Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Beneyto Pérez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección sexta, en sentencia de 26 de febrero de 2001, como autor de un delito de malversación de caudales públicos, a la pena de cinco años de prisión y ocho años de inhabilitación absoluta, por hechos cometidos en el año 1990, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de febrero de 2007,
Vengo en conmutar a don Juan Carlos Beneyto Pérez, la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia y a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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