Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-7556

Resolución de 28 de marzo de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión celebrado entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Centro de Estudios Económicos y Comerciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2007, páginas 15527 a 15527 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-7556

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Centro de Estudios Económicos y Comerciales han suscrito, con fecha 20 de marzo de 2007, un acuerdo por el que se encomienda a este último la gestión material de los cursos selectivos previstos en la convocatoria para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE aprobada por Orden ITC/1360/2006, BOE de 9 de mayo, y en la convocatoria para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE aprobada por Orden ITC/1343/2006, BOE de 8 de mayo.

Para general conocimiento, en virtud de lo establecido en el artícu-lo 15 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, se dispone su publicación como anexo de la presente Resolución.

Madrid, 28 de marzo de 2007.-La Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, María Teresa Gómez Condado.

ANEXO Acuerdo de encomienda de gestión al Centro de Estudios Económicos y Comerciales para la realización material de los cursos selectivos previstos en las convocatorias para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, aprobada por Orden ITC/1360/2006, BOE de 9 de mayo, y en la convocatoria para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE, aprobada por Orden ITC/1343/2006, BOE de 8 de mayo

Primero.-El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Centro de Estudios Económicos y Comerciales (CECO), acuerdan, en el marco del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, puesto en relación con los artículos 2 y 3 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 5/2005, de 11 de marzo, que el citado centro lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de los cursos selectivos previstos en las convocatorias para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE y en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE, correspondientes a la oferta de empleo público para el año 2006. Segundo.-El desarrollo de las acciones formativas se ajustará a la propuesta técnica básica de realización de los trabajos que, para cada uno de los cursos selectivos, se expone a continuación:

Curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE. Número de alumnos: 7.

Carga lectiva mínima: 215 horas. Programa formativo:

Curso general: Desarrollará los contenidos sobre la organización ministerial, los recursos humanos, informática corporativa, gestión normativa, económica y comercial, técnicas de comunicación.

Curso específico: Derecho comunitario y negociaciones bilaterales con la UE, funcionamiento de CITES, técnicas de investigación de mercado, promoción de servicios, agroalimentarios y de vinos, industriales y bienes de consumo. Visitas a instituciones directamente relacionadas con el trabajo a desempeñar en Madrid, Ginebra, Bruselas y París.

Curso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

Número de alumnos: 7.

Carga lectiva mínima: 210 horas. Programa formativo:

Curso general: Desarrollará los contenidos sobre la organización ministerial, los recursos humanos, informática corporativa, gestión normativa, económica y comercial, técnicas de comunicación.

Curso específico: Derecho comunitario y negociaciones bilaterales con la UE, funcionamiento de CITES, técnicas de investigación de mercado, promoción de servicios, agroalimentarios y de vinos, industriales y bienes de consumo. Visitas a instituciones directamente relacionadas con el trabajo a desempeñar en Madrid, Ginebra, Bruselas y París.

Tercero.-La gestión material que se encomienda, se concreta en las siguientes actividades:

a) Diseño de la propuesta de contenidos de los cursos, de la designación de los ponentes encargados de la impartición de las materias de que constan los cursos, de los medios de evaluación de los participantes y del presupuesto de gastos originados por su realización.

La propuesta técnica y económica que defina los términos precisos en los que se desarrollarán las actividades formativas será objeto de aprobación, en su caso, por la Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio. En caso necesario, por razones debidamente justificadas, la propuesta técnica y económica aprobada podrá ser objeto de modificación. b) Puesta a disposición de las aulas y demás instalaciones así como de los medios materiales y personales necesarios para el desarrollo material de los cursos. c) Programación y coordinación de las sesiones lectivas que conforman el curso, así como de las actividades que integrantes del curso deban celebrarse fuera de sus instalaciones incluyéndose en este apartado las eventuales visitas a instituciones y organismos radicados tanto en territorio nacional como en el extranjero. d) Control de la asistencia a los cursos de los participantes. e) Coordinación de la práctica de las pruebas de evaluación y propuesta de calificación y elevación de la misma a la Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio. f) Tramitación y pago de los gastos originados por la ejecución material de los cursos que se ajusten a la propuesta aprobada por la Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio o a sus modificaciones aprobadas por la misma autoridad.

Cuarto.-Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda no podrán superar la cantidad de 65.000 euros y se financiarán con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio 2007 del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, de acuerdo con la siguiente distribución por aplicaciones presupuestarias:

20.01.421M.226.07: 55.000 euros.

20.01.421M.233: 10.000 euros.

Quinto.-El plazo de vigencia de la encomienda de gestión se extenderá hasta el 31 de diciembre del año 2007.

Sexto.-La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Séptimo.-Corresponde al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Octavo.-Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión la Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio, en virtud de lo previsto en el apartado cuarto letra j), número 5, de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre (BOE del 6), sobre delegación de competencias en materia de Recursos Humanos, y el Director Gerente de la Fundación CECO.

Madrid, 20 de marzo de 2007.-Por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Subsecretaria, María Teresa Gómez Condado.-Por el Centro de Estudios Económicos y Comerciales, el Director Gerente, Javier Martínez Arévalo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid