando en esa materia y del apoyo que el Ministerio de Sanidad y Consumo presta a las Comunidades Autónomas en ese tema, el Instituto de Salud «Carlos III» manifiesta su interés en apoyar el proyecto promovido por la Consejería de Sanidad en esa materia, cuya gestión se realizará a través de la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León. Sexto.-Que el Instituto de Salud Carlos III y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León desean incrementar la relación de cooperación y coordinación de sus actuaciones dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) 2008-2011. El Plan Nacional establece entre los objetivos específicos el incremento de los niveles de generación de conocimiento y basar la financiación de las actuaciones de investigación no orientada en los criterios estandarizados de excelencia científica, así como el de potenciar la formación e incorporación de nuevos investigadores, tecnólogos y gestores, así como del resto de personas dedicadas a la I+D (técnicos de apoyo.) con el objetivo de incrementar su número y cualificación. Séptimo.-Que el 26 de febrero de 2007 la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, el Instituto de Salud «Carlos III», y la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León suscribieron un convenio especifico de colaboración para el impulso de la Medicina Regenerativa y la Terapia Celular en Castilla y León para el año 2007, cuya positiva evaluación de las actividades realizadas se considera oportuno la continuidad durante el año 2008. Octavo.-Que teniendo en cuenta lo descrito anteriormente, la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, y el Instituto de Salud «Carlos III» tienen interés en impulsar la Medicina Regenerativa y la Terapia Celular. Igualmente consideran que el establecimiento de una línea conjunta de actuación y colaboración podría generar sinergias que derivasen en un incremento en la eficacia y eficiencia de sus actuaciones, y por ende, en una mejora en el funcionamiento de los servicios sanitarios y sociosanitarios.

Por todo ello, las partes intervinientes,

ACUERDAN

Primera. Objeto.-El objeto del presente convenio es impulsar la investigación en Medicina Regenerativa y la Terapia Celular en Castilla y León, mediante el apoyo al proyecto «Centro en Red de Medicina Regenerativa y Terapia Celular de Castilla y León» (en adelante «Centro en Red») iniciado en 2007, cuyo objetivo es investigar la potencial capacidad terapéutica de las células madre, poniendo especial énfasis en la interacción entre programas preclínicos y clínicos y estimulando enfoque traslacional. Las actividades y estructura del «Centro en Red» se incluyen en el anexo I.

Segunda. Compromisos de las partes.

El Instituto de Salud «Carlos III» aportará: Sus bases de datos de resultados de proyectos de investigación en las líneas seleccionadas, así como el estado actual de desarrollo de las diferentes líneas.

Los criterios para la ejecución de las líneas seleccionadas para que su desarrollo guarde coherencia con las investigaciones realizadas hasta la fecha. La utilización de sus infraestructuras científicas ubicadas en sus diferentes centros en caso necesario y favorecer el intercambio de investigadores y de tecnologías. Sus recursos administrativos y estructuras de gestión y coordinación de la investigación. La cuantía máxima de un millón quinientos mil euros (1.500.000 €) para la dotación de personal y equipamiento, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 26.203.465A.450 (750.000 EUROS) y 26.203.465A.750 (750.000 EUROS) del Presupuesto de Gastos del Instituto de Salud «Carlos III» para el año 2008.

La Consejería de Sanidad aportará:

El compromiso de continuidad de las líneas seleccionadas a través de su presentación en los programas de fomento a la investigación y estabilización e investigadores, de las distintas agencias de financiación de la investigación.

La cuantía máxima de un millón seiscientos mil euros (1.600.000 €), (1.500.000 € para el desarrollo del proyecto y 100.000 € para el Nodo de Coordinación y Gestión del «Centro en Red»), con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.467B01.74501.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008.

Las ayudas derivadas del presente convenio serán compatibles con otras ayudas que puedan obtener de otros ámbitos, siempre que la suma de las cantidades obtenidas no supere el 100% del costo del proyecto.

Tercera. Forma de pago y justificación económica.-El Instituto de Salud «Carlos III» transferirá a la cuenta que designe la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, la cantidad prevista en la estipulación segunda, a partir de la firma del presente Convenio. La Comunidad Autónoma de Castilla y León presentará al Instituto de Salud «Carlos III», antes del 31 de marzo del ejercicio presupuestario inmediatamente posterior, una certificación conforme la transferencia ha sido integrada en su propio presupuesto y destinada a la financiación del Proyecto «Centro en Red de Medicina Regenerativa y Terapia Celular de Castilla y León». La Comunidad Autónoma de Castilla y León deberá comprobar las justificaciones que correspondan a las Instituciones que participan en el desarrollo del proyecto y, cuando proceda, ponerlas a disposición del Instituto de Salud Carlos III y de los respectivos órganos de fiscalización y control de cuentas, según lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Cuarta. Información, confidencialidad y mención.-La información obtenida durante la realización del proyecto, así como los resultados finales, tendrán carácter confidencial. En cualquier publicación científica, comunicación oral o escrita u otra difusión de los resultados del proyecto objeto del presente Convenio, se citará a la Consejería de Sanidad y al Instituto de Salud Carlos III como entidades financiadoras del citado proyecto. Quinta. Titularidad de los estudios.

1. La utilización y difusión de los resultados de la investigación diferentes a las publicaciones científicas, se hará de común acuerdo entre las partes.

2. En el caso de producirse resultados de investigación susceptibles de generar derechos de propiedad industrial y /o intelectual, su titularidad, gestión y explotación se acordarán por las partes firmantes del convenio.

Sexta. Comisión de seguimiento.-Se constituye una Comisión de Seguimiento del «Centro en Red» integrada por seis representantes, que se reunirá al menos una vez al año, a efectos de constatar el estado efectivo de las actividades objeto del convenio, y proceder a la interpretación que sea necesaria en la ejecución del mismo, incluido, en su caso, la incorporación o supresión de los proyectos y/o de las entidades o grupos de investigación participantes. A dicha comisión podrán incorporarse, con voz pero sin voto, los asesores que cada una de las partes estimen oportunos. Se levantará acta de cada reunión de dicha Comisión.

Los integrantes de dicha Comisión serán los siguientes:

En representación de la Comunidad de Castilla y León: El Director General de Salud Pública e Investigación, Desarrollo e Innovación, que ostentará la presidencia de la Comisión.

El Director General de Desarrollo Sanitario de la Gerencia Regional de Salud. Un funcionario de la Dirección General de Salud Pública e Investigación, Desarrollo e Innovación de la Consejería de Sanidad.

En representación del Instituto de Salud Carlos III:

El Director General del Instituto de Salud Carlos III, que ostentará la vicepresidencia de la Comisión.

El Secretario General del Instituto de Salud Carlos III. El Subdirector General de Investigación en Terapia Celular y Medicina Regenerativa.

La representación podrá ser objeto de delegación.

Actuará de secretario, con voz y sin voto, un representante del Nodo de Coordinación y Gestión del «Centro en Red» designado por la Dirección General de Salud Pública e Investigación, Desarrollo e Innovación.

Séptima. Juridiscción.-Las dudas y controversias que surjan con motivo de la interpretación y aplicación del mismo que no puedan ser resueltas de forma amigable, se resolverán de conformidad con las normas reconocidas por el Derecho y ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Octava. Naturaleza Jurídica.-De acuerdo con lo establecido en el articulo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de la Administración del Estado, este Convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la citada Ley, rigiéndose por lo estipulado entre las partes. Novena. Causas de extinción.-Será motivo de extinción del presente Convenio, además de la expiración del plazo de vigencia, el incumplimiento de los acuerdos pactados y/o la denuncia unilateral por cualquiera de las partes con un preaviso de treinta días. En los supuestos de extinción anticipada anteriormente mencionados, las actuaciones en curso finalizarán con la elaboración, por cada una de las partes, de una memoria de actuaciones realizadas hasta la fecha de extinción y con la liquidación de las obligaciones contraídas hasta el momento. Décima. Vigencia del convenio.-El presente Convenio producirá efectos desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2008.

Las partes, concluido el presente Convenio podrán, de mutuo acuerdo, acordar la prorroga de este convenio, si estimaran oportuno desarrollar el proyecto más allá de lo prescrito en el presente acuerdo, si las disponibilidades presupuestarias lo permitieran. Y en prueba de conformidad con lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio de colaboración, en ejemplar cuadruplicado.-El Consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Francisco Javier Álvarez Guisasola.-La Directora del Instituto de Salud «Carlos III», Flora de Pablo Dávila.

ANEXO I Actividades y estructura del «centro en red».

Actividades del «Centro en Red»

El proyecto «Centro en Red» desarrollará, con atención prioritaria, los Proyectos de Investigación que traten sobre las siguientes materias:

Regeneración Cardiovascular.

Patología Oftalmológica. Sistema Nervioso. Terapia celular en Hemopatías.

Estructura del «Centro en Red»

El «Centro en Red» pivotará sobre una doble estructura: a) Red de laboratorios de investigación básica y b) Red asistencial para ensayos clínicos. La Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, articulará los mecanismos de colaboración necesarios para el desarrollo de los proyectos de investigación del «Centro en Red», con las siguientes entidades:

BIOFORGE (group for advanced materials and nanobiotechnology).

Instituto Universitario de Oftalmología Aplicada (IOBA). Instituto de Neurociencias de Castilla y León (INCYL). Instituto de Biología y Genética Molecular (IBGM). Hospital Universitario de Salamanca (Husal-Hem). Grupo de terapia celular aplicada al Miocardio (TECAM). Centro de Investigación del Cáncer de Salamanca (CIC).

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