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Documento BOE-A-2007-9116

Orden MAM/1197/2007, de 23 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción horizontal para personal laboral fijo de la Administración General del Estado, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2007, páginas 19169 a 19173 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-9116

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, Boletín Oficial del Estado del 7, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración pública. Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, (Boletín Oficial del Estado núm. 48 de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 100 plazas de la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, código 5000, por el sistema de promoción horizontal del personal laboral fijo.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará transcurridos tres meses, al menos, desde la fecha de publicación de esta convocatoria.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos de participación

Además de los requisitos enumerados en el apartado séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de solicitudes, los siguientes:

4.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachiller Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años.

4.2 Estar incluido a efectos de promoción interna de carácter horizontal en lo previsto en el apartado 3.º del artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007. 4.3 Pertenecer como personal laboral fijo al grupo profesional 3 del área Técnica y Profesional, con la categoría de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, especialidad de Vigilancia del Dominio Público del Convenio Único para el personal de la Administración General del Estado. 4.4 Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como personal laboral fijo en el grupo, área, categoría y especialidad del Convenio Único citados en el punto anterior. 4.5 Los aspirantes deberán estar en posesión del permiso de conducción de la clase B, y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.

5. Solicitudes.

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas: www.map.es 5.2 Los aspirantes que soliciten adaptación de tiempos y medios para la realización de pruebas selectivas, al amparo de la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, deberán presentar dicha petición, junto con su solicitud de admisión. 5.3 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la señora Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV y se presentará en soporte papel.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria. 6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono 91 597 56 90, dirección de correo electrónico weboposiciones@mma.es.

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra B, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 (Boletín Oficial del Estado de 26). 7.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web http://www.mma.es/portal/secciones/empleo_publico/index.jsp 7.3 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para presentar la documentación a que se refiere la base duodécima, apartado 1, de las bases comunes.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 23 de abril de 2007.-La Ministra de Medio Ambiente, P. D. (Orden MAM/224/2005 de 28 de enero), la Subsecretaria de Medio Ambiente, Concepción Toquero Plaza.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación:

1. Fase de oposición.-La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios: Primer ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, de acuerdo con la siguiente distribución: 35 preguntas versarán sobre el temario específico del programa

15 preguntas versarán sobre el temario general del programa

El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de dos horas.

Las contestaciones erróneas serán valoradas negativamente por el Tribunal. Se calificará este primer ejercicio con un máximo de 50 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 25 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Segundo ejercicio.-Consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico elegido por el aspirante entre dos propuestos por el tribunal. Cada supuesto estará desglosado en un máximo de diez preguntas, con respuestas abiertas, y estará relacionado con el temario específico del programa. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de dos horas. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las respuestas erróneas serán valoradas negativamente por el Tribunal. Se calificará este ejercicio con un máximo de 50 puntos. La puntuación mínima necesaria para superarla será de 25 puntos Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid. La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. 2. Fase de concurso.-En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan aprobado la fase de oposición, se valorarán, de acuerdo con el certificado previsto en el anexo V, los siguientes meritos:

Estos méritos estarán referidos a la fecha de publicación de la convocatoria

La puntuación máxima de esta fase será de 50 puntos. a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado público en la Administración General del Estado, a razón de un punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 25 puntos. b) Según el tiempo de pertenencia al grupo profesional 3 del área Técnica y Profesional, categoría de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, especialidad de Vigilancia del Dominio Público del Convenio Único, se otorgará un punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 25 puntos.

Se incluirá el tiempo de servicios prestados en puestos que hayan sido encuadrados en dicho grupo.

3. Curso selectivo.-El curso selectivo consistirá en un período de formación de carácter teórico-práctico, organizado por la Subsecretaría del Departamento, cuya duración máxima será de seis semanas. La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría. Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas selectivas serán autorizados por la Subsecretaría del Departamento en que presten sus servicios para asistir al curso selectivo. La calificación del curso selectivo será otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de la Comisión de valoración, nombrada a tal efecto por la citada Subsecretaría. La Comisión de Valoración dispondrá de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la finalización del curso selectivo, para facilitar las notas del curso selectivo a la Subsecretaría del Departamento. La calificación máxima del curso selectivo será de 50 puntos. La Comisión de valoración fijará la puntuación mínima necesaria para superar el curso selectivo. La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive del baremo que fije la Comisión de Valoración. En el curso selectivo se valorará la asistencia y participación en las clases, el cumplimiento del horario, la presentación de trabajos, las pruebas individuales o en grupo, la resolución de casos prácticos y la participación en actividades formativas complementarias. Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias. Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Los aspirantes continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice el curso selectivo, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, concurso y curso selectivo. En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:

1. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. 3. Mayor valoración del mérito de antigüedad.

ANEXO II Temario específico

Tema 1. El Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT). Bienes que lo integran. El deslinde del DPMT: Concepto, procedimiento y efectos. El proyecto de deslinde. Disposición transitoria primera de la Ley de Costas. Tema 2. Servidumbres y otras limitaciones al derecho de propiedad impuestas por la Ley de Costas. Concepto, definición y extensión de cada una de ellas. Usos posibles. Disposiciones transitorias tercera y cuarta de la Ley de Costas y undécima del Reglamento de Costas. Distribución de competencias en esta materia. Tema 3. Utilización del DPMT. Usos permitidos y prohibidos. Usos especiales. Títulos de ocupación de DPMT: Reserva y adscripción. Distribución de competencias en materia de otorgamiento de títulos. Régimen económico-financiero del DPMT. Tema 4. Las autorizaciones en el DPMT. Supuestos que las requieren. Procedimiento de otorgamiento de autorizaciones. Servicios de temporada. Las concesiones en el DPMT. Supuestos que las requieren. Procedimiento de otorgamiento de concesiones. Artículo 150 del Reglamento de Costas. Extinción y caducidad de las concesiones. Tema 5. Contaminación costera. Vertidos al mar. Emisarios submarinos. Vertidos de material procedente de dragado. Competencias para el otorgamiento de autorización. Necesidades del título de ocupación del DPMT. Procedimiento. Artículo 150 del Reglamento de Costas Tema 6. Tutela y policía del DPMT. La potestad sancionadora de la Administración según la Ley de Costas. El delito ecológico. El procedimiento sancionador en materia de costas. Caducidad de los expedientes. Contenido mínimo de una denuncia. Personas responsables de las infracciones. Tema 7. Las infracciones administrativas en materia de costas: Clases, Prescripción de las infracciones. Las sanciones administrativas en materia de costas. Clases y cuantías. Prescripción de las sanciones. Obligación de restituir. Indemnización. Legalizaciones. Circunstancias atenuantes. Ejecución forzosa. Tema 8. Legislación de Aguas: Principios. Textos legales y reglamentarios. Materias que regulan. Planes hidrológicos. Tema 9. Bienes del Dominio Publico Hidráulico (DPH). Mutaciones demaniales. Desafectación. Usos del DPH. Concesiones y autorizaciones. Servidumbres. Registro de aguas. Tema 10. Obras hidráulicas. Tipos. Presas. Normativa de seguridad de presas. Clasificación de presas. Tema 11. Organismos de cuenca: Órganos de gobierno, administración, gestión y planificación. Comunidades de usuarios: Carácter. Normas. Tema 12. Potestad sancionadora de la Administración. Procedimiento sancionador. Tipos de infracciones. Sanciones. Competencias. Recursos. Tema 13. Régimen económico-financiero de los bienes del DPH. Principios. Cánones. Registro de aguas y Catálogo de aguas privadas. Efectos. Tema 14. Comunidades de usuarios: Constitución. Órganos. Extinción; Vertidos: Concepto. Autorizaciones de vertido: Competencia Otorgamiento. Condicionado. Control. Entidades colaboradoras.

Temario general

Tema 1. La Constitución de 1978. Características y estructura. Derechos y libertades de los ciudadanos. Los poderes del Estado: legislativo, ejecutivo y judicial. La Corona y los órganos constitucionales. Tema 2. La Administración pública y el procedimiento administrativo. Principios constitucionales de organización y funcionamiento. La Administración General de Estado. La Administración periférica del Estado. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Tema 3. Las CCAA. Distribución de competencias. Relaciones de cooperación y de conflicto con el Estado. La Administración Pública de las CCAA: Organización y funcionamiento. Tema 4. Las Entidades Locales: Municipio, Provincia y otras. Su organización y funcionamiento. Las Comunidades Europeas: Las instituciones. El derecho comunitario. Los pilares de la Unión. Tema 5. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de ley. El reglamento. Tema 6. El Medio Ambiente en la Constitución española. Distribución de competencias entre las Administraciones Públicas en esta materia: Administración General del Estado, autonómica y municipal. Principios legislativos en materia de aguas y costas. Artículos 132 y 45 de la Constitución. Directiva marco del agua. Tema 7. La función pública. Régimen jurídico del personal al servicio de la Administración Pública. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes, incompatibilidades y régimen disciplinario. Tema 8. La situación de la mujer en la sociedad contemporánea. La promoción de la igualdad de género. La conciliación de la vida laboral y familiar. Normativa vigente. Tema 9. Geografía básica. Concepto de mapa y plano: Escalas y tipos. El Relieve. La Hidrografía. Vegetación y cultivos. Geografía humana. Información marginal de los mapas. Cartografía española actual. Evaluación de impacto ambiental: Concepto y normativa aplicable. Tema 10. El Ministerio de Medio Ambiente. Estructura orgánica básica. La Dirección General del Agua y la Dirección General de Costas. Las Confederaciones Hidrográficas. Las Demarcaciones y Servicios provinciales de costas.

ANEXO III Tribunal calificador

Tribunal Titular

Presidenta: Doña Ana María Oñoro Valenciano, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: Don José Alejandro González Osset, Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado. Vocales:

Don Francisco J. García Garrido, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Doña María Victoria Herrera Alonso, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Doña Luzdivina Martín Suarez, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. Don Fernando Pastor Argüello, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. Doña Marina Jiménez Gómez, Escala Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Doña María Jesús de la Fuente Álvaro, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Don Emilio Muñoz Criado, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Tribunal Suplente

Presidente: Don Ramón Gallego Gil, Escala de Letrados a extinguir de AISS.

Secretaria: Doña Teresa Alba Garrido, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Vocales:

Don José Feliciano Martín Sánchez, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Doña María del Pilar Ropero Martínez, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. Doña María Cristina Blanco Bezanilla, Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado. Don José Antonio Fernández Monistrol, Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado. Don Gabriel F. Sánchez Herráez, Cuerpo Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado. Don Miguel Ángel Recio Aragón, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. Doña Alicia Álvarez Torres, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares. En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará Escala Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, código 5000 En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se dejará en blanco. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará PH. En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará Ministerio de Medio Ambiente y código 00040. En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará Madrid. En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en el punto 4 de las bases específicas de esta convocatoria. En el recuadro 25, apartado A, se especificará el grupo profesional, categoría y convenio del aspirante. En el apartado B, el Ministerio u Organismo de destino. En el apartado C, el Centro Directivo.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 6,77 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0049/6645/56/2010000790 (código Iban: ES47, código Bic: BSCHESMMXXX) del Banco Santander Central Hispano a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

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