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Documento BOE-A-2007-21977

Orden FOM/3740/2007, de 15 de noviembre, por la que se publica la convocatoria de becas para la formación de personal en el Instituto Geográfico Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 20 de diciembre de 2007, páginas 52571 a 52575 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2007-21977

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Fomento, entre otras competencias, tiene atribuido el impulso y dirección de los servicios estatales relativos a astronomía, geodesia, geofísica y cartografía, según lo dispuesto por el artículo 1.1 del Real Decreto 1476/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de dicho Ministerio, siendo la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional el órgano directivo del Departamento al que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del citado Real Decreto, le corresponde ejercer las funciones concernientes a las materias enunciadas. Para el mejor cumplimiento de estas funciones es necesario fomentar la formación e investigación en las materias mencionadas. Por ello, el Instituto Geográfico Nacional (IGN) ha previsto un incremento significativo en el número de becas respecto a las últimas convocatorias, lo que responde a la necesidad de dar cobertura a los requerimientos de especialización en Ciencias de la Tierra y el Universo que la actual orientación del IGN demanda y que no pueden satisfacer completamente los Centros Universitarios. Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero (BOE de 28 de febrero), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, modificada por la Orden FOM/3996/2005, de 9 de diciembre (BOE de 21 de diciembre) y la Orden FOM/1470/2006, de 21 de abril (BOE de 15 de mayo), se hace pública la convocatoria de veinte becas de formación e investigación en los campos científicos de astronomía, geodesia, geofísica, geomática y cartografía relacionadas con el IGN; en su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.-La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, 20 becas destinadas a la formación e investigación en los campos de la astronomía, la geodesia, la geofísica, la geomática y la cartografía, cuyos objetivos específicos para cada área de conocimiento son los establecidos en el anexo I.

Segundo. Dotación de las becas.

1. Las becas de formación se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 1718 495A 484, de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2008, quedando condicionada la adjudicación de las becas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la Resolución de concesión.

2. La cuantía de la beca será de 12.000 euros anuales y su importe se abonará por mensualidades vencidas, a razón de 1.000 euros mensuales, no admitiéndose la realización de pagos anticipados ni de abonos a cuenta. En todos los pagos se efectuará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La cuantía de las becas se podrá actualizar el día uno de enero de cada año, mediante Resolución de la Subsecretaria de Fomento, en función de las disponibilidades presupuestarias.

Tercero. Requisitos de los beneficiarios.-Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente Resolución aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que, no estando inhabilitadas para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, reúnan las condiciones generales establecidas en la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el IGN. Los requisitos de titulación, así como el resto de requisitos específicos exigidos, son los determinados para cada área de conocimiento en el anexo I.

Cuarto. Derechos y obligaciones de los beneficiarios.

1. La aceptación de estas becas implica el compromiso de conformidad con las reglas establecidas por el IGN para el seguimiento de las mismas, de acuerdo con las determinaciones recogidas en la Orden FOM/450/2005.

2. Asimismo, los beneficiarios de las becas asumirán las obligaciones establecidas por el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Quinto. Duración de las becas.-La duración de estas becas será hasta diciembre de 2008, pudiendo prorrogarse tres veces como máximo, por períodos de un año cada una de ellas. La concesión de prórrogas estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias.

Sexto. Características del desarrollo de las becas.

1. El desarrollo de las actividades de formación e investigación en los diversos campos científicos para los que se convocan estas becas exige, como requisito indispensable, la presencia física de los becarios en las dependencias de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional que se determinen para cada una de las becas.

No obstante lo anterior, los adjudicatarios podrán ausentarse de las sedes citadas siempre que, por exigencias derivadas de su formación, sea necesario desplazarse dentro del territorio nacional o al extranjero. Tanto estos costes como los que sean consecuencia directa del ejercicio de sus funciones formativas, serán financiadas con cargo al concepto presupuestario 1718 495A 484. 2. Para el desarrollo de la actividad de formación e investigación objeto de la beca, cada tutor elaborará un programa anual que será aprobado por el Director General del IGN, en el cual se marcarán los objetivos y resultados a obtener en cada área de conocimiento.

Séptimo. Suspensión de las becas.

1. La Subsecretaria de Fomento podrá autorizar la interrupción temporal del disfrute de la beca a petición razonada del interesado, previo informe del tutor correspondiente. Sólo en aquellos casos en los que se aprecie la existencia de fuerza mayor se podrá recuperar el período interrumpido a efectos económicos, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan. Las interrupciones por cualquier otra causa no serán recuperables y en su conjunto no podrán ser superiores a seis meses a lo largo de la duración de la beca y de sus posibles nuevos períodos de disfrute.

2. Las interrupciones por maternidad no podrán exceder del máximo establecido en la legislación laboral. La dotación de la beca será del 100 % mientras dure la baja por maternidad.

Octavo. Prórroga de la beca.

1. La solicitud de prórroga de la beca deberá dirigirse al Director General del IGN un mes antes de que finalice cada período concedido, e irán acompañadas de una Memoria acerca del grado de cumplimiento del Plan de Trabajo, currículum vitae actualizado del solicitante y un informe confidencial del Tutor del trabajo en el que se explique con claridad y precisión el grado de aprovechamiento del becario y el desarrollo de los trabajos.

2. El Director General del IGN remitirá propuesta a la Subsecretaria de Fomento para que resuelva tales solicitudes, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y el aprovechamiento demostrado por el becario, pudiendo, a tal efecto, solicitar información adicional.

Noveno. Naturaleza jurídica de la relación entre los candidatos seleccionados y el IGN.-La concesión y disfrute de las becas no establece relación contractual o estatutaria entre el becario y el IGN y, por consiguiente, no supondrá en ningún caso relación de empleo o funcionarial con el citado órgano, ni implica compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla del mismo.

Décimo. Formalización de solicitudes.

1. Las solicitudes, ajustadas al modelo que figura en el anexo II de esta Orden, se presentarán en el Registro de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, calle General Ibáñez de Ibero, número 3, de Madrid, o en cualquiera de los lugares relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

El modelo de solicitud (anexo II) se podrá descargar gratuitamente en Internet en la página www.ign.es. Los aspirantes sólo podrán optar a las becas convocadas de una única área de conocimiento. En la solicitud deberán especificar el número y la denominación de la beca o becas a las que optan dentro de la misma área de conocimiento, indicando su orden de preferencia, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo II. 2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

En su caso, los Ingenieros Superiores podrán presentar certificación de tener cursadas todas las asignaturas de la titulación y que tan sólo tienen pendiente la realización del proyecto fin de carrera. De conformidad con el artículo segundo de la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero, el título ha de haberse obtenido en los tres años académicos precedentes a la convocatoria, contabilizándose el año académico que finaliza en junio del año en que se realiza la convocatoria de la beca. b) Certificación académica de las calificaciones obtenidas en los cursos realizados para la obtención del título, así como de la nota media obtenida para dicha titulación. c) Documento expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, en el que conste la homologación o, en su caso, la convalidación del título académico, si éste hubiera sido expedido por un centro extranjero o privado. d) Currículum vitae, con expresión de los méritos académicos y profesionales. El interesado deberá presentar también una relación, debidamente documentada, de todos los trabajos y publicaciones realizados que se refieran al objeto de la beca solicitada. e) Declaración responsable de no estar percibiendo remuneración ni ayuda económica por parte de ninguna de las Administraciones Públicas. f) Además de los anteriores documentos obligatorios, el solicitante podrá presentar cualquier otra documentación que considere oportuna, acreditativa de los méritos por él alegados.

3. Si la documentación aportada fuera incompleta o presentara errores subsanables, se abrirá un plazo máximo de diez días hábiles para que los interesados subsanen los defectos de su solicitud, con advertencia de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.1 y 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. A estos efectos, se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (calle General Ibáñez de Ibero, 3, Madrid), y en la dirección de Internet www.ign.es, la relación provisional de candidatos admitidos y excluidos de la presente convocatoria, así como la relación definitiva de los mismos, una vez concluido el plazo para la subsanación de errores. Undécimo. Instrucción.-El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Comisión de Valoración definida en la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero.

Duodécimo. Procedimiento de selección.-La selección comenzará al día siguiente de la publicación de la relación definitiva de candidatos admitidos y excluidos de la presente convocatoria. La selección de las solicitudes se desarrollará en dos fases independientes: valoración de los méritos acreditados conforme a lo exigido en la convocatoria y entrevista de selección.

a) La valoración de los méritos se realizará tomando en consideración la documentación aportada en la solicitud. En esta primera fase, la Comisión valorará el expediente académico, las titulaciones acreditadas, la experiencia acreditada y el conocimiento de idiomas, de la forma prevista en el artículo quinto de la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero.

Una vez evaluadas las solicitudes conforme a los criterios establecidos para la primera fase, pasarán a la segunda fase los 5 candidatos cuyas solicitudes hayan obtenido mejor puntuación en cada una de las becas convocadas. A estos efectos, se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (calle General Ibáñez de Ibero, 3, Madrid), así como en la dirección de Internet www.ign.es, la puntuación obtenida por cada uno de los candidatos, la relación de candidatos admitidos para la realización de las entrevistas de selección y las fechas de celebración de las mismas, concediéndose un plazo de 10 días para que los interesados formulen las alegaciones y aporten los documentos que estimen pertinentes. b) La entrevista será realizada por la Comisión de Valoración y se evaluará, con un máximo de 10 puntos, la adecuación de los candidatos al perfil académico de cada beca. A tales efectos, en el caso de que se concurra a más de una beca dentro de la misma área de conocimiento, la valoración de la entrevista podrá tener una puntuación distinta en cada una de ellas. Concluida la segunda fase, la Comisión de Valoración ordenará a los candidatos de las becas de cada área de conocimiento en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases.

Decimotercero. Comisión de Valoración.-La Comisión de Selección, que tendrá por objeto estudiar las solicitudes presentadas y seleccionar a los candidatos, es la definida en la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero y estará integrada por los siguientes miembros:

Titulares: a) Presidenta: Carmen Sanabria Pérez, Secretaria General.

b) Vocales:

Jesús Gómez González, Subdirector General de Astronomía, Geodesia y Geofísica.

Lorenzo García Asensio, Subdirector General de Producción Cartográfica. Sebastián Mas Mayoral, Subdirector General de Aplicaciones Geográficas. Rafael Quirós Donate, Director del Centro de Observaciones Geodésicas. Rafael Bachiller García, Director del Observatorio Astronómico Nacional.

c) Secretaria: Paloma Guisan Ceinos, Jefa de Área de Administración. Suplentes:

a) Presidente: Jaime Puchol Aiguabella, Subdirector General Adjunto de la Secretaría General.

b) Vocales:

Emilio Carreño Herrero, Director de la Red Sísmica Nacional.

Francisco Javier González Matesanz, Jefe de Área de Cartografía. Carmen López Moreno, Directora del Observatorio Geodésico Central. Ángel García San Román, Jefe de Área de Aplicaciones Geográficas. Pere Planesas Bigas, Jefe de Servicio de Efemérides y Hora.

c) Secretaria: María Sánchez Ramos, Jefa de Sección del Observatorio de Madrid. Decimocuarto. Resolución y Notificación.

1. De conformidad con lo previsto por el artículo 25.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de acuerdo con la Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre, sobre delegación de competencias en relación con los servicios comunes del Ministerio de Fomento y en el ámbito de la Subsecretaría, las becas a que se refiere la presente Orden se concederán mediante Resolución de la Subsecretaria de Fomento, previa consignación presupuestaria, y a propuesta de la Comisión de Valoración a la que se refiere el apartado decimotercero de la presente Orden.

2. La Comisión de Valoración, en un plazo no superior a cinco meses desde la fecha de finalización de presentación de instancias, elevará a la Subsecretaria del Ministerio de Fomento la oportuna Propuesta de Resolución de los aspirantes seleccionados y de sus sustitutos para el caso de renuncia por su titular a la beca obtenida. Con carácter previo al trámite anterior, la Propuesta de Resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (calle General Ibáñez de Ibero, 3, Madrid), así como en la dirección de Internet www.ign.es, concediéndose un plazo de 10 días para que los interesados formulen las alegaciones y aporten cuantos documentos estimen pertinentes. 3. La Subsecretaria de Fomento dictará Resolución motivada en el plazo de quince días, adjudicando las becas a sus titulares y aprobando, asimismo, la relación de candidatos que, siguiendo el orden de puntuación obtenida, sustituirán a los titulares en el caso de que alguno de éstos renunciara a la beca que le hubiera sido adjudicada. Esta Resolución se notificará a los beneficiarios, en los términos establecidos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que tendrán un plazo siete días hábiles para comunicar a la Subsecretaria de Fomento la aceptación o renuncia a la beca concedida. Igualmente, será notificada su condición a los candidatos suplentes. En el caso de que el adjudicatario no acepte ni renuncie formalmente a la beca concedida en el plazo establecido, se entenderá que renuncia a la misma. 4. Asimismo, y conforme a lo establecido por el artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se publicará en los tablones de anuncios del Ministerio de Fomento y de la Dirección General del IGN, y a título informativo en la página web www.ign.es, la lista con los nombres y apellidos de los beneficiarios y suplentes seleccionados. 5. En el caso de que se produjera el vencimiento del plazo de seis meses sin haberse dictado y notificado Resolución expresa, las pretensiones se entenderán desestimadas por silencio administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 6. La Resolución dictada por delegación, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Decimoquinto. Renuncia.-En caso de renuncia a la beca concedida, el adjudicatario deberá presentar la correspondiente solicitud, debidamente fundada, dirigida a la Subsecretaria de Fomento, quien podrá adjudicar la beca al candidato que deba sustituir al titular renunciante, siguiendo el orden de puntuación obtenida.

La solicitud de renuncia deberá presentarse con una antelación mínima de diez días a la fecha en que se vaya a hacer efectiva la baja del beneficiario. Decimosexto. Incumplimiento.-El incumplimiento de alguna de las obligaciones reseñadas en el apartado cuarto implicará la anulación de las ayudas concedidas y el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, más los intereses de demora que correspondan. La valoración del contenido de los informes que se mencionan en el mismo apartado podrá también repercutir en la percepción de las dotaciones económicas. Decimoséptimo. Régimen jurídico.-Además de lo establecido en la presente Orden, serán de aplicación:

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el IGN. La Orden FOM/3996/2005, de 9 de diciembre, por la que se modifica la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Geográfico Nacional. La Orden FOM/1470/2006, de 21 de abril, por la que se modifica la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Geográfico Nacional. Y demás normas vigentes que sean de aplicación.

Decimoctavo. Título competencial.-La presente disposición se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

Decimonoveno. Entrada en vigor.-La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de noviembre de 2007.-La Ministra de Fomento, P. D. (Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre), la Subsecretaria de Fomento, María Encarnación Vivanco Bustos.

ANEXO I

BECAS PARA TITULADOS SUPERIORES

Relación de becas de formación en los campos científicos de Astronomía, Geodesia, Geofísica, Geomática y Producción Cartográfica, relacionadas con actividades del Instituto Geográfico Nacional.

Número de becas: 20. Titulación: «Título de Doctor/a, Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o equivalente».

Secretaría General

Área de conocimiento: «Registro Cartográfico»

Número de becas: 2

Beca 1: «Tratamiento de cartografía histórica». Objeto: Desarrollo de trabajos en materia de investigación para respuestas a consultas o informes de contenido histórico. Aprendizaje y trabajo real en catalogación de material cartográfico histórico. Participación en análisis previos a la adquisición de cartografía histórica. Realización de digitalizaciones en formatos estándar y homogeneidad de las resoluciones. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Beca 2: «Formación del Nomenclátor Geográfico Nacional».

Objeto: Formación teórica del Nomenclátor Geográfico Nacional de España (NGN) aplicación del software informático para la gestión y automatización de datos del Nomenclátor y tratamiento de la toponimia, de acuerdo con los criterios geográficos y lingüísticos fijados para el NGN. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Subdirección General de Astronomía, Geodesia y Geofísica

Área de conocimiento: «Astronomía»

Número de becas: 5.

Beca 3: «Observaciones VLBI de estrellas evolucionadas». Objeto: Observación y análisis de envolturas circunestelares utilizando la técnica de interferometría de muy larga base (VLBI) y la instrumentación del IGN y del Instituto de Radioastronomía Milimétrica (IRAM), así como la red global de VLBI en ondas milimétricas. Se pondrá énfasis en las observaciones de líneas espectrales en la banda de 3 mm. de longitud de onda. Lugar: Observatorio Astronómico Nacional (Retiro).

Beca 4: «Observaciones VLBI de radiogalaxias».

Objeto: Observación y análisis de galaxias utilizando la técnica de interferometría de muy larga base (VLBI) y la instrumentación del IGN y del Instituto de Radioastronomía Milimétrica (IRAM), así como las redes de VLBI. Tales observaciones podrán referirse tanto al continuo como a líneas espectrales. Lugar: Observatorio Astronómico Nacional (Retiro).

Beca 5: «Observaciones VLBI de regiones de formación estelar».

Objeto: Observación y análisis de regiones de formación de estrellas utilizando la técnica de interferometría de muy larga base (VLBI) y la instrumentación del IGN y del Instituto de Radioastronomía Milimétrica (IRAM), así como las redes de VLBI. Tales observaciones pondrán énfasis en las líneas espectrales. Lugar: Observatorio Astronómico Nacional (Retiro).

Beca 6: «Instrumentación radioastronómica a baja y media frecuencia».

Objeto: Diseño y construcción de receptores radioastronómicos, o de algunos de sus elementos, refrigerados a temperaturas criogénicas con especial énfasis en las bandas entre 2 y 40 GHz. Lugar: Observatorio de Yebes (Guadalajara).

Beca 7: «Instrumentación radioastronómica a alta frecuencia».

Objeto: Diseño y construcción de receptores radioastronómicos, o de algunos de sus elementos, refrigerados a temperaturas criogénicas con especial énfasis en las bandas entre 40 y 115 GHz. Lugar: Observatorio de Yebes (Guadalajara).

Área de conocimiento: «Geodesia»

Número de becas: 2

Beca 8: «Análisis de datos GPS en tiempo real». Objeto: Análisis en tiempo real de las correcciones diferenciales en formatos RTCM 2.x y 3.0 y de datos brutos de las estaciones permanentes GPS. Soluciones PPP y soluciones de red. Protocolos Ntrip y RTIGS. Funcionamiento de los servidores en tiempo real del IGN. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Beca 9: «Microgeodesia aplicada a la vigilancia volcánica».

Objeto: Técnicas geodésicas para el estudio de deformaciones y sus aplicación al Sistema de Vigilancia Volcánica del IGN. Redes de nivelación, geodésicas, GPS, estaciones totales motorizadas, modelos de deformación. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Área de conocimiento: «Geofísica»

Número de becas: 5

Beca 10: «Sismicidad y peligrosidad sísmica en España». Objeto: Caracterización de la sismicidad y los parámetros que la definen y evaluación de la peligrosidad sísmica, obteniendo diferentes mapas destinados a la normativa sismorresistente y a la protección civil. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Beca 11: «Nuevas metodologías en la localización de terremotos».

Objeto: Mejora en las localizaciones de terremotos, tanto regionales como lejanos, obtenidas por la Red Sísmica Nacional mediante metodologías avanzadas y usando modelos de velocidades 2-D y 3-D. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Beca 12: «Sismología volcánica».

Objeto: Análisis de series sísmicas temporales de las redes de vigilancia volcánica. Estudio de precursores de actividad volcánica. Clasificación y análisis de señales sismovolcánicas. Lugar: Observatorio Astronómico Nacional (Retiro).

Beca 13: «Prospección electromagnética en zonas volcánicas».

Objeto: Potencial espontáneo en zonas volcánicas. Aplicación a cámaras magmáticas y sistemas hidrotermales. Diseño y desarrollo de campañas de campo. Lugar: Observatorio Astronómico Nacional (Retiro).

Beca 14: «Geología en zonas volcánicas activas».

Objeto: Caracterización de la actividad eruptiva reciente con estudios de campo. Parametrización de depósitos volcánicos par la generación de modelos y escenarios eruptivos. Peligrosidad y susceptibilidad volcánica. Lugar: Centro Geofísico de Canarias (Tenerife).

Subdirección General de Producción Cartográfica

Área de conocimiento: «Cartografía»

Número de becas: 3

Beca 15: «Modelos topológicos para información geográfica». Objeto: Diseño de modelos de datos específicos para información geográfica que permitan, una vez implantados en bases de datos o sistemas de información geográfica, realizar una gestión de datos eficiente y prestaciones avanzadas de análisis espacial. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Beca 16: «Tratamiento de datos provenientes de sensores aerotransportados».

Objeto: Estudio de las técnicas existentes y emergentes para el tratamiento de datos obtenidos mediante la observación del territorio a diversas resoluciones y precisiones con sensores aerotransportados, para optimizar su aplicación y desarrollar mejoras tecnológicas. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Beca 17: «Estrategias y recursos para el seguimiento del Plan Nacional de Observación del Territorio».

Objeto: Diseño e implantación de estrategias, planes organizativos y sistemas de información destinados al seguimiento integral (planificación, dinámica productiva, flujos de datos intermedios, control de calidad y diseminación de datos finales) de los diversos proyectos que integran el Plan Nacional de Observación del Territorio en España. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Subdirección General de Aplicaciones Geográficas

Área de conocimiento: «Geomática»

Número de becas: 3

Beca 18: «Investigación e integración de herramientas software para la implementación de servicios de infraestructuras de datos espaciales conforme a especificaciones OGC». Objeto: Formación y entrenamiento en el análisis e integración de herramientas de software, tanto libre como propietario, disponibles para la implementación de servicios, conforme a las especificaciones del Open Geospatial Consortium, en el contexto de las infraestructuras de datos espaciales, especialmente mediante su formación con el equipo que desarrollará la implantación de la Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE) y el Nodo IDE del IGN. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Beca 19: «Investigación e implementación de metodologías de actualización de la Base de Datos CartoCiudad, en un entorno de infraestructura de datos espaciales».

Objeto: Formación y entrenamiento en el análisis e implementación de métodos y herramientas software que faciliten la actualización de la Base de Datos CartoCiudad y su utilización como núcleo de una infraestrutura de datos y servicios, conforme a especificaciones del Open Geospatial Consortium, a través de Internet. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

Beca 20: «Investigación e implementación de metodologías de carga, elaboración y publicación de datos y objetos en el Sistema de Información del Atlas Nacional de España».

Objeto: Formación y entrenamiento en el análisis e implementación de métodos y herramientas software que faciliten la carga, elaboración y publicación de datos y objetos en el Sistema de Información del Atlas Nacional de España, utilizando las herramientas propias de SIANE y colaborando en la optimización y desarrollo de las mismas. Lugar: Instituto Geográfico Nacional (Ibáñez de Ibero, 3).

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