Visto el expediente de indulto de don Orlando Corbillón Gómez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3, de Vigo, en sentencia de 24 de enero de 2002, como autor de un delito de lesiones, a la pena de seis meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de febrero de 2007,
Vengo en conmutar a don Orlando Corbillón Gómez, la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de seis meses de multa que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid