Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-938

Orden FOM/4217/2006, de 21 de diciembre, por la que se revisan las tarifas y los peajes vigentes en la autopista Madrid-Ocaña.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2007, páginas 2245 a 2246 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2007-938

TEXTO ORIGINAL

La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social arbitra, en el artículo 77 el procedimiento de revisión de tarifas y peajes en las autopistas de titularidad de la Administración General del Estado. El procedimiento contempla la revisión anual de las tarifas y peajes en base a la modificación de los precios, calculada como la variación anual de la media de los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística de los índices de precios de consumo, en los últimos doce meses; del tráfico de cada concesión, medido por la intensidad media diaria real, también en los últimos doce meses, y de la previsión de dicha intensidad media diaria que figura en el plan económico financiero de la misma. Autopista Madrid Sur, Concesionaria Española, S.A., ha presentado propuesta de revisión de tarifas y peajes de la autopista R-4, Madrid-Ocaña cuya concesión ostenta, acorde con el procedimiento establecido en la citada Ley 14/2000, de 29 de diciembre, es decir, aplicando a las tarifas vigentes durante el año 2006, aprobadas por Orden del Ministerio de Fomento de 20 de diciembre de 2005, el coeficiente obtenido a partir de la evolución de la media de los índices de precios de consumo en los doce meses anteriores al momento de presentación de la propuesta de revisión y de la evolución, en dicha autopista, de la intensidad media diaria de vehículos (IMD), respecto de la reflejada en su plan económico-financiero. La Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje, en cumplimiento de lo preceptuado, ha procedido a la comprobación de los cálculos contenidos en la propuesta presentada, encontrándolos correctos. Según el artículo 2 del Real Decreto 528/2004, de 6 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 3540/2000, de 29 de diciembre de adjudicación de la autopista, se establece un descuento del 5 por 100 con carácter general en las tarifas por kilómetro aplicables al tráfico para los diversos recorridos posibles entre los distintos enlaces de la autopista R-4, Madrid-Ocaña, hasta la apertura total al tráfico del tramo comprendido entre la A-3 y la A-2 de la autovía de circunvalación a Madrid M-50, que actualmente se encuentra en fase de construcción. En consecuencia, dispongo:

Primero.-Autorizar las tarifas que figuran en el Anexo 1, que habrán de regir a partir del 1 de enero de 2007 en la autopista R-4, Madrid-Ocaña.

Segundo.-Autorizar los peajes máximos que podrán aplicarse en los diferentes recorridos en la mencionada autopista, a partir del 1 de enero de 2007 y hasta la apertura total al tráfico del tramo comprendido entre la A-3 y la A-2 de la autovía de circunvalación a Madrid M-50, expresados en euros, que se recogen en el Anexo 2, en los que se encuentra incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Tercero.-Autorizar los peajes máximos que podrán aplicarse en los diferentes recorridos en la mencionada autopista, desde la apertura al tráfico del tramo mencionado en el punto segundo, expresados en euros, que se recogen en el Anexo 3, en los que se encuentra incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Madrid, 21 de diciembre de 2006, La Ministra de Fomento, Magdalena Álvarez Arza.

ANEXO 1

Tarifas euros/kilómetro

Autopista

Nivel tarifario

Grupos tarifarios

Ligeros

Pesados 1

Pesados 2

R-4, Madrid-Ocaña.

De transición.

0,0562

0,0637

0,0750

Hora punta.

0,1124

0,1275

0,1499

Siendo:

Ligeros: Motocicletas con o sin sidecar.

Vehículos de turismo sin remolque o con remolque, sin rueda gemela (doble neumático). Furgones y furgonetas de dos ejes, cuatro ruedas. Microbuses de dos ejes, cuatro ruedas.

Pesados 1:

Camiones de dos ejes.

Camiones de dos ejes y con remolque de un eje. Camiones de tres ejes. Turismos, furgones, furgonetas y microbuses (todos ellos de dos ejes, cuatro ruedas), con remolque de un eje con rueda gemela (doble reumático). Autocares de dos ejes. Autocares de dos ejes y con remolque de un eje. Autocares de tres ejes.

Pesados 2:

Camiones, con o sin remolque, con un total de cuatro ejes o más.

Turismos, furgones, furgonetas y microbuses (todos ellos de dos ejes, cuatro ruedas), con remolque de dos o más ejes, y al menos, un eje con rueda gemela (doble neumático). Autocares, con o sin remolque, con un total de cuatro ejes o más. Tarifa de transición: se aplicará durante dos horas diarias (desde las seis hasta las siete y de las veintidós hasta las veintitrés horas, de lunes a viernes, y desde las siete hasta las ocho y de las veintitrés hasta las veinticuatro, los sábados, domingos y festivos. Tarifa hora punta: se aplicará durante quince horas diarias (desde las siete hasta las veintidós horas, de lunes a viernes, y desde las ocho hasta las veintitrés horas, los sábados, domingos y festivos). Se considerarán días festivos a los efectos de aplicación de las franjas tarifarias, los que tengan este carácter en el municipio de Madrid capital.

ANEXO 2

Autopista R-4, Madrid-Ocaña

Barreras de peaje

Peajes en euros

Tarifa h. transición

Tarifa hora punta

L

P1

P2

L

P1

P2

Barrera Troncal M-408

0,85

1,00

1,15

1,75

2,00

2,35

Barrera Enlace M-408

0,50

0,60

0,70

1,05

1,20

1,40

Barrera Enlace CM-4010

0,75

0,85

1,00

1,50

1,70

2,00

Barrera Enlace CM-4001

1,20

1,40

1,60

2,45

2,75

3,25

Barrera Troncal M-416

2,65

3,00

3,55

5,30

6,00

7,10

Barrera Enlace M-416

1,35

1,55

1,80

2,75

3,10

3,65

Barrera Enlace N-400

1,05

1,20

1,40

2,10

2,40

2,80

Recorridos directos e inversos

Peajes en euros

Tarifa h. transición

Tarifa hora punta

L

P1

P2

L

P1

P2

M-50

M-408 (Pinto-Parla)

0,50

0,60

0,70

1,05

1,20

1,40

M-50

Valdemoro/M-404

0,85

1,00

1,15

1,75

2,00

2,35

M-50

CM-4010 (Seseña)

1,60

1,85

2,15

3,25

3,70

4,35

M-50

CM-4001 (Villaseca de la Sagra)

2,05

2,40

2,75

4,20

4,75

5,60

M-50

M-416 (Aranjuez)

2,20

2,55

2,95

4,50

5,10

6,00

M-50

Conexión A-4

3,50

4,00

4,70

7,05

8,00

9,45

M-408 (Pinto-Parla)

Valdemoro/M-404

0,50

0,60

0,70

1,05

1,20

1,40

M-408 (Pinto-Parla)

CM-4010 (Seseña)

1,25

1,45

1,70

2,55

2,90

3,40

M-408 (Pinto-Parla)

CM-4001 (Villaseca de la Sagra)

1,70

2,00

2,30

3,50

3,95

4,65

M-408 (Pinto-Parla)

M-416 (Aranjuez)

1,85

2,15

2,50

3,80

4,30

5,05

M-408 (Pinto-Parla)

Conexión A-4

3,15

3,60

4,25

6,35

7,20

8,50

Valdemoro/M-404

CM-4010 (Seseña)

0,75

0,85

1,00

1,50

1,70

2,00

Valdemoro/M-404

CM-4001 (Villaseca de la Sagra)

1,20

1,40

1,60

2,45

2,75

3,25

Valdemoro/M-404

M-416 (Aranjuez)

1,35

1,55

1,80

2,75

3,10

3,65

Valdemoro/M-404

Conexión A-4

2,65

3,00

3,55

5,30

6,00

7,10

M-416 (Aranjuez)

Conexión A-4

1,35

1,55

1,80

2,75

3,10

3,65

N-400 (Ontígola)

Conexión A-4

1,05

1,20

1,40

2,10

2,40

2,80

ANEXO 3

Autopista R-4, Madrid-Ocaña

Barreras de peaje

Peajes en euros

Tarifa h. Transición

Tarifa hora punta

L

P1

P2

L

P1

P2

Barrera Troncal M-408

0,90

1,05

1,25

1,85

2,10

2,45

Barrera Enlace M-408

0,55

0,60

0,75

1,10

1,25

1,45

Barrera Enlace CM-4010

0,80

0,90

1,05

1,60

1,80

2,10

Barrera Enlace CM-4001

1,30

1,45

1,70

2,55

2,90

3,40

Barrera Troncal M-416

2,80

3,15

3,75

5,60

6,35

7,45

Barrera Enlace M-416

1,45

1,65

1,90

2,90

3,25

3,85

Barrera Enlace N-400

1,10

1,25

1,50

2,25

2,55

2,95

Recorridos directos o inversos

Peajes en euros

Tarifa h. transición

Tarifa hora punta

L

P2

P2

L

P1

P2

M-50

M-408 (Pinto-Parla)

0,55

0,60

0,75

1,10

1,25

1,45

M-50

Valdemoro/M-404

0,90

1,05

1,25

1,85

2,10

2,45

M-50

CM-4010 (Seseña)

1,70

1,95

2,30

3,45

3,90

4,55

M-50

CM-4001 (Villaseca de la Sagra)

2,20

2,50

2,95

4,40

5,00

5,85

M-50

M-416 (Aranjuez)

2,35

2,70

3,15

4,75

5,35

6,30

M-50

Conexión A-4

3,70

4,20

5,00

7,45

8,45

9,90

M-408 (Pinto-Parla)

Valdemoro/M-404

0,55

0,60

0,75

1,10

1,25

1,45

M-408 (Pinto-Parla)

CM-4010 (Seseña)

1,35

1,50

1,80

2,70

3,05

3,55

M-408 (Pinto-Parla)

CM-4001 (Villaseca de la Sagra)

1,85

2,05

2,45

3,65

4,15

4,85

M-408 (Pinto-Parla)

M-416 (Aranjuez)

2,00

2,25

2,65

4,00

4,50

5,30

M-408 (Pinto-Parla)

Conexión A-4

3,35

3,75

4,50

6,70

7,60

8,90

Valdemoro/M-404

CM-4010 (Seseña)

0,80

0,90

1,05

1,60

1,80

2,10

Valdemoro/M-404

CM-4001 (Villaseca de la Sagra)

1,30

1,45

1,70

2,55

2,90

3,40

Valdemoro/M-404

M-416 (Aranjuez)

1,45

1,65

1,90

2,90

3,25

3,85

Valdemoro/M-404

Conexión A-4

2,80

3,15

3,75

5,60

6,35

7,45

M-416 (Aranjuez)

Conexión A-4

1,45

1,65

1,90

2,90

3,25

3,85

N-400 (Ontígola)

Conexión A-4

1,10

1,25

1,50

2,25

2,55

2,95

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid