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Documento BOE-A-2007-6140

Orden de 5 de marzo de 2007, del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se convocan a concurso de traslados puestos genéricos en el Instituto Vasco de Medicina Legal para el Cuerpo de Médicos Forenses.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2007, páginas 12717 a 12719 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2007-6140

TEXTO ORIGINAL

Por Decreto 328/1998, de 1 de diciembre «BOPV» número 238, de 15 de diciembre de 1998, se creó el Instituto Vasco de Medicina Legal y su correspondiente relación de puestos de trabajo modificada por Decreto 12/2003, de 28 de enero -«BOPV» número 25, de 6 de febrero de 2003- y Decreto 223/2006, de 14 de noviembre -«BOPV» número 227, de 28 de noviembre de 2006-, existiendo plazas vacantes en los puestos de trabajo genéricos del Cuerpo de Médicos Forenses en el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad Autónoma del País Vasco, procede convocar concurso de traslados de conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en los artículos 43 a 48 y artículos 51 a 53 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia. Por todo ello este Departamento ha dispuesto convocar concurso de traslados para la provisión de los puestos que se relacionan en el anexo I con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria.-La presente convocatoria tiene por objeto la provisión por concurso de traslados de los puestos de trabajo genéricos vacantes del Cuerpo de Médicos Forenses incluidos en la relación de puestos de trabajo del Instituto Vasco de Medicina Legal.

En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, se aplicará con carácter supletorio lo dispuesto en la legislación de función publica. Segunda. Requisitos y condiciones de participación.

1. Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que estén destinados, y reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.

2. Sólo podrán tomar parte en este concurso los Médicos Forenses si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que se le adjudicó destino definitivo, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso. Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como segundo año, el año natural siguiente. 3. No podrán tomar parte en este concurso:

a) Los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

b) Los Médicos Forenses que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación. c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

Tercera. Puestos que se pueden solicitar.

1. Los participantes podrán solicitar, los puestos de trabajo relacionados en el anexo I.

2. La petición de los puestos se hará en una única solicitud de participación, ajustada al modelo que se publica como anexo II, en la que se indicará, además del orden de preferencia de los puestos solicitados, denominación de los mismos y el centro de trabajo, según consta en la relación de puestos que figura en dicho anexo.

Cuarta. Presentación de solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes firmadas y ajustadas al modelo publicado se presentarán en el plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del País Vasco, dirigidas a la Ilma. Sra. Directora de Recursos Humanos, en el Registro de Entrada de la EAT de Vitoria, Donostia-San Sebastián y Bilbao, en el Registro General del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, c/ Donostia-San Sebastián, 1 (01010 Vitoria-Gasteiz).

En el supuesto de que la simultaneidad en la publicación en el «BOE» y «BOPV» no fuera posible, los plazos se computarán a partir del día siguiente, al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 2. Las solicitudes podrán remitirse también en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las que se presenten en las Oficinas de Correos se enviarán en cualquiera de las dos modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario, en cuyo caso habrá de tener entrada en el Registro General antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

b) Por correo certificado, en cuyo supuesto se presentarán en las oficinas de correos en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser remitidas. Los participantes en el concurso deberán enviar la instancia que contenga el sello de la oficina de Correos, sin que pueda admitirse pasado el plazo de presentación de instancias aquella que no cumpla este requisito, aunque posteriormente se pudiera acreditar tal extremo.

3. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

4. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el periodo de presentación de instancias. 5. Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud los siguientes documentos:

a) Fotocopia de la resolución por la que se le adjudicó la última plaza desempeñada en propiedad.

b) El concursante en situación de excedencia aportará fotocopia compulsada de la Resolución por la que se le concedió la excedencia. c) Certificación original actualizada de los servicios prestados en el Cuerpo de Médicos Forense y desglose de los períodos desde la fecha de inicio (día, mes, año) hasta la fecha final (día, mes, año), emitida por los órganos competentes del último destino. d) Fotocopias compulsadas de los certificados o diplomas acreditativos del conocimiento de lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. e) Con la solicitud se adjuntará la documentación original o fotocopias compulsadas y paginadas de la documentación justificativa de los méritos alegados, así como índice de los mismos.

6. Los solicitantes que ocupen puestos, como titulares, en el Instituto Vasco de Medicina Legal en el País Vasco no es necesario que aporten la documentación relacionada en el punto 5.º a), b), c), d). Quinta. Peticiones condicionadas.-Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian, para el mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar sus peticiones al hecho de que ambos obtengan destino en este concurso en el mismo municipio, entendiéndose en caso contrario, anuladas las peticiones efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de la petición del otro funcionario.

Sexta. Baremación del concurso.

1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán, con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.

2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:

a) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo de servicios como titular en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al año se computarán proporcionalmente a razón de 0,002777 por día, estableciéndose los meses como de treinta días.

b) Conocimiento del euskera: El conocimiento oral y escrito del euskera debidamente acreditado mediante certificación oficial u homologación del título aportado y del nivel al que corresponde el título, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás disposiciones de desarrollo derivadas de los planes de normalización del euskera que puedan dictarse en el ámbito de la citada Comunidad Autónoma, supone el reconocimiento a estos solos efectos de hasta 12 puntos, valorándose de la siguiente forma:

P.L.2: 4 puntos.

P.L.3: 8 puntos. P.L.4: 12 puntos.

3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los méritos enumerados en los apartados A) y B) del baremo. Séptima. Adjudicación de puestos.-El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según baremo. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo y, de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho cuerpo, incluido el idioma propio.

Octava. Carácter de los destinos adjudicados.

1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón del servicio, modificado por Decreto 63/1998, de 31 de marzo, y en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.

2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.

Novena. Resolución del concurso.

1. El presente concurso será resuelto por Orden del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y el resto de órganos competentes de las Comunidades Autónomas convocantes del concurso. El plazo para la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. La Orden expresará el puesto de origen de los interesados a quienes se les adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa, si ésta es distinta a la de activo, y el puesto adjudicado a cada funcionario.

Décima. Recursos.-Contra la presente Orden, que es definitiva en vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Si transcurriese un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que recaiga resolución expresa, se podrá entender desestimado el mismo, pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo en los términos citados anteriormente.

Vitoria-Gasteiz, 5 de marzo de 2007.-El Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, Joseba Azkarraga Rodero.

ANEXO I Bizkaia

Centro de trabajo: Subdirección de Bizkaia del Instituto Vasco de Medicina Legal

Centro gestor: Subdirección de Bizkaia del Instituto Vasco de Medicina Legal

Denominación

Vacantes

Dotación

Localidad

Médico forense generalista

1

19

Bilbao.

Médico forense generalista

1

20

Bilbao.

Médico forense generalista

1

21

Bilbao.

Médico forense generalista

1

22

Bilbao.

Médico forense generalista

1

23

Bilbao.

Médico forense generalista

1

24

Bilbao.

Médico forense generalista

1

25

Bilbao.

Gipuzkoa

Centro de trabajo: Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina Legal Centro gestor: Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina Legal

Denominación

Vacantes

Dotación

Localidad

Médico forense generalista.

1

9

Donostia-San Sebastián.

Médico forense generalista.

1

10

Donostia-San Sebastián.

Álava

Centro de trabajo: Subdirección de Álava del Instituto Vasco de Medicina

Centro gestor: Subdirección de Álava del Instituto Vasco de Medicina

Denominación

Vacantes

Dotación

Localidad

Médico forense generalista

1

5

Vitoria-Gasteiz.

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