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Documento BOE-A-2007-7024

Decreto 4/2007, de 2 de abril, del President de la Generalitat, de disolución de Les Corts y convocatoria de elecciones a las mismas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2007, páginas 14481 a 14481 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2007-7024
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-vc/d/2007/04/02/4

TEXTO ORIGINAL

Conforme a los artículos 23.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana y 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, procede la disolución de Les Corts y la convocatoria de elecciones a las mismas para que se celebren el día 27 de mayo de 2007. El artículo 59 de la Ley de la Generalitat 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en la redacción dada al mismo por la Ley de la Generalitat 12/2007, de 20 de marzo, dispone que «en el decreto de convocatoria se especificará el número de diputados a elegir en cada circunscripción, de forma que el número total de diputados a elegir sea 99 o el superior que, en su caso, establezca la Ley Electoral Valenciana, duración de la campaña electoral, día de la votación, así como el lugar, día y hora de constitución de Les Corts». Por su parte, la Ley de la Generalitat 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana, no establece un número de diputados superior a 99, ya que su artículo 11.1 fija dicho número en 89, y este concreto precepto ha sido tácitamente derogado por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, de forma que el vigente artículo 23.1 de dicho Estatuto establece que «Les Corts estarán constituidas por un número de diputados y diputadas no inferior a 99». En cumplimiento estricto de las anteriores normas legales, procede fijar en 99 el número de diputados y diputadas a elegir en las próximas elecciones a Les Corts, los cuales se distribuyen entre las circunscripciones electorales provinciales en los términos previstos en los apartados 2 a 4 del artículo 11 de la Ley Electoral Valenciana, y tomando como referencia las cifras de población oficiales a la fecha de esta convocatoria, que son las fijadas por el Real Decreto 1627/2006, de 29 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2006. Por ello, de conformidad con lo establecido por los artículos 12.1.m) y 59 de la Ley del Consell, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 de la Ley Electoral Valenciana, previa deliberación del Consell en su reunión del día 30 de marzo de 2007, decreto:

Artículo 1.

Quedan disueltas Les Corts elegidas el día 25 de mayo de 2003.

Artículo 2.

Se convocan elecciones a Les Corts, que tendrán lugar el día 27 de mayo de 2007.

Artículo 3.

De conformidad con lo previsto en el artículo 23.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en relación con los apartados 2 a 4 del artículo 11 de la Ley de la Generalitat 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana, y con el artículo 59 de la Ley de la Generalitat 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, el número de diputados y diputadas a elegir es de 99, correspondiendo a cada circunscripción electoral el siguiente: Alicante: 35 diputados y diputadas.

Castellón: 24 diputados y diputadas. Valencia: 40 diputados y diputadas.

Artículo 4.

La campaña electoral tendrá una duración de 15 días. Comenzará a las cero horas del día 11 de mayo de 2007 y finalizará a las veinticuatro horas del día 25 de mayo de 2007.

Artículo 5.

La sesión constitutiva de Les Corts tendrá lugar el día 14 de junio de 2007, a las 10:30 horas, en el Palau dels Borja de la ciudad de Valencia.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 2 de abril de 2007.-El President de la Generalitat, Francisco Camps Ortiz.

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 02/04/2007
  • Fecha de publicación: 03/04/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 03/04/2007
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el DOCV núm. 5483, de 3 abril de 2007.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 14 de la Ley 1/1987, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-1987-9636).
    • arts. 12.1.m) y 59 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1984-3460).
    • art. 27 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1982-17235).
Materias
  • Comunidad Valenciana
  • Elecciones autonómicas

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