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Documento BOE-A-2007-5670

Resolución de 13 de febrero de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, sobre la decisión de no sometimiento a evaluación de impacto ambiental del proyecto Mejora y modernización del regadío de la comunidad de regantes del río Miño-Pequeno, Terra Chá (Lugo).

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2007, páginas 11567 a 11569 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-5670

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios de su Anexo III. El proyecto «Mejora y modernización del regadío de la Comunidad de Regantes del Río Miño-Pequeno, Terra Chá (Lugo)» se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el grupo 1 apartado c del referido Anexo II. Al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, esta Dirección General ha realizado un análisis cuyos elementos fundamentales son:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.-El proyecto tiene como objeto la modernización de las infraestructuras de riego de dos antiguas comunidades de regantes, la del río Miño-Pequeno de 667 ha (Sector A) y la de Franquiera de 110,5 ha (Sector B), que se fusionarán para llevar a cabo la modernización. Los actuales sistemas de riego de estas dos comunidades, por aspersión y por gravedad respectivamente, son poco eficientes y poco controlables, además de acusar el paso del tiempo, por lo que se plantea su mejora y modernización.

Las actuaciones se localizan en los términos municipales de Cospeito y Castro Rei en el ámbito de la comarca de Terra Chá, en la provincia de Lugo. Están previstas las siguientes actuaciones:

Acondicionamiento del trasvase del río Miño al Pequeño.

Acondicionamiento de la captación de aguas en el río Pequeño. Acondicionamiento de la captación de aguas en el río Anllo. Dos estaciones de bombeo y filtrado con su correspondiente sala de control. Red de riego a base de tuberías de fundición y polietileno de aproximadamente 24 kilómetros, con válvulas, desagües, ventosas e hidrantes. Dos centros de transformación y distribución de energía eléctrica. El suministro de energía se realizará a través de líneas eléctricas existentes:

Para el sector A se realizará el cambio de conductor de la actual línea existente.

Para el sector B se sustituye la línea existente por otra de unos 173 m., de trazado casi paralelo a la existente, de forma que tenga la capacidad suficiente que permita el transporte energético necesario a la estación de bombeo.

El promotor del proyecto es SEIASA del Norte y el órgano sustantivo la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

2. Tramitación y consultas.-La Memoria Resumen se recibió con fecha 26 de julio de 2006, iniciándose el periodo de consultas con fecha 11 de octubre de 2006. Se consultaron los siguientes organismos:

Organismos consultados

Resultado de la consulta

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente.

-

Confederación Hidrográfica del Norte. Ministerio de Medio Ambiente.

-

Subdelegación del Gobierno en Lugo.

-

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia.

X

Dirección General de Conservación de la Naturaleza. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia.

-

Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura y Deporte de la Xunta de Galicia.

X

Diputación Provincial de Lugo.

-

Ayuntamiento de Cospeito.

-

Ayuntamiento de Castro Rei.

-

A.D.E.N.A.

-

Ecologistas en Acción.

-

Greenpeace.

-

S.E.O.

-

Amigos de la Tierra España.

-

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Xunta de Galicia, considera que se debe valorar con mayor atención las repercusiones que el proyecto pueda tener sobre el balance hídrico del ecosistema, así como los impactos sobre la avifauna derivados de la presencia de líneas eléctricas. Esta Dirección General propone determinadas consideraciones ambientales que se deben tener en cuenta en el proyecto.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia, señala diferentes elementos del patrimonio arqueológico y arquitectónico que se encuentran en el ámbito del proyecto y que podrían verse afectadas por las obras. En el caso de que el proyecto sea sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se deberá realizar un estudio específico del impacto del proyecto sobre el patrimonio cultural, incluyendo la realización de una prospección arqueológica y arquitectónica intensivas de todo el área afectada por el proyecto, accesos, acondicionamientos, así como su entorno inmediato, para la localización de bienes existentes. En caso contrario se indica la distancia al elemento arqueológico o bien del patrimonio arquitectónico y etnográfico, a la cual debe ser informada previamente la Comisión Territorial de Patrimonio Histórico de Lugo. Con fecha 17 de enero de 2007 se recibe informe del promotor en el que se incorporan al proyecto las consideraciones ambientales establecidas por los organismos anteriores. 3. Análisis según los criterios del Anexo III.-Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986.

Características del proyecto: La zona regable a modernizar se divide en dos sectores de riego interconectados:

Sector A: incluye la zona de riego de Río Miño-Pequeno de 667 ha, y toma agua del río Pequeno (454,08 l/s) tras un trasvase a éste desde el río Miño.

Sector B: incluye la zona regable de Franqueira de 110,5 ha, y toma agua del río Anllo (74 l/s).

Respecto a las tomas de agua, las actuaciones previstas son de acondicionamiento de las infraestructuras existentes, que están obsoletas y deterioradas. En ningún caso se procederá a detraer más caudal del ya concedido, tanto a nivel de trasvase como de las captaciones en los ríos Miño y Anllo.

En el lecho de la zanja y la adecuación de las zonas de las casetas, se emplearán zahorras, gravas y áridos de distintos tamaños procedentes de la cantera situada en O Pino, en el término municipal de Cospeito. En el caso de reposición de tierras se acudirá a canteras de zona, ya existentes y autorizadas. Los residuos generados por el proyecto procederán en su mayoría de las demoliciones de elementos pertenecientes a la antigua red, como son las antiguas estaciones de elevación, a los que se sumarán los posibles sobrantes que se generen de la excavación y posterior soterramiento de las tuberías nuevas. Este tipo de residuos se llevarán al vertedero de Matela, en el término municipal de Outeiro de Rei, si bien previamente requiere el paso del escombro por la empresa gestora del vertedero para su clasificación. Los tramos enterrados de fibrocemento de la red antigua que se crucen con la red nueva serán retirados. En total se estima que será necesario levantar 3,59 Km de la antigua red, además de la realización de un total de 19 cruces entre la red proyectada y la existente. La retirada de la red antigua se realizará de acuerdo a la normativa vigente, teniendo en cuenta el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Ubicación del proyecto: En la actualidad el suelo está ocupado por dos tipos de cultivo, pradera y maíz forrajero. Todas las obras a ejecutar son para el riego, por lo que no suponen un cambio en el uso del suelo, consolidándose el uso agrícola de la zona regable. En la zona de ejecución del proyecto no existen formaciones geológicas de especial interés. La ejecución del proyecto no supone una reducción significativa de la calidad y capacidad de los recursos naturales del área, sino que tendrá un efecto positivo pues supondrá un aprovechamiento racional del agua. La zona de actuación no presenta figuras autonómicas o estatales de protección de espacios naturales, ni áreas designadas de especial protección en aplicación de las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE, aunque sí se ubica dentro de la «zona de transición» de la Reserva de Biosfera «Terras do Miño». Terra Chá está incluida en el inventario de Áreas Importantes para las Aves (IBA's). El proyecto presenta una relativa proximidad al LIC Parga-Ladra-Támoga, y a los humedales Veiga de Pumar, Cospeito y Santa Cristina, recogidos en el «Inventario do Humidais de Galicia» y a otros humedales de menor entidad. El promotor indica en la documentación ambiental enviada que no se produce afección directa a los anteriores espacios por la traza de la red de riego, ni por las obras que ella conlleva. De este modo en el caso del humedal Veiga de Pumar, ha sido modificado el trazado de la red en sus cercanías, con el objetivo de evitar dañar dicho lugar. El proyecto, sin embargo, implica una mejor gestión del recurso hídrico. En el ámbito del proyecto se localizan tres yacimientos arqueológicos que podrían verse afectados por las obras, sin descartar la posible existencia de yacimientos arqueológicos no detectados hasta ahora. Del mismo modo en la zona del regadío se localiza el elemento arquitectónico «Cruceiro de Xoca. Goá. Cospeito», habiendo varios elementos del patrimonio arquitectónico en el entorno del proyecto aunque fuera del regadío. El proyecto definitivo contempla una partida para la redacción de un informe de seguimiento arqueológico por técnico competente y previo a la ejecución de las obras, que se someterá a la Comisión Territorial de Patrimonio Histórico de Lugo en caso de que fuera preciso. Características del potencial impacto: Con objeto de proteger la riqueza avifaunística de la zona, que incluye especies de elevado interés ecológico y distintos grados de protección como el sisón, alcaraván, aguilucho cenizo, zarapito real, milano negro, etc., la documentación indica que se ejecutará el plan de obra evitando las actuaciones molestas en la época de reproducción y cría de las especies. Antes de comenzar las obras se realizará un reconocimiento de la zona con el fin de situar los nidos. Tal como se indica en la documentación ambiental recibida, en el proyecto se han utilizado líneas eléctricas existentes o con longitudes de trazado mínimo, sin incrementar la afección a viviendas ni zonas importantes para la avifauna como son las zonas de alimentación, reposo, cría o tránsito. El proyecto de modificación de las líneas eléctricas incluye medidas de protección en cuanto al diseño de cruceta tipo bóveda, siempre de conformidad con la normativa vigente. Se incluirán todas las medidas de señalización y aislamiento oportunos para evitar el choque y electrocución de aves en aquéllas líneas que se deban acometer. En el programa de vigilancia ambiental se comprobará, por parte de técnicos especialistas, la idoneidad de las medidas establecidas para la protección a la avifauna, o bien la necesidad de establecer medidas protectoras y correctoras adicionales. En la actuación sobre el trasvase del Río Miño al Río Pequeño, y tal como indica el promotor, no se llevará a cabo ninguna actuación que obstaculice el cauce. Únicamente se renovará la compuerta existente, donde se respetarán los caudales ecológicos pertinentes de manera que la fauna piscícola no se vea afectada. En el programa de vigilancia ambiental se establece el control de la calidad del agua en los cursos cercanos a las obras, con el objetivo de detectar a tiempo si se producen variaciones en dicha calidad. Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 12 de febrero de 2007, se concluye que el proyecto, en su versión modificada según se ha señalado con anterioridad, es viable ambientalmente al no observarse impactos adversos significativos, por lo que resuelvo no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través de, Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 13 de febrero de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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