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Documento BOE-A-2007-3931

Acuerdo GOV/102/2006, de 5 de septiembre, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de varios yacimientos de dinosaurios de Abella de la Conca (Pallars Jussà).

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 2007, páginas 8014 a 8016 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2007-3931

TEXTO ORIGINAL

Por la Resolución CLT/3490/2005, de 9 de noviembre (DOGC núm. 4526, de 9.12.2005), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional en la categoría de zona paleontológica a favor de varios yacimientos de dinosaurios en el término municipal de Abella de la Conca. Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán; Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d'Estudis Catalans; Visto que en la tramitación del expediente no se ha presentado ninguna alegación; A propuesta del consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, los yacimientos de dinosaurios del término de Abella de la Conca (Pallars Jussà) llamados Abella-1, Abella-2 y Barranc de la Fonguera, según la descripción y ubicación que constan en el anexo 1. La delimitación de la zona paleontológica formada por los tres yacimientos mencionados, cuya justificación consta en el anexo 2, se detalla en el plano que se publica con este Acuerdo.

2. Publicar íntegramente en el DOGC y en el BOE este Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a los interesados y al ayuntamiento del municipio donde radica el bien.

3. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación en el DOGC o desde la correspondiente notificación.

Barcelona, 5 de septiembre de 2006-El Secretario del Gobierno, Ernest Maragall i Mira.

ANEXO 1 Descripción y ubicación

La zona paleontológica formada por los yacimientos de dinosaurios de Abella de la Conca se extiende dentro del término municipal de Abella de la Conca, en una superficie dividida en tres áreas que, de oeste a este, acoge los yacimientos de Abella-2, Abella-1 y Barranc de la Fonguera. La primera área (Abella-2) está delimitada por las vertientes y zonas contiguas del Tossal del Gassó. Este pequeño collado está situado al oeste del pueblo de Abella de la Conca. El límite superior del área de Abella-2 son los campos de cultivo que coronan la pendiente y que están cortados por el camino de los Planells. El límite meridional o inferior lo forman los campos de Cal Gassó. Y los límites occidentales y orientales se sitúan en el Llau del Gassó y en los campos de Cal Serrer, respectivamente. La segunda área (Abella-1) queda delimitada en su extremo sur por la vertiente de una pequeña colina situada al oeste de Cal Jou, en la zona de Les Costes. El área del yacimiento se extiende al inicio de un pequeño barranco que su extremo occidental llega a Cal Moixarda. La tercera área (Barranc de la Fonguera) se extiende a lo largo de cerca de 5 kilómetros por el barranco de la Fonguera. Su límite oriental es el Coll de Faidella, mientras que el occidental se sitúa en el cruce del barranco con la carretera de Abella de la Conca. Al norte, el yacimiento queda delimitado por los cultivos de los Planers i la Sierra de Carrànima y al sur, por la Obada de la Fonguera. A grandes rasgos, el yacimiento sigue el trazado del Barranc de Fonguera. En lo que concierne a sus valores, hay que remarcar que los tres yacimientos presentan un especial interés entre los muchos yacimientos que han proporcionado evidencias directas e indirectas de dinosaurios en El Pallars Sobirà. Los yacimientos pertenecen a la formación Tremp, definida dentro del Garumniense. Está formado por materiales continentales fluviolacustres de edad Campaniense-Maastrichtiense (Cretácico superior). El yacimiento de Abella-1 es un pequeño afloramiento de 15 km2 y contiene 12 icnitas de dinosaurio de dos tipologías diferentes, dejadas en lo que en aquel momento era arena fina. El yacimiento de Abella-2 situado en el paraje del Tossal del Gassó, contiene restos óseos que se pueden atribuir a la familia Hadrosauridae. El yacimiento del Barranc de la Fonguera, de una extensión de 4,5 km2 ha proporcionado nueve nidos de huevos y muchos fragmentos de cáscaras en diferentes niveles estratigráficos. La proximidad geográfica de los tres yacimientos es una buena muestra de la riqueza de la zona. Así mismo la posición estratigráfica conjunta dentro la serie del Garumniense permite establecer correlaciones con otras zonas de la cuenca. También hay que señalar que por la calidad y abundancia de estos restos fósiles así como su estado de conservación, han merecido ser incluidas en el expediente de «Yacimientos de icnitas de Dinosaurios de la Península Ibérica», candidato a ser declarado por la UNESCO Patrimonio Mundial. Se trata, pues, de uno de los conjuntos más importantes de nuestro país con restos de dinosaurios, que reúne los valores siguientes:

Singularidad: En esta zona se encuentra el único rastro identificado hasta ahora en el Pirineo catalán correspondiente a un dinosaurio bípedo.

Registro clave para la investigación, puesto que aporta una valiosa información sobre los últimos vestigios de dinosaurios de Cataluña. Diversidad de los restos: en un mismo paraje se conservan ejemplos diferentes de fósiles con un rico potencial didáctico: huesos, huellas y nidos.

ANEXO 2 Justificación de la delimitación

La delimitación de la zona paleontológica formada por los tres yacimientos de dinosaurios de Abella de la Conca, según la descripción y la ubicación que constan en el anexo 1 de este Acuerdo, está totalmente justificada por motivos de interés científico, patrimonial y social de preservar este importantísimo conjunto para las generaciones futuras teniendo en cuenta criterios visuales, ambientales y de paisaje con la finalidad de controlar las relaciones entre el yacimiento y el espacio natural inherente y las intervenciones que se le realicen.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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