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Visto el expediente de indulto de don Manuel del Hierro Pardo, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección cuarta, de Madrid, en sentencia de 18 de marzo de 2005, como autor de un delito continuado de estafa, a la pena de tres años de prisión y multa de 10 meses con una cuota diaria de tres euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de febrero de 2007,
Vengo en conmutar a don Manuel del Hierro Pardo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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