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Documento BOE-A-2007-6134

Resolución de 8 de marzo de 2007, de la Universidad de A Coruña, por la que se nombra Profesora Titular de Universidad a doña Alicia Armengot Vilaplana.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2007, páginas 12694 a 12694 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2007-6134

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta elevada por la comisión designada para juzgar el concurso convocado por Resolución de esta Universidad de 13 de noviembre de 2001 (BOE de 27 de noviembre), para la provisión de la plaza Núm. 01/098 de profesor titular de universidad del área de conocimiento de Derecho Procesal, departamento de Derecho Público Especial de esta universidad, a favor de doña Alicia Armengot Vilaplana, y una vez acreditado por el interesado los requisitos a que alude el apartado 2 del art. 5.º del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 20 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto nombrar a doña Alicia Armengot Vilaplana, Profesora titular de Universidad del área de conocimiento de Derecho Procesal del departamento de Derecho Público Especial de esta Universidad. En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este nombramiento, el candidato deberá tomar posesión de su destino.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora e la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de A Coruña, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de dicha publicación, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A Coruña, 8 de marzo de 2007.-El Rector, José María Barja Pérez

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