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Documento BOE-A-2007-4720

Resolución de 19 de febrero de 2007, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad de Castilla y León, para la elaboración del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español en posesión de instituciones eclesiásticas.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2007, páginas 9615 a 9616 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2007-4720

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Cultura y la Comunidad de Castilla y León han suscrito un Convenio de colaboración para la elaboración del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español en posesión de instituciones eclesiásticas, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 19 de febrero de 2007.-El Director General de Cooperación y Comunicación Cultural, Carlos Alberdi Alonso.

ANEXO Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Fundación Siglo para las Artes en Castilla y León para la realización del Inventario General de Bienes Muebles en posesión de instituciones eclesiásticas

En Madrid, a 27 de diciembre de 2006.

REUNIDOS

De una parte: La señora doña Carmen Calvo Poyato, Ministra de Cultura, en nombre y representación del citado departamento ministerial, en virtud de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y conforme al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

De otra parte: La excelentísima señora doña Silvia Clemente Municio, Consejera de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León y, a su vez, Presidenta del Patronato de la Fundación Siglo para las Artes de Castilla y León (en adelante Fundación Siglo), con domicilio en Valladolid (47001), calle María de Molina, 3, 1.º, constituida por tiempo indefinido mediante escritura de fecha 6 de octubre de 2000 otorgada ante notario que fue de Valladolid don Valeriano de Castro García, número 3.196 de su protocolo, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Castilla y León con el número 89, y con CIF número G-47.463.823, en ejercicio de sus atribuciones conferidas por el artículo 17 de los Estatutos.

EXPONEN

Su voluntad de colaborar en la mejor protección del Patrimonio Histórico situado en la Comunidad de Castilla y León.

El ámbito de esta colaboración se centrará en la recogida de datos que permita elaborar el Inventario General de Bienes Muebles en posesión de instituciones eclesiásticas, situados en la mencionada Comunidad Autónoma, a los efectos del artículo 26 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. La celebración de estos convenios, cuyo fundamento legal se contiene en el artículo 26 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en la medida en que afectan a bienes en posesión de instituciones eclesiásticas, debe entenderse sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo XV del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales de 3 de enero de 1979, que prevé la participación de la Iglesia en las labores de catalogación de sus bienes. Que la Fundación Siglo para las Artes en Castilla y León tiene entre sus fines fundacionales el fomento de actividades relacionadas con la cultura así como la colaboración y cooperación con instituciones que contribuyan a la mejor realización de sus fines, asumiendo como uno de sus objetivos la participación en actividades que resalten los valores y la riqueza cultural de la Comunidad de Castilla y León. En consecuencia, acuerdan el presente convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Es objeto del presente Convenio la realización del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español en posesión de instituciones eclesiásticas y tiene por objeto la realización de la cumplimentación de las fichas procesadas que el Ministerio de Cultura ha elaborado para la realización del Inventario General de Bienes Muebles. Las fichas cumplimentadas se referirán a objetos en los que concurran las características señaladas en el apartado 1.º del artículo 26 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español.

Segunda.-La Fundación Siglo se compromete a cumplimentar las fichas a tenor de lo previsto en las normas específicas elaboradas a tal fin por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. Las fichas en cuestión se referirán a todos los objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico de singular relevancia que se encuentren en los inmuebles cuya relación se acompaña, y que ha sido proporcionada por la Junta de Castilla y León. Tercera.-La Fundación Siglo se obliga a que el número de fichas informatizadas a entregar a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales será de 3.512 fichas. Estas fichas serán remitidas en los CDs necesarios para contener la información, a ser posible, en la aplicación informática proporcionada por dicha Dirección General. Cada una de las fichas se enviará con su documentación gráfica asociada, digitalizada, en color, formato jpg, con una mínima resolución de tres megapixels. Aparte de estos CDs, se enviará una copia en papel de cada una de las fichas con su documentación gráfica (en color). Al titular del bien se le entregará, asimismo, una copia impresa en papel de cada una de las fichas informatizadas y una copia en papel fotográfico, en color, tamaño 10 x 15 cms de la documentación gráfica asociada a cada ficha. A la Comunidad Autónoma se le entregará, al menos, copia digitalizada en CD que contenga todas las fichas realizadas y la documentación gráfica correspondiente. Cuarta.-La cantidad que aportará el Ministerio de Cultura a La Fundación Siglo por cada ficha cumplimentada, incluidos sus duplicados, las fotografías, así como copia sobre soporte informático será de 33,06 euros, lo que constituye una cantidad total de ciento dieciséis mil ciento dieciocho euros (116.118,00 euros) a transferir por el Ministerio de Cultura con cargo al concepto presupuestario 620 del Programa 337 C. Será la Fundación Siglo, conforme a la normativa de aplicación, la que efectuará las adjudicaciones y contrataciones correspondientes. Quinta.-La Fundación Siglo se obliga a presentar las copias en papel, dentro de archivadores de dimensiones aproximadas de 35 x 25 x 10 cms. Cada archivador debe contener, además, una relación en la que se recojan las fichas que contiene, con el número asignado por la Comunidad Autónoma a cada una de ellas, haciendo mención a los bienes muebles catalogados en las mismas, así como el año de la campaña a que correspondan. Los CDs se entregarán en cajas independientes de los archivadores. En cada fotografía digitalizada y en sus copias en papel fotográfico, y en cada ficha informatizada, así como en sus correspondientes copias impresas en papel, deberá figurar el número asignado por la Comunidad Autónoma, indicando al propio tiempo las siglas de la Comunidad de Castilla y León. Sexta.-La Fundación Siglo se obliga a la entrega de las fichas debidamente cumplimentadas antes del 31 de diciembre de 2006. Este plazo se podrá prorrogar por diez meses previo acuerdo mutuo de ambas partes. Séptima.-El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo competente la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para conocer las cuestiones que surjan entre ambas partes. Octava.-El Ministerio de Cultura se compromete a abonar la cantidad total en una única entrega a partir de la firma del presente convenio, mediante transferencia bancaria a la cuenta 2069 0065 09 0000084056 de la Fundación Siglo. Novena.-El presente Convenio entrará en vigor a partir de la firma del mismo. Para una mejor realización del objeto del Convenio, las partes, de mutuo acuerdo podrán modificarlo.

En prueba de conformidad, lo firman las partes en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Cultura, Carmen Calvo Poyato.-Por la Fundación Siglo, Silvia Clemente Municio.

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